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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de marzo de 2012 462853 Artículo 20º.- Carácter no vinculante y naturaleza del informe técnico Toda propuesta legislativa en materia de prevención delictiva, justicia penal, ejecución penal y sistema penitenciario que afecte o modifi que el sistema de justicia penal y el sistema penitenciario, formulada por el Congreso de la República, Poder Ejecutivo o las instituciones y personas a que se refi ere el artículo 107º de la Constitución Política del Perú, podrá contar para su aprobación con el informe técnico no vinculante a que se refi ere el artículo 4º, inciso 10, de la Ley N° 29807. En el supuesto de facultades delegadas a que se refi ere el artículo 104º de la Constitución Política del Perú, el sector responsable solicitará a la Secretaría Técnica el referido informe sobre el grado de adecuación al Programa Nacional de Política Criminal. Si en el plazo de treinta (30) días no se emite el referido informe, se tendrá por emitido en sentido favorable. Artículo 21º.- Registro de las Sesiones El Secretario Técnico es responsable del cuidado, manejo y actualización del Libro de Actas de las sesiones del Consejo Nacional de Política Criminal, donde debe constar, además de los aspectos formales, lo siguiente: a. El registro de los integrantes asistentes; b. Los asuntos tratados en la sesión; c. El sentido de la votación de cada uno de los miembros para la toma de decisiones; d. Las abstenciones y/u omisiones en las respectivas votaciones; e. Los acuerdos adoptados; f. Las fi rmas de los integrantes; y, g. Los aspectos que el Presidente y los integrantes consideren pertinentes. Artículo 22º.- Órgano colegiado y multidisciplinario El gabinete de expertos de la Secretaría Técnica está conformado por especialistas en diversas disciplinas científi cas relacionadas con el sistema justicia penal y sistema penitenciario, quienes desarrollarán sus actividades en las áreas de planifi cación, capacitación, seguimiento y monitoreo y adecuación normativa. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos determinará su composición y funciones. 766854-3 Aurtorizan viaje de funcionarios a los EE.UU. en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 046-2012-JUS Lima, 20 de marzo de 2012 VISTOS, el OF. RE (DDH) Nº 2-19-B/97, de la Directora de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha convocado al Estado Peruano a Reuniones de trabajo, y Audiencias públicas y temáticas programadas los días sábado 24 de marzo y lunes 26 de marzo de 2012, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, en el marco de su 144º Período Ordinario de Sesiones que se realizará del 19 al 30 de marzo de 2012; Que, la programación de las referidas Reuniones y Audiencias involucra la participación, en representación del Estado Peruano, de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por lo que se requiere la autorización de viaje de los funcionarios que intervendrán en las mismas; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de los eventos antes referidos, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Luis Alberto Salgado Tantte, Procurador Público Especializado Supranacional, así como del señor Oscar José Cubas Barrueto, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, para que participen, en representación del Estado Peruano, en las Reuniones de Trabajo, Audiencias públicas y temáticas programadas, los días 24 y 26 de marzo de 2012; Que, asimismo, y en el contexto de la fi nalidad y principios establecidos en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como son los de promover y difundir los derechos humanos, postulación de políticas de acceso a la justicia, con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad, resulta necesario autorizar el viaje del señor Adolfo Ernesto Chávarri Arancibia, Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel – CMAN del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien formará parte de la delegación del Estado Peruano en las correspondientes audiencias convocadas y a realizarse en el marco del 144º Período de Sesiones antes referido, según lo informado al Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Ofi cio Nº 195-2012-JUS/DM, quien además se encargará de sustentar el Plan de Reparaciones del confl icto de la violencia política durante el período 1980- 2000 ante las correspondientes instancias del sistema interamericano de derechos humanos; Que, los gastos que generen dichos viajes serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 019-2001- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Adolfo Ernesto Chávarri Arancibia, Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel – CMAN del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, del 22 al 27 de marzo de 2012, a la ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar el viaje del señor abogado Luis Alberto Salgado Tantte, Procurador Público Especializado Supranacional, y del señor Oscar José Cubas Barrueto, abogado de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, del 22 al 27 de marzo de 2012, a la ciudad de Washington, D.C, Estados Unidos de América, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes x 3 US$ 5,611.02 Viáticos x 5 días x 3 US$ 3,300.00 ---------------------- TOTAL: US$ 8,911.02 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los funcionarios citados en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 766854-7