Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2012 (01/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo Sexto.- CREAR el Grupo Tecnico segun corresponda para cada uno de los Sistemas de Gestion Ambiental, el cual estara conformado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, quien la preside, las Direcciones Regionales Sectoriales, la Oficina Regional del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, las Universidades Publicas y Privadas de la Region, pudiendo incorporarse otras instituciones regionales cuya intervencion este relacionada directamente con el tema ambiental. Asimismo, dicho Grupo Tecnico podra contar con asesoria o consultoria especializada. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la implementacion y reglamentacion de la presente ordenanza en un plazo de 90 dias de publicada. Articulo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el MORDAZA electronico de la institucion, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia diecinueve de diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA JAHUIRA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 26 de diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 757734-4

MORDAZA del ano 2004, regula las aplicaciones de topes maximos a los ingresos de algunos trabajadores del Estado, estableciendo con relacion a los Alcaldes y regidores las siguientes disposiciones: "Los Alcaldes Provinciales y Distritales percibiran un ingreso mensual que es fijado por el Concejo Municipal correspondiente en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA de la Unidad de Ingreso del Sector Publico (UISP); Que, el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM dicto medidas sobre los ingresos por todo concepto de los senores Alcaldes, desarrollando la escala para la determinacion de los ingresos mensuales de los Alcaldes Provinciales y Distritales en funcion a la poblacion electoral; Que, por su parte el Articulo 5º del citado dispositivo legal establecio que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales por sesion efectiva en cada mes, en ningun caso pueden superar en total el 30% de los ingresos mensuales que por todo concepto perciba el MORDAZA correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2011-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 21 de agosto de 2011, se fijo el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Publico (UISP) para el ano 2012 en S/. 2,600 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), siendo que el monto que puede percibir el MORDAZA como remuneracion no puede ser superior a S/. 6,500 (SEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y las dietas de los senores regidores tienen como monto MORDAZA S/. 1,950 (MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, lo senalado fue aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 010-2011-MSI de fecha 09 de febrero de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º, Inciso 28) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar el Acuerdo de Concejo Nº 010-2011-MSI de fecha 09 de febrero de 2011, referente a los montos de las dietas mensuales que percibiran los senores regidores municipales por sesiones efectivas de cada mes, de conformidad con lo establecido en el Articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y Gerencia de Administracion y Finanzas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CANTELLA SALAVERRY MORDAZA 757809-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Ratifican Acuerdo de Concejo Nº 0102011-MSI referente a los montos de las dietas mensuales de los regidores municipales
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2012-MSI San MORDAZA, 11 de enero de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que el MORDAZA Provincial o Distrital, segun sea el caso, desempena su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El Acuerdo que la fije sera publicado bajo responsabilidad; Que, la Ley Nº 28212, Ley que desarrolla el articulo 39º de la Constitucion Politica en lo que se refiere a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, publicada con fecha 26 de

Modifican el articulo primero del Acuerdo de Concejo Nº 002-2012-MSI
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2012-MSI San MORDAZA, 22 de febrero de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 006-2012-0600-SG/MSI de la Secretaria General; y, CONSIDERANDO: Que, es necesario expedir un Acuerdo de Concejo que precise los alcances del Acuerdo de Concejo Nº 0022012-MSI de fecha 11 de enero de 2012, en lo que se refiere a la vigencia del mismo, ello con la finalidad de evitar errores de interpretacion a futuro; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el

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