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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2012 (17/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de mayo de 2012 466320 Que, la Contraloría General de la República es miembro activo de la OLACEFS, organismo internacional especializado de carácter técnico, que tiene como objetivo fomentar el desarrollo y el perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - EFS de los países de la región en materia de control gubernamental, para cuyo cumplimiento cuenta con órganos técnicos dedicados al desarrollo de temas y asuntos específi cos, dentro de los cuales se encuentran el Comité de Capacitación Regional – CCR y la Comisión Técnica Especial de Evaluación de Desempeño de las EFS e Indicadores de Rendimiento – CEDEIR, cuyas presidencias están a cargo de la Contraloría General de la República del Perú; Que, de acuerdo a la agenda programada para la LII Reunión del Consejo Directivo de la OLACEFS, se tiene previsto entre otros, la presentación del informe de las actividades desarrolladas por los Comités y Comisiones de la organización, como son el CCR y la CEDEIR a cargo de la Contraloría General de la República del Perú, así como de los avances de las acciones ejecutadas en el marco del Programa Regional “Apoyo a la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores OLACEFS-GIZ”; Que, la citada actividad guarda concordancia con la misión de la Contraloría General de la República que considera promover el desarrollo de una gestión efi caz y moderna de los recursos públicos en benefi cio de todos los peruanos, entre otros, a través de la adopción de las mejores prácticas internacionales, siendo que la participación de este Organismo Superior de Control permitirá el intercambio de experiencias y contribuirá al fortalecimiento de las relaciones con los miembros directivos de la OLACEFS; logrando un mejor posicionamiento en la comunidad regional de entidades de fi scalización superior; Que, tomando en cuenta la importancia de los temas a ser tratados como referentes para los procesos de reforma y modernización de la Institución, así como el cumplimiento de los compromisos asumidos por la Contraloría General de la Republica en su calidad de Presidente del CCR y la CEDEIR; resulta conveniente la participación del Contralor General de la República en el referido evento, lo cual ha sido comunicado al Congreso de la República, siendo necesario encargar las funciones inherentes del Despacho Contralor al Vicecontralor General de la República, para fi nes de asegurar la función rectora que compete a este Organismo Superior de Control; Que, los costos que irrogue la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a Recursos Ordinarios del Pliego 019 de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado por la Gerencia Central de Administración y Finanzas; De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 32° y 33° de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785; lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 – Ley N° 29812, lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar al señor Vicecontralor General de la República, CPC. Oswaldo Esteban Yupanqui Alvarado, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 17 de mayo de 2012 y en tanto dure la ausencia del Titular de este Organismo Superior de Control, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los Recursos Ordinarios del Pliego 019 de la Contraloría General de la República según detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1079.4, viáticos US$ 600.00 y gastos de instalación US$ 200.00. Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese, FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 789133-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Encargan funciones de responsable de remitir ofertas de empleo al Programa Red Cil Proempleo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 180-2012/DG-ENSF JMA Lima, 25 de abril de 2012 VISTO: El Informe Expediente Nº 1775-2012, de fecha 25 de abril del 2012 de 11 (once) folios, el cual se adjunta. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1057, publicado el 28 de junio del 2008, se regula el contrato administrativo de servicios como una modalidad de contratación especial propia del derecho administrativo y privativa del estado, no sujeta a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 075- 2008-PCM, publicado el 25 de noviembre del 2008, se promulgó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 modifi cado por el Decreto Supremo Nº 065-2011- PCM, publicado el 27 de julio de 2011 en cuyo artículo 3º se establece el Procedimiento de Contratación, de observancia obligatoria por parte de las Entidades Públicas, el mismo que consta de cuatro (04) etapas: Preparatoria, Convocatoria, Selección, Suscripción y Registro de Contrato; Que, el artículo 15º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 señala que le órgano encargado de los contratos administrativos de servicios es la Ofi cina de Recursos Humanos de cada entidad o la que haga sus veces; Que, la Última Disposición Complementaria Final del precitado Reglamento, establece que SERVIR dentro del loos 30 días de publicado el citado Decreto Supremo aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, en ese orden de ideas, el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/ PE, publicada el 14 de septiembre del 2011, aprueba el referido modelo de convocatoria para la contratación administrativa de servicios, en cuyo rubro V referido al Cronograma y Etapas del Proceso dispone la publicación del proceso de convocatoria en el Servicio Nacional del Empleo con diez (10) días anteriores a la convocatoria: Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva mencionada en el considerando precedente, entro en vigencia a partir del 28 de febrero del 2012, en virtud a la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 170-2011-SERVIR/ PE publicada el 29 de diciembre del 2011; Que, la Ley Nº 27736, publicada el 28 de mayo de 2002, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través de Canal 7 y Radio Nacional del Perú; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2004- TR, publicado el 20 de octubre de 2004 se dictan las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736 referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, en cuyo artículo 2º precisa que todo organismo público y empresa del estado está obligada a remitir con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previstos concursar a excepción de los puestos clasifi cados como de confi anza conforme las reglas de la normatividad laboral pública vigente; Que, asimismo en el referido artículo se establece que las Entidades del estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante resolución del titular de la Entidad, publicad en el Diario Ofi cial El Peruano;