TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469495 la Ruta del Cambio Climático en el Sector Carpa del Parque Nacional Huascarán, Distrito de Catac - Recuay - Ancash”; Que, mediante Memorándum Nº 109-2012-MINCETUR/ COPESCO-DE, la Dirección Ejecutiva de Plan COPESCO Nacional, solicita se gestione la aprobación de una Transferencia de Partidas de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional del Pliego 035 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. a favor de la Municipalidad Distrital de Machupicchu y de la Municipalidad Distrital de Catac, para el fi nanciamiento de los citados proyectos de inversión pública de desarrollo turístico, declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP, los cuales cuentan con los respectivos Convenios suscritos; Que, mediante Informe Nº 275-2012-MINCETUR/ SG/OGPPD, la Dirección General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del referido Pliego, para la transferencia de partidas propuesta, hasta por la suma de S/. 6 043 623,00 (SEIS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, por razones de operatividad y en concordancia con la política de descentralización y fortalecimiento de las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales, el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo estima conveniente transferir recursos de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, a favor de las entidades a cargo de la ejecución de los proyectos antes indicados, con quienes se han suscrito los respectivos Convenios de ejecución; en mérito de lo cual, con Ofi cio N° 495-2012-MINCETUR/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de dichos recursos; De conformidad con lo establecido por el artículo 11º de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de SEIS MILLONES CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 043 623,00), para ser destinados a la ejecución de proyectos de inversión pública de desarrollo turístico, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO Nacional ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.144864 : Mejoramiento de la Gestión de Residuos Sólidos en el Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba - Cusco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 600 000,00 PROYECTO 2.135618 : Acondicionamiento del Circuito Turístico Pastoruri la Ruta del Cambio Climático en el Sector Carpa del Parque Nacional Huascaran, Distrito de Catac - Recuay -Ancash FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 443 623,00 ========== TOTAL EGRESOS 6 043 623,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 081304 : Municipalidad Distrital de Machupicchu PROYECTO 2.144864 : Mejoramiento de la Gestión de Residuos Sólidos en el Distrito de Machupicchu, Provincia de Urubamba - Cusco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 600 000,00 PLIEGO 021702 : Municipalidad Distrital de Catac PROYECTO 2.135618 : Acondicionamiento del Circuito Turístico Pastoruri la Ruta del Cambio Climático en el Sector Carpa del Parque Nacional Huascaran, Distrito de Catac - Recuay - Ancash FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 423 623,00 ========== TOTAL EGRESOS 6 043 623,00 ========== Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados considerados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de dicha Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Información Los Pliegos habilitados informarán al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o adendas correspondientes, para efectos del monitoreo correspondiente a que se refi ere el artículo 11° de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuestos del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el