Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2012 (20/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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ANEXO 1

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2012

REQUERIMIENTOS MINIMOS PARA LA FUNCIONALIDAD DE LOS EQUIPOS REGISTRADORES DE MORDAZA 1. CONSIDERACION GENERAL Para el adecuado analisis de un Evento ocurrido en el MORDAZA, es necesario disponer de informacion por parte de los Agentes, para lo cual sus instalaciones deben contar con equipos que registren la secuencia de los eventos, monitoreen el desempeno de los reles de proteccion y almacenen la informacion de las variables electricas relevantes para el analisis. Conforme al numeral 4.4, los Equipos Registradores de Fallas deben cumplir con las siguientes funciones y/o requerimientos minimos: 2. REGISTRADOR DE SECUENCIA DE EVENTOS (SOE) 2.1 El SOE puede ser provisto como parte del SCADA, las RTUs, el sistema de control o como parte de los osciloperturbografos. El SOE debera estar sincronizado con GPS. 2.2 Las instalaciones con niveles de tension iguales o superiores a los 100 kV y en aquellos puntos en los cuales el COES MORDAZA determinado la necesidad de senales en tiempo real, deberan contar con SOE. 2.3 El SOE debera monitorear como minimo lo siguiente: · Cambio de Estado de los interruptores. · Disparo de los reles de proteccion. · Recepcion y Envio de Senales de teleproteccion. 3. OSCILOPERTURBOGRAFO 3.1 El Osciloperturbografo debera estar sincronizado con GPS. 3.2 El Osciloperturbografo debe tener la funcionalidad de doble registro o doble frecuencia de muestreo: una para registrar los eventos transitorios y otra para registrar los eventos dinamicos. 3.3 Las caracteristicas funcionales de los Osciloperturbografos para eventos transitorios son las siguientes: 3.3.1 Capacidad de monitorear como minimo las siguientes cantidades electricas: · Las tres tensiones fase-tierra. · Las tres corrientes de fase. · La tension y corriente homopolar (de tierra). 3.3.2 La tasa de muestreo para Eventos transitorios sera como minimo de 100 muestras por ciclo (6 kHz). 3.3.3 El registro de Eventos debe iniciarse ante: · La actuacion de todas las funciones de proteccion de los reles. · Fallas Monofasicas a Tierra, Bifasicas, Bifasicas a Tierra y Trifasicas. · Corriente en el neutro mayor a 10% de la corriente nominal del transformador de corriente (TC). · Variaciones de tension ± 10 % de la tension nominal (Vnom) por fase. 3.3.4 La duracion minima de cada registro sera de 5 segundos, ello con la finalidad de registrar ciclos de recierre completos o eventos transitorios completos. 3.4 Las caracteristicas funcionales del Osciloperturbografo para eventos dinamicos son las siguientes: 3.4.1 Monitorear cantidades electricas: como minimo las siguientes

Aparente. 3.4.2 La tasa de registro para eventos dinamicos sera como minimo de 1 muestra por ciclo (60 Hz), y debe grabar los valores eficaces (RMS: Root Mean Square) de las cantidades electricas medidas. 3.4.3 Iniciar el registro de eventos ante: · Cambios en Frecuencia ± 0,5 Hz. · Cambios en Potencia de 150%. · Oscilaciones de Potencia. · Oscilaciones de frecuencia. · Oscilaciones de Tension ± 10% Vnom. 3.4.4 La duracion de cada registro debera ser de 60 segundos como minimo. 3.5 Por cada Celda o MORDAZA se debera registrar como minimo 8 MORDAZA analogicos y 16 MORDAZA digitales. En los MORDAZA digitales se debera registrar como minimo lo siguiente: · Posicion de los tres polos del interruptor. · Arranque y disparo de la proteccion principal. · Arranque y disparo de la proteccion de respaldo. · Senales de envio y recepcion de teleproteccion. 3.6 El osciloperturbografo debera tener la funcionalidad de registrar la forma de las ondas de tension y corriente en las redes de alta tension, MORDAZA de ser modificada por algun MORDAZA de filtrado digital. 3.7 Los Osciloperturbografos deberan tener un puerto ETHERNET que permita adquirir de forma remota la informacion de dichos equipos. 4. INFORMACION REGISTRADA 4.1 La informacion de los Equipos Registradores de Fallas debera ser archivada en su formato original por un periodo de dos (02) anos por los Agentes del SEIN. 4.2 Las oscilografias seran remitidas al COES en formato original o formato COMTRADE u otros aprobados por el COES. 4.3 Los Agentes deberan informar al COES la instalacion o modificacion de los Equipos Registradores de MORDAZA en instalaciones del SEIN. 4.4 Los Agentes del MORDAZA deberan mantener y reportar a requerimiento del COES los siguientes datos de los osciloperturbografos instalados. · MORDAZA de osciloperturbografo. · MORDAZA y modelo del equipo. · Ubicacion del equipo. · Estado operativo del equipo. · Datos de la MORDAZA prueba. · Elementos monitoreados. 5. SINCRONIZACION Los Equipos Registradores de Fallas deberan estar sincronizados con GPS, en base a la MORDAZA IRIG-B (Interrange Instrumentation Group Time Codes) con errores menores a ± 500 nanosegundos a 1 pulso por MORDAZA (pps). 6. MANTENIMIENTO Y PRUEBAS Cada Agente del MORDAZA establecera su procedimiento de mantenimiento y pruebas, el cual debera ser comunicado al COES. 7. OTROS EQUIPOS Los Agentes del MORDAZA podran instalar otros Equipos Registradores de MORDAZA no identificados como REGISTRADOR DE SECUENCIA DE EVENTOS u OSCILOPERTURBOGRAFO, siempre y cuando tengan la funcionalidad y caracteristicas indicadas en los numerales 2 y 3 del presente Anexo y cuenten con la aprobacion de la Direccion Ejecutiva. Para ello, deberan proponerlos en el Estudio de Preoperatividad correspondiente.

· Tensiones y Corrientes por cada fase. · Frecuencia del sistema. · Potencia Activa, Potencia Reactiva y Potencia

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