TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de marzo de 2012 463144 artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, mediante el cual modifi ca el capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Estado establece en el artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al Concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que, mediante D.S. N° 043-2006-PCM, se aprueban “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública”, que se aplicará a las entidades de la administración pública, en concordancia con la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 003-2012- MPH/A se aprueba la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huamanga, la misma que para su aplicación y funcionabilidad requiere de la elaboración y aprobación de su Reglamento de Organización y Funciones- ROF; en ese sentido, el Concejo Municipal acordó aprobar el referido documento de gestión mediante Acuerdo de Concejo Nº 009-2012-MPH/CM de fecha 31 de enero de 2012; Que, en uso de las facultades conferidas en el Artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de municipalidades N° 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, el Concejo Municipal de Huamanga en Sesión Ordinaria de Concejo por Votación Unánime aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA ROF-2012 Artículo 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF - 2012) de la Municipalidad Provincial de Huamanga, el mismo que consta de VIII Títulos, 202 Artículos, Ocho Disposiciones Complementarias y Tres Disposiciones Finales, cuyo texto íntegro debidamente rubricado y sellado forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Racionalización y Estadística, Ofi cina de Administración y Finanzas, la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza e incluir el texto completo de la norma, en el Diario El Peruano, en el diario Judicial de la Localidad, así como en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www. munihuamanga.gob.pe) y remitir a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo Ministros para la publicación en el portal del Servicio al Ciudadano para su difusión; bajo responsabilidad. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a los Órganos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huamanga con las formalidades establecidas por Ley para los fi nes que correspondan. Artículo 5º.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que se oponga al presente dispositivo municipal. Artículo 6º.- DISPONER, la vigencia de la presente Ordenanza al día siguiente de su publicación. POR TANTO: De conformidad con lo dispuesto por el numeral 5 del Artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades ordeno: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AMILCAR HUANCAHUARI TUEROS Alcalde 768574-2 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL