Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2012 (01/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2012

y cuatro (654) cargos, distribuidos en: seiscientos veintiuno (621) Ocupados, y treinta y tres (33) Previstos. De acuerdo al anexo, que forma parte de la presente MORDAZA regional. Articulo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Direccion Regional Sectorial de Salud de Tacna y al Hospital MORDAZA Unanue de Tacna, la implementacion de la presente MORDAZA regional. Articulo Quinto: PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el MORDAZA electronico de la institucion, www.regiontacna.gob. pe, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia cinco de diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA JAHUIRA MORDAZA Presidenta del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 14 de diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 757744-1

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha cinco de diciembre del ano dos mil once, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, establece que: "Las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. "Asimismo, el articulo 192 de la misma Carta Magna, prescribe: "Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 15 establece como atribuciones del Consejo Regional: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...)". Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, en su articulo 49 senala: "Son atribuciones del Consejo Regional, las siguientes: (...) s. Aprobar instrumentos de gestion institucional, cuando asi lo demande la MORDAZA expresa". Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Aprueban Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las Entidades de la Administracion Publica, en su articulo 5 senala: "REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ­ ROF. Es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas y establece sus relaciones y responsabilidades". Asimismo, los articulos 30 y 34 de la referida MORDAZA prescriben lo siguiente: "El Informe Tecnico Sustentatorio que sustente la

Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional Sectorial de Vivienda, Construccion y Saneamiento de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2011-CR/GOB. REG. TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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