Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2012 (29/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2012

La Gerencia General del Ministerio Publico es el organo responsable de la evaluacion de los indicadores para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno para el ano 2012. La Oficina Central de Tecnologias de la Informacion del Ministerio Publico se encargara de brindar la informacion estadistica, conforme a los indicadores que corresponden a cada nivel y especialidad. Dicha informacion sera extraida de los siguientes sistemas de informacion: Sistema de Informacion de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF), Sistema de Gestion Fiscal (SGF), Sistema de Informacion Estadistica (SIE) y Sistema de Apoyo a la Funcion Fiscal de Control Interno (SIAFCI). Articulo 8º.- Del periodo de evaluacion La evaluacion de los indicadores para la seleccion de las fiscalias cuyo personal sera beneficiario del MORDAZA por Desempeno se efectua por el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de octubre del ano 2012, excepto en los casos senalados en la Primera Disposicion Complementaria Final del presente Reglamento. Articulo 9º.- De la evaluacion La evaluacion de los indicadores para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno se realiza de acuerdo al siguiente procedimiento: a) El Ministerio Publico publicara en su MORDAZA institucional, en un plazo no mayor a quince (15) dias calendario contados desde la publicacion de la presente MORDAZA, la Directiva que establece las disposiciones internas para el adecuado registro de la informacion utilizada para el calculo de los indicadores y el procedimiento realizado para su seguimiento. La Directiva contendra, ademas, los criterios utilizados para la seleccion de los beneficiarios en el caso establecido en el inciso e) del articulo 11º del presente Reglamento. Las disposiciones contenidas en la citada Directiva deben garantizar la veracidad del avance de cada fiscalia, asi como la eficacia y eficiencia del personal al interior de la misma. b) Al concluir la primera mitad del periodo de evaluacion al que hace referencia el articulo 8° del presente Reglamento, el Ministerio Publico MORDAZA a conocer, mediante publicacion en su MORDAZA institucional, un "Informe de avance de desempeno" con los resultados alcanzados por las fiscalias para cada uno de los indicadores y un ranking preliminar identificando aquellas que obtengan un mejor desempeno en comparacion con las demas. c) En un plazo no mayor a diez (10) dias calendario de concluido el periodo de evaluacion, el Ministerio Publico MORDAZA a conocer, mediante publicacion en su MORDAZA institucional, el resultado final de la evaluacion de desempeno, mostrando el valor de cada uno de los indicadores por fiscalia, el valor del indicador final y el ranking de fiscalias por grupo, senalando las fiscalias ganadoras. d) Como requisito previo a la entrega del MORDAZA por desempeno, en un plazo no mayor a quince (15) dias calendario de concluido el periodo de evaluacion, el Titular del Ministerio Publico remitira a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas el "Informe Final de Evaluacion de Desempeno". En este informe se debera establecer lo siguiente: (i) La conformidad al cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. (ii) El resultado de la evaluacion y la seleccion de las fiscalias ganadoras al interior de cada grupo, de acuerdo a los lineamientos senalados en el Anexo Nº 03: "Guia Metodologica para el otorgamiento del MORDAZA por Desempeno". (iii) La justificacion respecto a que las fiscalias premiadas MORDAZA las que alcanzaron mejor desempeno al interior de su agrupacion. (iv) La justificacion respecto al porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo. Para cumplir con la cuota de hasta el diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en las fiscalias provinciales, superiores y supremas del Ministerio Publico, el porcentaje de personas premiadas al interior de cada grupo no debe superar el diez por ciento (10%) del total de personas consideradas inicialmente en cada grupo. (v) La justificacion respecto a que el personal premiado en cada fiscalia ha cumplido con los requisitos senalados en el articulo 12º del presente Reglamento.

El "Informe Final de Evaluacion de Desempeno" debera contar con la opinion favorable de la Oficina Central de Planificacion y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica de la Gerencia General del Ministerio Publico. Asimismo, una MORDAZA de dicho informe debera remitirse al Organo de Control Institucional del Ministerio Publico, y publicarse en su MORDAZA institucional. Articulo 10º.- De la entrega del MORDAZA por Desempeno El MORDAZA por Desempeno sera otorgado a sus beneficiarios en diciembre del ano 2012. CAPITULO III DE LA ASIGNACION DEL MORDAZA POR DESEMPENO Articulo 11º.- De la determinacion del personal beneficiario El personal beneficiario del MORDAZA por Desempeno se determina de acuerdo al siguiente procedimiento: a) Las fiscalias que conforman cada grupo a los que hace referencia el articulo 5° del presente Reglamento, seran evaluadas segun los indicadores que les corresponda por especialidad, los cuales estan establecidos en el Anexo N° 02: "Indicadores para la aplicacion del MORDAZA por Desempeno del Ministerio Publico, segun grupos". b) En el MORDAZA de evaluacion de cada fiscalia se toma en cuenta el numero de trabajadores que laboran en MORDAZA, considerandose ademas al personal sujeto al Decreto Legislativo N°1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS). c) El numero de personal beneficiado con el MORDAZA por Desempeno al interior de cada grupo, no debera superar el diez por ciento (10%) del personal que conforma el grupo. d) Al interior de cada grupo se determina como beneficiarios del MORDAZA por Desempeno al personal de la fiscalia que obtuvo el primer lugar en el grupo, asi como al personal de las siguientes fiscalias, hasta premiar al numero de beneficiarios referido en el inciso c) precedente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. e) Si como resultado de la aplicacion del procedimiento senalado en los incisos precedentes, no hubiera posibilidad de beneficiar a todo el personal de la MORDAZA dependencia ganadora del grupo, sino solo a un numero limitado de personas, el responsable de dicha fiscalia debera seleccionar a los beneficiarios del MORDAZA por Desempeno en el grupo, de acuerdo a los criterios dispuestos en la Directiva a que se refiere el inciso a) del articulo 9º del presente Reglamento. Articulo 12°.- Requisitos para la obtencion del MORDAZA por Desempeno El personal beneficiario determinado de acuerdo a lo senalado en el articulo 11º del presente Reglamento, tiene derecho a recibir el MORDAZA por Desempeno siempre que reuna todos los siguientes requisitos: a) Haber laborado, en forma efectiva, al menos la mitad del periodo de evaluacion mas un (01) dia, en las fiscalias que resulten ganadoras, de conformidad con el procedimiento establecido en el articulo 11º, excepto el caso senalado en la Primera Disposicion Complementaria Final del presente Reglamento. b) No haber sido objeto de sancion disciplinaria por el organo competente del Ministerio Publico, durante el periodo de evaluacion. c) No haber sido separado, suspendido o destituido del ejercicio de sus funciones por el organo competente, durante el periodo de evaluacion. d) No haber sido sentenciado por delitos dolosos durante el periodo de evaluacion. Articulo 13°.- Del Financiamiento El MORDAZA por Desempeno se financia con cargo al Presupuesto Institucional de Ministerio Publico. Para tal efecto, el Ministerio de Economia y Finanzas transferira los recursos necesarios para su otorgamiento con cargo a lo establecido en el articulo 44º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicha transferencia se efectuara luego de verificar que el

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