Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2012 (29/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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regional, para lo cual tambien adjunto la opinion tecnica de los sectores involucrados y la Evaluacion de Danos y el Analisis de Necesidades ­ MORDAZA, registrados hasta esa fecha; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2012PCM de fecha 18 de marzo de 2012, se aprobo la Declaratoria de Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA, MORDAZA y Cura MORDAZA en la provincia de Piura; los distritos de Ayabaca, MORDAZA, Jilili, Lagunas, MORDAZA, Pacaipampa, Paimas, Sapillica, Sicchez y MORDAZA en la provincia de Ayabaca; los distritos de Huancabamba, Canchaque, El MORDAZA de la Frontera, Huarmaca, Lalaquiz, San MORDAZA de El Faique, Sondor y Sondorillo en la provincia de Huancabamba; los distritos de Chulucanas, Chalaco, Morropon y MORDAZA MORDAZA de Mossa en la provincia de Morropon y el distrito de Querecotillo en la provincia de Sullana en el departamento de MORDAZA, por danos ocurridos en dichas zonas, sustentado en la Evaluacion de Danos y el Analisis de Necesidades registrados; Que, mediante Informe Nº 006-2012-INDECI/10.2 de fecha 20 de marzo de 2012, la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI, considerando el "Informe de Estimacion de Riesgo por Lluvias intensas Periodo 2011-2012" presentado por el Gobierno Regional de MORDAZA y sustentado en la informacion tecnico cientifica solicitada a la Autoridad Nacional del Agua ­ MORDAZA y contenida en el Informe Tecnico Nº 009-2012ANA-DEPHM/WAR y al Instituto Geologico Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, contenido en el Informe Tecnico Geologia Ambiental "Zonas criticas por peligros geologicos en la region Piura" ­Noviembre 2009; informa que debido a los peligros identificados, por las instituciones tecnico-cientificas mencionadas, el distrito de Catacaos, en la provincia de MORDAZA, los distritos de Colan, Amotape, la MORDAZA y Vichayal, en la provincia de Paita, el distrito de MORDAZA, en la provincia de Sechura, los distritos de Sullana, MORDAZA MORDAZA, Marcavelica y MORDAZA Checa, en la provincia de Sullana, distritos de Salitral, Buenos Aires y San MORDAZA de Bigote, en la provincia de Morropon, del departamento de MORDAZA, ubicados en las cuencas de los MORDAZA MORDAZA y Chira, se encuentran en Peligro Inminente ante inundaciones, erosiones y movimientos en masa, por las intensas precipitaciones pluviales que se vienen presentando, estando por tanto su poblacion y actividades economicas expuestas a un riesgo muy alto, recomendando se gestione la declaratoria de Estado de Emergencia en las mencionadas zonas; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional de MORDAZA y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y demas entidades publicas competentes, a ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion correspondientes, asi como a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas; Que, el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, senala que la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, es presentada por el respectivo Gobierno Regional al INDECI con la debida sustentacion; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de Catacaos, en la provincia de MORDAZA, los distritos de Colan, Amotape, la MORDAZA y Vichayal, en la provincia de Paita, el distrito de MORDAZA, en la provincia de Sechura, los distritos de Sullana, MORDAZA MORDAZA, Marcavelica y MORDAZA Checa, en la provincia de Sullana, distritos de Salitral, Buenos Aires y San MORDAZA de Bigote, en la provincia de Morropon, del departamento de MORDAZA, ubicados en las cuencas de los MORDAZA MORDAZA y Chira, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, por peligro Inminente ante inundaciones, erosiones y movimientos en masa. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion correspondientes, asi como a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Salud y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 771043-2

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