Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2012 (29/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

463325

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Otorgan Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y No Tributaria de la Deuda sujeta a Cobranza Coactiva
ORDENANZA Nº 326-MDSMP San MORDAZA de Porres, 22 de marzo del 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 22.MARZO.2012; con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre aprobacion del proyecto de Ordenanza que otorga beneficios de deudas en cobranza coactiva; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de la fecha se trato sobre el Dictamen Nº 003-2012-CPF-SR/MDSMP de la Comision de Planificacion y Finanzas que propone al Pleno del Concejo la aprobacion de la Ordenanza que otorga Beneficio Extraordinario de Regularizacion Tributaria y No tributaria de la deuda sujeta a cobranza coactiva, con el objetivo de proporcionar facilidades al contribuyente mediante compromisos de pago para evitar las medidas de embargo, lo que viene siendo solicitado por contribuyentes del distrito y que servira asimismo para depurar la data y agilizar la cobranza; Que, al respecto se cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Administracion Tributaria (Informe Nº 015-2012-GAT/MDSMP), Gerencia de Asesoria Juridica (Informe Nº 156-2012-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal (Proveido Nº 560-12-GM); Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y, asimismo, fomentar el cumplimiento de obligaciones formales; De conformidad con los articulos 9º, inciso 8); 39 y 40 de la Ley Nº 27972, - Organica de las Municipalidades; Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus normas modificatorias; con el Dictamen Nº 003-2012-CPF-SR/ MDSMP de la Comision de Planificacion y Finanzas; con el MORDAZA Unanime de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA EL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA DE LA DEUDA SUJETA A COBRANZA COACTIVA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero: Finalidad La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer un beneficio extraordinario de Regularizacion Tributaria y No Tributaria a favor de los administrados del Distrito de San MORDAZA de Porres que, a la fecha de entrada de su vigencia, mantengan deuda vencida y pendiente de pago por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y/o Multas Administrativas, asi como se les MORDAZA iniciado MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo Segundo: Administrados que pueden acogerse al beneficio Podran acogerse al presente beneficio todos los contribuyentes e infractores que se encuentren en

cobranza coactiva, que hayan sido notificados con la Resolucion de Ejecutoria Coactiva Nº 01 a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza. No estan comprendidos en los alcances de la presente Ordenanza aquellos contribuyentes e infractores a quienes se les MORDAZA trabado medidas cautelares efectivas firmes, tales como embargos en bancos (con informe del banco de la retencion), embargo de arriendos a terceros, inscripcion de inmuebles en los Registros Publicos y ordenes de captura de vehiculos; otorgandole a la Ejecutoria Coactiva facultad discrecional, a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente dispositivo municipal. Articulo Tercero: Inicio del procedimiento coactivo De acuerdo al articulo 14 de la Ley Nº 26979 - del Procedimiento Coactivo, este se inicia con la notificacion al obligado de la Resolucion de Ejecucion Coactiva, que le concede un plazo de siete (7) dias habiles a fin de cancelar la deuda materia de cobranza, bajo apercibimiento de dictarse alguna medida cautelar o iniciarse la ejecucion forzosa. Articulo Cuarto: Plazo El plazo para acogerse a las facilidades que concede la presente Ordenanza vence el 16 de MORDAZA del 2012. CAPITULO II DE LAS FACILIDADES Articulo Quinto: De las deudas tributarias en cobranza coactiva Las facilidades concedidas en materia tributaria se aplican como sigue: 1. De las obligaciones tributarias sustanciales: Por el pago al contado de las obligaciones derivadas de los arbitrios municipales, se condonara el 100% de los intereses moratorios y se aplicaran descuentos escalonados en los montos insolutos de los siguientes ejercicios: a) Arbitrios 2010, tendran un descuento de 15% b) Arbitrios 2009, tendran un descuento de 25% c) Arbitrios 2008, tendran un descuento de 40% d) Arbitrios 2007, tendran un descuento de 60% e) Arbitrios de ejercicios anteriores al 2007, tendran un descuento de 75% Asimismo, por el pago al contado de las obligaciones derivadas del Impuesto Predial que se encuentre en cobranza coactiva se condonara el 100% de los intereses moratorios. 2. De las sanciones por incumplimiento de las obligaciones tributarias formales: Por el pago de las Resoluciones de Determinacion por concepto de Impuesto Predial generadas por Fiscalizacion Tributaria y que se encuentran en cobranza coactiva, se condonara el 100% de las Multas Tributarias. Asimismo, a aquellos que solo mantengan Multas Tributarias en cobranza coactiva se les condonara el 90% del monto insoluto de la deuda. 3. Compromisos de Pagos: Aquellos contribuyentes que hayan efectuado compromisos de pagos por los Arbitrios e Impuesto Predial podran acogerse a los beneficios establecidos en el numeral 1 de este articulo sobre el saldo pendiente de pago, siempre que cumplan con la cancelacion de la deuda al contado. 4. Producto del acogimiento al presente beneficio, los administrados gozaran de la rebaja de los Gastos Administrativos a S/. 10.00 Nuevos Soles y de las Costas Procesales a S/. 10.00 Nuevos Soles, por cada expediente. Articulo Sexto: De las multas administrativas Las facilidades concedidas en materia administrativa se aplican como sigue:

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