Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2012 (20/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2012

titular y alterno, mientras que a los invitados al CT-AF la citacion se efectuara por mensajeria dirigida al Gerente General de la empresa y/o representante designado ante el COES. 7.4 De la Reunion a) La reunion del CT-AF sera presidida por uno de los representantes del COES y se realizara con los integrantes del CT-AF que asistan. En este Comite de Trabajo se analizara toda la informacion recibida y se elaborara la secuencia de maniobras identificando los detalles del Evento. b) En las reuniones del CT­AF se tratara exclusivamente los asuntos establecidos en la agenda de la citacion. Durante el desarrollo de la reunion se elaborara el Informe Tecnico del CT­AF. Al final de la reunion se elaborara un Acta de la misma y se adjuntara el Informe Tecnico del CT­AF, documentos que estaran debidamente suscritos por los asistentes. c) Los representantes que tengan observaciones y/o discrepancias con el contenido del Informe Tecnico del CT-AF, podran hacerlas constar en la seccion "Observaciones" del Informe Tecnico del CT-AF, las cuales deben ser claras, precisas y relacionadas con el Evento materia del analisis. 8. IMPLEMENTACION REGISTRADORES DE FALLAS DE EQUIPOS

debera emitir su informe IFP/C y comunicarlo a todos los Agentes. 9.2. MORDAZA de Analisis Tecnico a) A partir de la emision del IFP/C, el COES identificara y seleccionara los Eventos que seguiran el MORDAZA de investigacion y de asignacion de responsabilidad, aplicando el alcance establecido en el numeral 3 del presente procedimiento. b) El COES convocara al CT-AF, las reuniones podran realizarse en forma presencial o no presencial. Para aquellos Eventos que originen interrupciones de suministros mayores o iguales al 2,0% de la MORDAZA demanda anual del MORDAZA registrada hasta el mes anterior, se convocara necesariamente a reunion presencial al CTAF; caso contrario, la reunion sera no presencial, excepto si cumple alguna de las siguientes condiciones: i) Si por su complejidad asi lo estimase pertinente el coordinador del CT-AF, o ii) A solicitud de alguno de los involucrados en el Evento. c) Con toda la informacion recopilada, el CT-AF elaborara el Informe Tecnico del CT-AF, dentro de los veinte (20) dias habiles de ocurrido el Evento, salvo ampliacion de plazo aprobada por OSINERGMIN conforme a lo previsto en el inciso a) del numeral 3.5 de la NTCSE. 9.3. MORDAZA de Asignacion de Responsabilidad a) Luego de recibido el Informe Tecnico del CT-AF y toda la informacion recopilada en la etapa anterior, el COES elaborara un Informe Tecnico el cual contendra la descripcion del Evento, la secuencia cronologica de los hechos, el analisis detallado del Evento, la identificacion de los Agentes responsables de la operacion de los equipos que se vieron involucrados, asi como la relacion de transgresiones a la NTCSE que se produjeron; y como uno de sus anexos, incluira el Informe Tecnico del CTAF). Cuando corresponda el COES tambien informara como parte del Informe Tecnico, la relacion de Agentes que no cumplieron con entregar la informacion requerida conforme al presente procedimiento para poder efectuar el analisis de falla. b) El COES, sobre la base de su Informe Tecnico y los fundamentos legales correspondientes, elaborara la Decision de Asignacion de Responsabilidades, cuya MORDAZA sera remitida a los Agentes involucrados, asi como al OSINERGMIN. c) Conforme al inciso b) del numeral 3.5 de la NTCSE, este MORDAZA concluye dentro de los diez (10) dias habiles, despues de haber recibido el Informe Tecnico del CT-AF, con la comunicacion de la documentacion de Asignacion de Responsabilidad y su publicacion en el MORDAZA de Internet del COES. d) En caso un Agente involucrado solicite la calificacion del Evento como fuerza mayor ante OSINERGMIN, debera hacerlo con MORDAZA al COES; en esos casos la asignacion de responsabilidades para el correspondiente Evento quedara en suspenso hasta que la resolucion correspondiente emitida por el OSINERGMIN sea comunicada al COES. Para el caso de Eventos imprevistos que se hayan originado en un area de concesion de distribucion o dentro de instalaciones de uso exclusivo de Usuarios Libres y/o Distribuidores, siempre que la causa del Evento involucre dos o mas Agentes, cualquiera de ellos tendra un plazo de tres (03) dias habiles contados desde ocurrido el Evento, para solicitar al COES la correspondiente asignacion de responsabilidad, para lo cual debera acompanar a su solicitud el correspondiente sustento tecnico. El COES podra solicitar ampliaciones, precisiones y/o informacion complementaria que a su criterio tecnico sea necesaria para la evaluacion del Evento; en tal caso otorgara un plazo de hasta diez (10) dias habiles para su MORDAZA, en defecto de lo cual se considerara como no presentada la solicitud. Para el caso de lo senalado en el parrafo precedente, el COES seguira lo establecido en los numerales 9.2 y 9.3. Vencido el plazo para la solicitud MORDAZA senalada, la asignacion de responsabilidad recae automaticamente

Es obligacion de los Agentes contar con los Equipos Registradores de Fallas (Registrador de Secuencia de Eventos y Osciloperturbografo) los cuales deben cumplir los requerimientos minimos senalados en el Anexo 1. Se instalaran los Equipos Registradores de Fallas en las siguientes instalaciones: · En todas las Instalaciones de 500 kV. · En ambos extremos de lineas con niveles de tension mayores a 100 kV, y de transformadores de potencia de 50 MVA o mayor, siempre que tengan posibilidad de inyeccion de corriente de cortocircuito en ambos extremos. · En el punto de conexion al sistema de transmision mayores a 100 kV, que atienden las cargas de Usuarios Libres o Regulados. · En el punto de conexion al sistema de transmision mayores a 100 kV de equipos de compensacion reactiva o FACTS (Flexible AC Transmission Systems). · En el punto de conexion al sistema de centrales de generacion con potencia mayores a 80 MVA. · Otras instalaciones de naturaleza critica para el analisis de Eventos que determine la Direccion Ejecutiva del COES. Las nuevas instalaciones, ampliaciones y modificaciones de instalaciones existentes, deberan ingresar al MORDAZA contando con los Equipos Registradores de Fallas MORDAZA mencionados. 9. ASIGNACION DE RESPONSABILIDADES POR UN EVENTO IMPREVISTO En concordancia con el numeral 3.5 de la NTCSE, la asignacion de responsabilidad, se realizara considerando las etapas que detallan a continuacion. El plazo MORDAZA para realizar el MORDAZA de asignacion de responsabilidad es de cuarenta (40) dias habiles contados a partir de ocurrido un Evento imprevisto conforme lo establece la NTCSE. 9.1. MORDAZA de Reporte del Evento a) El MORDAZA se inicia con la emision de los IPP/A por parte de los Agentes involucrados. b) Con la informacion recibida senalada en el literal a), el COES emitira el IPP/C, enviandolo a todos los Agentes. c) Los Agentes involucrados en el Evento, deberan enviar al COES el IFP/A, debidamente sustentado con informacion de sus registros oscilograficos y de su SCADA. En el Anexo Nº 2 del presente procedimiento se senala el formato y la informacion que deberan contener los informes finales de los Agentes involucrados. d) Con la informacion senalada en el literal c), el COES

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