Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2012 (20/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

466536

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2012

Concesionaria de la referida porcion del espectro radioelectrico. Articulo 2º.- Ambito de las seguridades y garantias La amplitud de las seguridades y garantias a que se refiere el articulo precedente, sera la que determine el Contrato de Concesion, observandose lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, aprobado por Decreto Supremo N° 059-96-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 060-96-PCM, y por el Articulo 2° del Decreto Ley N° 25570, sustituido por el Articulo 6° de la Ley N° 26438, Ley que precisa alcances y modifica diversos articulos del Decreto Legislativo N° 674, referido al MORDAZA de promocion de la inversion privada, en concordancia con el Articulo 4° de la Ley N° 26885, Ley de Incentivos a las Concesiones de Obras de Infraestructura y de Servicios Publicos. Esta garantia no constituye una garantia financiera. Articulo 3°.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Transportes y Comunicaciones a suscribir, en representacion del Estado de la Republica del Peru, el contrato a que se refiere el Articulo 1° del presente decreto supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente decreto supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 790624-3

Publica (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2012. Asimismo, el citado numeral 11.2 dispone que cada Pliego Presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, en cumplimiento de la MORDAZA legal mencionada, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a traves del Proyecto Especial de Infraestructura de Transportes Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, ha suscrito los correspondientes convenios de transferencia de recursos bajo la modalidad de modificacion presupuestaria con la Municipalidad Provincial de San MORDAZA y las Municipalidades Distritales de La MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Recodo, MORDAZA, Chancaybanos, Querocotillo y El MORDAZA de la Frontera, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, los proyectos de inversion considerados en el Anexo adjunto cuentan con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), los cuales ascienden a un monto de CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 399 876,00); Que, mediante Oficio Nº 0431-2012-MTC/04, el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se tramite el proyecto de Decreto Supremo que autoriza la transferencia de recursos publicos a favor de diversos gobiernos locales, para la ejecucion de proyectos de inversion relacionados a la construccion, mejoramiento y rehabilitacion de carreteras, en aplicacion del articulo 11º de la Ley Nº 29812; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 11º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 399 876,00), para la ejecucion de proyectos de inversion relacionados a construccion, mejoramiento y rehabilitacion de carreteras en diversos gobiernos locales, de acuerdo al siguiente detalle:
En Nuevos Soles DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010: Provias Descentralizado PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061: Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 44 399 876,00 -------------------TOTAL EGRESOS 44 399 876,00 =========== En Nuevos Soles A LA: SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0061: Reduccion del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 44 399 876,00 -------------------TOTAL EGRESOS 44 399 876,00 ===========

Autorizan transferencia de partidas a favor de diversos gobiernos locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 072-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en el Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se han asignado recursos publicos para la ejecucion de proyectos de inversion publica relacionados a la construccion, mejoramiento y rehabilitacion de caminos en los gobiernos regionales y los gobiernos locales; Que, el numeral 11.1 del articulo 11º de la Ley Nº 29812, establece que en el Ano Fiscal 2012, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo, refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del articulo 11º de la citada Ley senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.