TEXTO PAGINA: 10
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466536 Concesionaria de la referida porción del espectro radioeléctrico. Artículo 2º.- Ámbito de las seguridades y garantías La amplitud de las seguridades y garantías a que se refi ere el artículo precedente, será la que determine el Contrato de Concesión, observándose lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 059-96-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 060-96-PCM, y por el Artículo 2° del Decreto Ley N° 25570, sustituido por el Artículo 6° de la Ley N° 26438, Ley que precisa alcances y modifi ca diversos artículos del Decreto Legislativo N° 674, referido al proceso de promoción de la inversión privada, en concordancia con el Artículo 4° de la Ley N° 26885, Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos. Esta garantía no constituye una garantía fi nanciera. Artículo 3°.- Suscripción de documentos Autorízase al Ministro de Transportes y Comunicaciones a suscribir, en representación del Estado de la República del Perú, el contrato a que se refi ere el Artículo 1° del presente decreto supremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 790624-3 Autorizan transferencia de partidas a favor de diversos gobiernos locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 072-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se han asignado recursos públicos para la ejecución de proyectos de inversión pública relacionados a la construcción, mejoramiento y rehabilitación de caminos en los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, el numeral 11.1 del artículo 11º de la Ley Nº 29812, establece que en el Año Fiscal 2012, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo, refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del artículo 11º de la citada Ley señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de la presente disposición sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2012. Asimismo, el citado numeral 11.2 dispone que cada Pliego Presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, en cumplimiento de la norma legal mencionada, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través del Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, ha suscrito los correspondientes convenios de transferencia de recursos bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria con la Municipalidad Provincial de San Miguel y las Municipalidades Distritales de La Esperanza, Teniente Cesar Lopez Rojas, Santa Cruz, Pinto Recodo, Pachas, Chancaybaños, Querocotillo y El Carmen de la Frontera, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, los proyectos de inversión considerados en el Anexo adjunto cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), los cuales ascienden a un monto de CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 399 876,00); Que, mediante Ofi cio Nº 0431-2012-MTC/04, el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se tramite el proyecto de Decreto Supremo que autoriza la transferencia de recursos públicos a favor de diversos gobiernos locales, para la ejecución de proyectos de inversión relacionados a la construcción, mejoramiento y rehabilitación de carreteras, en aplicación del artículo 11º de la Ley Nº 29812; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 399 876,00), para la ejecución de proyectos de inversión relacionados a construcción, mejoramiento y rehabilitación de carreteras en diversos gobiernos locales, de acuerdo al siguiente detalle: En Nuevos Soles DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010: Provias Descentralizado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061: Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 44 399 876,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 44 399 876,00 =========== En Nuevos Soles A LA: SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061: Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 44 399 876,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 44 399 876,00 ===========