Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2012 (01/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2012

ambito de aplicacion de la presente Ley, los proyectos de inversion publicos y privados que impliquen actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales negativos (...)", mientras que el articulo 18 considera como autoridades competentes a el MINAM, a las autoridades sectoriales nacionales, a las autoridades regionales y las autoridades locales a quienes le corresponde emitir la correspondiente certificacion ambiental de acuerdo al ambito del proyecto siempre y cuando le MORDAZA sido asignado o desconcentrado en concordancia con la Ley MORDAZA de Descentralizacion; asi el Gobierno Regional de Tacna tendria algunas competencias en la Direccion Regional de Energia y Minas, Direccion Regional de la Produccion, Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones. Que, con Oficio Nº 249-2011-ORAJ-P.R./GOB.REG. TACNA de fecha 27 de setiembre del 2011 remitido por el Presidente Regional de Tacna se remite la propuesta de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente sobre modificacion y adecuacion de la Ordenanza Regional Nº 033-2004-CR/GOB.REG. TACNA, a fin de implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental y que a su vez requiere de la Creacion del Sistema Regional de Areas Naturales Protegidas ­ SIRANP TACNA, Sistema de Informacion Ambiental Regional ­ SIAR TACNA, Sistema Regional de Evaluacion de Impacto Ambiental ­ SIREIA TACNA, instrumentos con los cuales se pretende dar cumplimiento a la normatividad legal vigente en materia ambiental. Que, con el Informe Nº 009-2011-AL-GRRNyGMA/ GOB.REG.TACNA de fecha 09 de agosto del 2011 emitido por Asesoria Legal de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente; el Informe Nº 032-2011-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de agosto del 2011, emitido por la Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medioo Ambiente; y el Informe Nº 628-2011-ORAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de agosto del 2011 emitido por el Director de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, por Ordenanza Regional Nº 033-2004-CR/GOB. REG.TACNA, publicada el 12 de enero del 2005, se creo el Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region Tacna, con la finalidad de velar por la salud publica, la gestion sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental, que garantice un medio ambiente adecuado, de pleno desarrollo a las personas que habitan en la Region, en el MORDAZA de la Ley Nº 26410 ­ Ley de Creacion del Consejo Nacional del Ambiente. Que, en la Tercera Disposicion Complementaria Final del MORDAZA referido Decreto Legislativo Nº 1013, se establece la fusion del Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM en el Ministerio del Ambiente, siendo este ultimo el ente incorporante, senalando, ademas que toda referencia MORDAZA al Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM ­ o a las competencias, funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, una vez culminado el MORDAZA de fusion, se entendera como efectuada al Ministerio del Ambiente. Que, asimismo, para los efectos de la modificatoria de la Ordenanza Regional en referencia debe tenerse presente, que si bien el MINAM es responsable de la Politica Nacional del Ambiente, es tambien el ente rector del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, y como tal resulta procedente la Creacion del Sistema Regional de Areas Naturales Protegidas, el Sistema Regional de Informacion Ambiental, el Sistema Regional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental y el Sistema Regional de Evaluacion de Impacto Ambiental, considerando ademas que, la MORDAZA disposicion complementaria final del referido Decreto Legislativo Nº 1013, crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, como organismo publico tecnico especializado, encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental que corresponde y crea ademas el Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, que es el ente rector del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, sistemas que deben ser implementados por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. Que, se hace necesario que para cada uno de los Sistemas de Gestion Ambiental, segun corresponda, establecer el respectivo Grupo Tecnico, el mismo que estara conformado por la Gerencia Regionales de

Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, quien la preside, las Direcciones Regionales Sectoriales, la Oficina Regional del Instituto Nacional del Estadistica e Informatica, las Universidades Publicas y Privadas de la Region, pudiendo incorporarse otras instituciones regionales cuya intervencion este relacionada directamente con el tema ambiental, pudiendo dicho Grupo Tecnico contar con asesoria o consultoria especializada. Que, de otro lado con Oficio Nº 005-2011-NJM-CR de fecha 01 de junio del 2011 la Consejera Regional, MORDAZA MORDAZA Jahuira MORDAZA, presento un Proyecto de Ordenanza Regional: "Declarar de Interes Publico Regional el Monitoreo y Vigilancia Ambiental Regional en la Region Tacna", cuya finalidad en esencia se enmarca dentro del establecimiento del SISTEMA REGIONAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL ­ SIREFA TACNA; por lo que, la mencionada iniciativa se subsume en la presente Ordenanza Regional. Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 005-2011-CR-COPPAT, de fecha 14 de noviembre del 2011, por el cual se aprueba por unanimidad la propuesta normativa: "ADECUACION DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 033-2004-CR/GOB. REG.TACNA AL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1013 Y ESTABLECIMIENTO DE SISTEMAS REGIONALES EN MATERIA AMBIENTAL", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 19 de diciembre del 2011. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DISPONER la Adecuacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region Tacna, creado por Ordenanza Regional Nº 033-2004-CR/ GOB.REG.TACNA de fecha 01 de diciembre del 2004, publicada el 12 de enero del 2005, al Decreto Legislativo Nº 1013 ­ Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente. Articulo Segundo.- ESTABLECER EL SISTEMA REGIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS ­ SIRANP TACNA, con el fin de asegurar la continuidad de los procesos ecologicos y evolutivos, dentro de areas suficientemente extensas y representativas de cada una de las unidades ecologicas de la region, entre otros que se encuentren en el MORDAZA de las competencias del Gobierno Regional. Articulo Tercero.- ESTABLECER EL SISTEMA REGIONAL DE INFORMACION AMBIENTAL ­ SIAR TACNA, con el fin de organizar y sistematizar la informacion ambiental regional proveniente de los sectores e instituciones de la Region involucrados con el tema ambiental, entre otros que se encuentren en el MORDAZA de las competencias del Gobierno Regional. Articulo Cuarto.- ESTABLECER EL SISTEMA REGIONAL DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL ­ SIREFA TACNA, con el fin de asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, sancionadora en materia ambiental se realice de forma independiente, imparcial, agil y eficiente de conformidad con la normatividad vigente, entre otros que se encuentren en el MORDAZA de las competencias del Gobierno Regional. Articulo Quinto.- ESTABLECER EL SISTEMA REGIONAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL ­ SIREIA TACNA, con el fin de establecer un sistema unico y coordinado de identificacion, prevencion, supervision, control y correccion anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversion, entre otros que se encuentren en el MORDAZA de las competencias del Gobierno Regional.

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