Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2012 (29/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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Declaran el Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA, Bellavista y Pucara en la provincia de Jaen; distritos de Pimpingos y MORDAZA Casanova en la provincia de Cutervo; distrito de San MORDAZA en la provincia de San MORDAZA y el distrito de Yonan de la provincia de Contumaza en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 036-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de MORDAZA mediante Oficio Nº 139-2012-GR.CAJ/P del 12 de marzo de 2012, informa que mediante Acuerdo Regional Nº 0192012-GR.CAJ-CR de fecha 27 de febrero de 2012, se ha declarado en situacion de emergencia a las zonas y provincias de MORDAZA, San MORDAZA, Cutervo y el MORDAZA de Jequetepeque en el departamento de MORDAZA por la Epidemia del Dengue Serotipo DENV: 01, 02 y 03, sustentado en el Informe Tecnico Nº 01-2012: Situacion del Dengue en la Direccion Regional de Salud MORDAZA y en el Informe Legal Nº 019-2012-GR-CAJ-DRAJ, solicitando a la vez la aprobacion de la declaratoria de estado de emergencia en la MORDAZA afectada, sustentado en los mencionados documentos tecnicos legales y en el Acuerdo Regional, cuyo articulo establece que el organo ejecutivo de dicho Gobierno Regional gestione dicha aprobacion, para que se asigne recursos suficientes para la ejecucion de acciones urgentes e inmediatas; Que, el derecho a la salud es un derecho fundamental, recogido por nuestra Constitucion Politica del Estado, en su articulo 7º, que establece que todas las personas tienen derecho a la proteccion de la salud, siendo por tanto obligacion del Estado velar por protegerla de cualquier situacion que implique un peligro o amenaza para su salud o su vida; Que, el numeral 2.6 del articulo 2º del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley de creacion del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, define al Desastre, como "el conjunto de danos y perdidas, en la salud, MORDAZA de sustento, habitat fisico, infraestructura, actividad economica y medio ambiente, que ocurre a consecuencia del impacto de un peligro o amenaza cuya intensidad genera graves alteraciones en el funcionamiento de la unidades sociales, sobrepasando la capacidad de respuesta local para atender eficazmente sus consecuencias, pudiendo ser de origen natural o inducido por la accion humana." Que, mediante Informe Tecnico Nº 017-2012INDECI/11.0 de fecha 19 de marzo de 2012, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI, considerando y habiendo analizado de manera integral, toda la informacion y sustento tecnico presentado por el Gobierno Regional de MORDAZA, incluido el Plan de Contingencia "Dengue 2012" de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA, y sustentado en el Boletin Epidemiologico, Volumen 21, 2012 (Semana Epidemiologica 09), en el Informe de Emergencia Nº 271 ­ 20/03/2012/COEN-INDECI/ 19:30 HORAS, y los Boletines de Alertas Meteorologicas del SENAMHI de los meses de Febrero y Marzo de 2012, informa que entre los meses de enero, febrero y marzo, se registra con mayor intensidad la temporada de lluvias, las cuales actuan como un factor desencadenante de eventos de origen natural, entre otros, inundaciones, desborde de MORDAZA, huaycos y deslizamientos, asi como brotes epidemiologicos de enfermedades como el dengue, a raiz de los criaderos potenciales de Aedes Aegypti que se presentan por cualquier recipiente que puede almacenar agua de lluvia, como el brote epidemiologico de dengue que se viene presentando en varias zonas del departamento de Cajamarca; los cuales generan dano a la MORDAZA y salud de la poblacion, infraestructura publica, perdidas de bienes materiales, danos a los medios de produccion, entre otros; Que, el mencionado Informe asimismo indica que en relacion a la tendencia de los brotes epidemiologicos en

el departamento de MORDAZA, de los anos anteriores a lo que va del ano 2012, los 1,593 casos de dengue presentados solo a la semana epidemiologica 11 del ano 2012 es el 50.5 % mas de los 788 casos de todo el ano 2011 (52 semanas), y lo que agrava mas la situacion en el presente ano, es el riesgo de enfermar y/o morir por la circulacion del serotipo DENV-2 con caracteristicas del genotipo asiatico/ americano, por lo que el riesgo epidemico de dengue es alto al estar presente el vector en varias localidades de dicho departamento, a lo que se suma las caracteristicas socioeconomicas propias que favorecen el riesgo, habiendose ademas reportado 02 personas fallecidas por dengue grave, provenientes del distrito y provincia de Jaen; evidenciandose que el Gobierno Regional de MORDAZA tiene una capacidad limitada para afrontar la complejidad de la emergencia principalmente en las zonas identificadas como endemicas por el brote de dengue, situacion que es necesario controlar ya que podria agravarse por las lluvias intensas que se estan produciendo, en tanto existen otras zonas en el MORDAZA que han venido teniendo brotes de dengue; Que, en consecuencia, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI y en funcion, ademas, de los ultimos informes de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA, encargado del monitoreo correspondiente, emite opinion favorable para que se recomiende aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA, Bellavista y Pucara en la provincia de Jaen; distritos de Pimpingos y MORDAZA Casanova en la provincia de Cutervo; distrito de San MORDAZA en la provincia de San MORDAZA y el distrito de Yonan de la provincia de Contumaza en el departamento de MORDAZA, por la ocurrencia de brote epidemico de dengue, que esta afectando la MORDAZA y salud de la poblacion por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la atencion de salud de la poblacion y continuar con la vigilancia del dengue en zonas de riesgo identificadas por el sector Salud; Que, en efecto la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, ejecutar acciones inmediatas y necesarias para la atencion de la emergencia en las zonas afectadas, y; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68º del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en los distritos de MORDAZA, Bellavista y Pucara en la provincia de Jaen; distritos de Pimpingos y MORDAZA Casanova en la provincia de Cutervo; distrito de San MORDAZA en la provincia de San MORDAZA y el distrito de Yonan de la provincia de Contumaza en el departamento de MORDAZA, por la ocurrencia de brote epidemico de dengue, que esta afectando la MORDAZA y salud de la poblacion, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia en las zonas afectadas. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, segun corresponda, con la intervencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas instituciones y organismos del Estado involucrados, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la

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