Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2012 (29/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2012

emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, la Ministra de Educacion, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de marzo del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 771043-3

Declaran el Estado de Emergencia en el distrito de Andoas, en la provincia de Datem del Maranon; los distritos de Punchana, San MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Mazan, en la provincia de Maynas; los distritos de Yurimaguas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Lagunas, en la provincia de Alto Amazonas; los distritos de Saquena, Alto Tapiche, Capelo, Puinahua, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA San MORDAZA, en la provincia de Requena; los distritos de Parinari, Urarinas y Nauta, en la provincia de Loreto; los distritos de Padre MORDAZA, Contamana, Inahuaya, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en la provincia de Ucayali; y el distrito de MORDAZA MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 037-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 182-2012-GRL-P del 26 de marzo de 2012, sustentado en el Informe Tecnico Consolidado Nº 002-2012-CRDC/ ST, solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia en el Departamento de MORDAZA, debido a los danos que viene ocasionando el desborde de los MORDAZA amazonicos, que inundaron comunidades riberenas y asentamientos humanos adyacentes a los MORDAZA, por lo que dada la magnitud con que viene presentandose este evento, reviste un caracter extraordinario y una situacion que determinan una circunstancia de gravedad, por lo que resulta de necesidad imperiosa la adopcion de medidas inmediatas;

Que, mediante Informe Tecnico Nº 023-2012INDECI/11.0 de fecha 27 de marzo de 2012, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI, sustentado en la informacion presentada por el Gobierno Regional de MORDAZA, en el Informe de Emergencia Nº 281-27/03/2012/ COEN-INDECI/18:00 HORAS, consolidado por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional ­ COEN en los que se detallan los danos ocurridos en el departamento de MORDAZA, y los Boletines de alertas meteorologicas del SENAMHI de los meses de enero, febrero y marzo de 2012, informa sobre la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales que han afectado varios sectores del departamento de MORDAZA, produciendo una situacion critica de danos en numero de personas damnificadas (66,792 personas damnificadas que registra el Consolidado de MORDAZA al 27 de marzo de 2012), en el impacto a las viviendas, sector agropecuario, educacion, salud y transportes, y que de acuerdo al analisis efectuado de los Informes tecnicos presentados, del Informe de Emergencia del COEN y de los registros del MORDAZA en el SINPAD, se destaca como localidades que han sido severamente afectados por las intensas precipitaciones pluviales y que requiere atencion sectorial correspondiente en prioridad, las siguientes: distrito de Andoas, de la provincia de Datem del Maranon; los distritos de Punchana, San MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Mazan de la provincia de Maynas; los distritos de Yurimaguas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Lagunas, de la provincia de Alto Amazonas; los distritos de Saquena, Alto Tapiche, Capelo, Puinahua, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA San MORDAZA, de la provincia de Requena; los distritos de Parinari, Urarinas y Nauta de la provincia de Loreto; los distritos de Padre MORDAZA, Contamana, Inahuaya, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de la provincia de Ucayali; y el distrito de MORDAZA MORDAZA, en la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, en el departamento de MORDAZA, emitiendo opinion favorable para que se recomiende aprobar la declaratoria de Estado de Emergencia en dichas zonas afectadas; Que, en efecto la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan al Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Defensa y demas instituciones y organismos del Estado, de acuerdo a su competencia, ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia. Declarese el Estado de Emergencia en el distrito de Andoas, de la Provincia de Datem del Maranon; los Distritos de Punchana, San MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Mazan, de la Provincia de Maynas; los distritos de Yurimaguas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Lagunas, de la provincia de Alto Amazonas; los distritos de Saquena, Alto Tapiche, Capelo, Puinahua, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA San MORDAZA, de la provincia de Requena; los distritos de Parinari, Urarinas y Nauta de la provincia de Loreto; los distritos de Padre MORDAZA, Contamana, Inahuaya, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, de la provincia de Ucayali; y el distrito de MORDAZA MORDAZA de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el

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