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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de marzo de 2012 463142 ofi cio, no existieron discordancias en el contenido del texto impreso y el magnético, por cuanto el funcionario competente de citado Diario Ofi cial recibió el Ofi cio de la Secretaría General del Concejo sin observación o anotación alguna, luego de la verifi cación de rutina y los procedimientos internos establecidos en dicho medio de comunicación. Que, mediante Informe Nº 054-2012-MML- GAJ-SSLR, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, opina que en base a los antecedentes señalados y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, concordante con la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley citada, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS, se debe expedir otra norma de rango equivalente o superior al Acuerdo de Concejo Nº 1607, a fi n de rectifi car el error incurrido en la publicación del citado Acuerdo de Concejo por parte del Diario Ofi cial “El Peruano”, se debe expedir otra norma de rango equivalente o superior al Acuerdo de Concejo Nº 1607. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car en todos sus términos el Acuerdo de Concejo Nº 1607 de fecha 28 de diciembre del 2011, por el que se reguló el régimen tributario de los arbitrios recolección de residuos sólidos, recolección de residuos sólidos en playas durante la temporada de verano, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo correspondiente al ejercicio 2012, en razón de que ha sido emitido en su oportunidad, y publicado en la página web del SAT, en aplicación de las normas legales vigentes, correspondiendo ser publicado el mencionado Acuerdo, por el Diario Ofi cial El Peruano, sin costo alguno para la Municipalidad Distrital de Santa Maria del Mar, por las consideraciones expuestas en los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General del Concejo el cumplimiento del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 768542-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA Aprueban nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huamanga ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2012-MPH/A Ayacucho, 20 de febrero del 2012. EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Huamanga, en Sesión Ordinaria de fecha 31 de enero del 2012, acordó aprobar la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huamanga, mediante Acuerdo de Concejo Nº 009-2012-MPH/CM de fecha 31 de enero del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de reforma Constitucional; Que, de conformidad a la Ley de Reforma Constitucional N º 27680, mediante el cual modifi ca el capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del estado establece en el artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y les otorga potestad tributaria; correspondiendo al concejo Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del artículo 200º de nuestra carta magna; Que, conforme a lo dispuesto por los numerales 3) y 32) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N º 27972, concordante con los Lineamientos Técnicos para la Formulación de Documentos de Gestión en el marco de la Modernización Administrativa, aprobado por Resolución Jefatural Nº 109-95-INAP/DNR, compete al Concejo Municipal aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local; Que, considerando que la Estructura Orgánica del Gobierno Local, es la representación gráfi ca de todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Provincial de Huamanga, indicando sus aspectos más importantes como las relaciones jerárquicas de comunicación y coordinación; Que, el proceso de modifi cación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Huamanga, obedece a propuesta presentada por la Unidad de Racionalización y Estadística, en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, formulada a partir de procesos participativos desarrollados entre autoridades, funcionarios y trabajadores de la institución en concordancia con los lineamientos del Plan de Desarrollo Institucional 2011 – 2014 y los Planes de Desarrollo Concertados del Distrito y la Provincia de Huamanga; Que, en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º, numeral 6) de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, el concejo Municipal de Huamanga en Sesión Ordinaria por Unanimidad, aprueba la siguiente ordenanza: ORDENANZA: Artículo 1º.- APROBAR la nueva ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMANGA, la misma que forma parte anexo de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- DISPONER que la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Administración y Finanzas, implementen y cumplan con la aplicación de la presente ordenanza. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario Ofi cial El Peruano, en el diario Judicial de la localidad, así como; en el portal electrónico de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob. pe) y remitir a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo Ministros para la publicación en el portal del Servicio al Ciudadano para su difusión, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- Transcribir el presente acto resolutivo a los Órganos Estructurados de la Municipalidad Provincial de Huamanga con las formalidades establecidas por Ley para sus fi nes consiguientes. Artículo 5º.- DEJAR SIN EFECTO, toda disposición que se oponga al presente dispositivo municipal.