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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2012 (01/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2012 461766 Que, mediante Acta de Entrega y Recepción de Funciones Sectoriales y Recursos del Sector Economía y Finanzas – Superintendencia de Bienes Nacionales de fecha 03 de noviembre de 2005, se realiza la transferencia de competencias en materia de administración y adjudicación de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado con excepción de terrenos de propiedad Municipal, establecidos en el Artículo 62 de Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, comunicándose la fecha de suscripción del Acta en el Diario Oficial El Peruano mediante Resolución Ministerial Nº 429-2006-EF/10 con fecha 26 de julio del 2006. Que, a través del Decreto Supremo Nº 021-2002- JUS se “Aprueba el Reglamento de Adjudicación de Lotes Incorporados al Inventario de Terrenos Estatales con Fines de Vivienda a Cargo de las Comisiones Provinciales de Formalización” señalándose en la segunda disposición Complementaria y Final que quienes hayan propiciado invasiones y quienes hayan invadido o invadan terrenos de propiedad estatal o privada con posterioridad al 31 de diciembre del 2001, deberán ser denunciados ante las autoridades pertinentes y quedaran permanentemente impedidas de benefi ciarse de cualquier programa de vivienda estatal o municipal, así como de recibir créditos que otorgue cualquier entidad estatal. Que, la Ley 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales en su Artículo 19 prescribe que las entidades públicas deberán adoptar las acciones necesarias para la defensa administrativa y judicial de los bienes estatales de su propiedad o los que tengan a su cargo, dentro de las cuales se encuentra el Gobierno Regional. Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales el cual en su Artículo 77, numeral c) establece: “Por excepción podrán procederse a la compraventa directa de bienes de dominio privado a favor de particulares, sólo en los siguientes casos: c) cuya posesión plena sobre la totalidad del predio hasta antes del 12 de abril de 2006, con fines habitacionales, comerciales, educativos, recreacionales y otros similares, siempre que no se encuentre comprendido dentro de las competencias sectoriales de entidades que regulen la compraventa directa por normas especiales”. Que mediante Ofi cio Nº 003-2011-NJM-CR de fecha 06 de abril del 2011, la señorita Consejera Regional Nelly Amparo Jahuira Mamani presenta al Consejo Regional, la propuesta normativa “ Crear el Registro de Invasoras de Terrenos en la Región Tacna” ; por lo que, la iniciativa se deriva a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la misma que solicita opinión técnica, recepcionándose el Ofi cio Nº 1742- 2011-OEABI/GOB.REG.TACNA de fecha 11 de agosto del 2011 de la Ofi cina Ejecutiva de Administración de Bienes Inmuebles (OEABI) que opina: “... que si es necesaria la aprobación del referido Proyecto, en salvaguarda de los Bienes del Estado...”. Que, frente a las constantes invasiones que se vienen realizando en terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna por parte de personas dedicadas a este tipo de actos contrarios a la Ley, es que se hace necesario que el Gobierno Regional de Tacna a través de su Consejo Regional, en ejercicio de su función especifi ca en materia de administración de los terrenos de propiedad del Estado, dicte las medidas necesarias con el fi n de evitar dichos actos. Que, las personas que propician invasiones y quienes invaden terrenos de propiedad del Gobierno Regional de Tacna deben ser identifi cadas con el fi n de que queden impedidas de benefi ciarse de cualquier programa de vivienda estatal, así como de recibir créditos que otorgue cualquier entidad estatal; por lo que, se hace necesario la implementación de un Registro Regional de Invasores de Terrenos del Gobierno Regional de Tacna, la cual también servirá para persuadir a las personas que pretendan participar en dicho actos ilícitos. Que, nuestra legislación ha previsto la existencia de una serie de Banco de Datos y Registros privados y públicos como por ejemplo el relativo a la Información de Riesgos en el Mercado regulado por la Ley Nº 27489 (Ley que Regula las Centrales Privadas de Información de Riesgos y Protección al Titular de la Información) modifi cada por la Ley Nº 27863; el Registro de Deudores Alimentarios Morosos regulado por la Ley Nº 28970 (Ley que Crea el Registro de Deudores Morosos), y el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido creado por el Art. 242 de la Ley Nº 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) administrado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR); por lo que, existe antecedentes legislativos que hacen factible la creación del “REGISTRO DE INVASORES DE TERRENOS EN LA REGIÓN TACNA, a fi n de contar con la información necesaria que permita identifi car a las personas naturales o jurídicas que hayan propiciado invasores, hayan invadido o invadan terrenos de propiedad estatal o privada y sean denunciados ante las autoridades pertinentes en la Región de Tacna, ello al existir antecedentes legislativos para otros casos. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, luego de analizar y debatir el tema, así como considerar las recomendaciones efectuadas por la OEABI, emite el Dictamen Nº 007-2011-CR-COPPAT de fecha 23 de agosto del 2011, el cual aprueba por unanimidad la propuesta normativa: “Crear el Registro de Invasores de Terrenos en la Región Tacna y Aprobar su Reglamento”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado lo siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CREAR el “REGISTRO DE INVASORES DE TERRENOS EN LA REGIÓN TACNA”, a fi n de contar con la información necesaria que permita identifi car a las personas naturales o jurídicas que hayan propiciado invasiones, hayan invadido o invadan terrenos de propiedad estatal o privada y sean denunciados ante las autoridades pertinentes en la Región de Tacna. Artículo Segundo.- APROBAR el “Reglamento del Registro de Invasores de Terrenos en la Región Tacna” el cual consta de dieciocho (18) artículos, una (01) disposición transitoria y cuatro (04) disposiciones fi nales, el cual forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Ofi cina Ejecutiva de Administración de Bienes Inmuebles (OEABI) que efectúe las acciones necesarias tendientes a la implementación de la presente ordenanza regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución, www.regiontacna.gob.pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día ocho de setiembre del año dos mil once. NELLY AMPARO JAHUIRA MAMANI Consejera Delegada del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 15 de diciembre del año dos mil once. TITO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 757734-1