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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2012 (20/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466539 ACTIVIDAD 5.002194 : Preservación y Conservación del Patrimonio Cultural Inmuebles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 5 000 000,00 ------------------- Sub total 5 000 000,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 003 12 000 000,00 =========== PLIEGO 008 : Ministerio de Relaciones Exteriores UNIDAD EJECUTORA 001 : Secretaría General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.131495 :Construcción e Implementación del Lugar de la Memoria para la Consolidación de una Cultura de Paz y Reconciliación en el Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 4 241 710,00 ------------------- Sub total 4 241 710,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 008 4 241 710,00 =========== PLIEGO 011 : Despacho Presidencial UNIDAD EJECUTORA 001 : Despacho Presidencial ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5.000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 937 142,00 2.3 Bienes y Servicios 138 840,00 ------------------- Sub total 1 075 982,00 ACTIVIDAD 5.000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 495 000,00 2.3 Bienes y Servicios 1 442 427,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 353 231,00 ------------------- Sub total 2 290 658,00 ACTIVIDAD 5.000004 : Asesoramiento Técnico y Jurídico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 623 360,00 ------------------- Sub total 623 360,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 011 3 990 000,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 452 : Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque UNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto Especial Olmos Tinajones ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.000270 : Gestión de Proyectos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 18 000 000,00 ------------------- Sub total 18 000 000,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 452 18 000 000,00 ============ TOTAL EGRESOS 38 231 710,00 ============ Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 790624-5 Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del pliego Seguro Integral de Salud para el financiamiento de las enfermedades de alto costo de atención para la población dentro del régimen subsidiado y semicontributivo, a cargo del Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) DECRETO SUPREMO N° 074-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Ley N° 29344, Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, establece que las