Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2012 (01/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, senala que la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos o de cualquier persona en representacion del Estado y que irrogue algun gasto al Tesoro Publico; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- AUTORIZAR en comision de servicios al Presidente Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para viajar al Estado Federal de Belgica, en merito a la invitacion realizada por el Ejecutivo del Comite Academico Tecnico de Asesoramiento a problemas Ambientales - CATAPA, a partir del 01 al 13 de marzo del ano 2012; debiendo presentar a su retorno ante el Pleno del Consejo Regional, un informe detallado y documentado de las actividades y gestiones realizadas en dichos eventos. Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Administracion, segun disponibilidad presupuestal, realice los tramites correspondientes para sufragar los gastos que no MORDAZA cubiertos por los organizadores de dicho evento, conforme a la escala de asignaciones de viaticos contenida en la Directiva Nº09-2009-GR.CAJGRPPAT/SGDI, "Norma el Otorgamiento y Rendicion de Viaticos y Asignaciones por Comision de Servicio en las Entidades y", aprobada por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 348-2009-GR.CAJ/P y Ley Nº 27619 Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos. Tercero.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional . Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Pdta. Consejo Regional 757361-2

Ratifican el Acuerdo de Consejo Regional Nº 03-2011-CR.CAJ-CR para el ano fiscal 2012, sobre remuneraciones del Presidente Regional y Vicepresidente Regional, asi como dietas de los Consejeros Regionales
ACUERDO REGIONAL Nº 013-2012-GR.CAJ-CR MORDAZA, 10 de febrero de 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 07 de febrero del ano 2012; VISTO Y DEBATIDO el Pedido presentado por los integrantes de la Mesa Directiva del Consejo Regional, solicitando se ratifique el Acuerdo de Consejo Regional Nº 03-2011-GR.CAJ-CR de fecha 04 de enero de 2011; con el MORDAZA unanime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011GRCAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en el articulo 47º in fine, referido a los Dictamenes, establece

que "se exceptua de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justificados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que esten referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes tecnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 15º literal f) establece que es atribucion del Consejo Regional fijar la remuneracion mensual del Presidente, y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros. Y en el articulo 19º literal a) prescribe que los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas, las mismas que son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad economica del Gobierno Regional la MORDAZA que los aprueba y los montos de las dietas, se publican obligatoriamente; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas, establece en el articulo 1º, modifiquese los articulos 1 y 5 de la Ley Nº 28212, en los siguientes terminos: articulo 1º (Finalidad de la ley), la presente ley tiene por finalidad regular los ingresos de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado. Articulo 5º (De las Dietas) numeral 5.1 las personas al servicio del Estado y que en representacion del mismo formen parte de Directorios, no percibiran dietas en mas de una (1) entidad, en el numeral 5.2 establece que los Consejeros Regionales y Regidores Municipales reciben unicamente dietas, segun el monto que fijen los respectivos Consejos Regionales y Concejos Municipales, de conformidad con lo que disponen sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente. Finalmente en el articulo 2º (Topes de Ingresos), prescribe que, ningun funcionario o servidor publico que presta servicios al Estado bajo cualquier forma o modalidad contractual y regimen laboral, con excepcion del Presidente de la Republica, percibira ingresos mensuales mayores a seis (6) Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que corresponda las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre"; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 0032011-GRCAJ-CR, de fecha 03 de enero del ano 2011, el Pleno del Consejo Regional acordo: PRIMERO.- FIJAR la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA en 5.5 URSP, equivalente a S/. 14 300.00 Nuevos Soles, que se otorgara a partir del 1º de enero hasta el 31 de diciembre del ano fiscal 2011. SEGUNDO.- FIJAR la remuneracion mensual del Vicepresidente Regional de MORDAZA, equivalente a S/. 13 300.00 Nuevos Soles, que se otorgara a partir del 1º de enero hasta el 31 de diciembre del ano fiscal 2011. TERCERO.- FIJAR la dieta mensual de los senores Consejeros Regionales en 30% de lo que percibe el Presidente Regional, equivalente a S/. 4 290.00 Nuevos Soles, monto que se otorgara a partir del 1º de enero hasta el 31 de diciembre del Ano Fiscal 2011; Que, mediante pedido de fecha 24 de enero del ano 2012, los integrantes de la Mesa Directiva del Consejo Regional, solicitaron poner a consideracion del Pleno del Consejo Regional, ratificar el Acuerdo Regional Nº 03-2011-GR.CAJ-CR, de fecha tres de enero del ano 2011, que fija la remuneracion del Presidente Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros Regionales; Que, con Informe Legal Nº 007-2012-GR.CAJ-DRAJ de fecha 25 de enero de 2012, el Director Regional de Asesoria Juridica, emite Opinion Legal, respecto a la fijacion de dietas de los Consejeros Regionales y Remuneraciones de Presidente y Vicepresidente Regional para el ano 2012, en los siguientes terminos: 1) Ley Nº 28212, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, que regula los ingresos de los altos funcionarios del Estado segun la jerarquia que establece el articulo 39º de la Constitucion Politica del Estado. El articulo 5º numeral 5.2 de la Ley Nº 28212 establece que los Consejeros Regionales y Municipales de conformidad con las respectivas leyes organicas, deben fijar las dietas de los Consejeros Regionales, sin que en ningun supuesto dichas dietas puedan exceder o superar en total el treinta por ciento de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA, respectivamente. En concordancia con lo previsto por el

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