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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2012 (20/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466538 Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor de pliegos del Gobierno Nacional y Gobierno Regional del departamento de Lambayeque DECRETO SUPREMO N° 073-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprobó entre otros el Presupuesto del Pliego 003: Ministerio de Cultura, del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, del Pliego 011: Despacho Presidencial y del Pliego: 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque; Que, mediante Ofi cio N° 057-2012/MC, el Ministro de Cultura, ha solicitado recursos adicionales hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 000 000,00), para el cumplimiento de la Ley N° 26370 - Ley de Cinematografía Peruana, la implementación de la Ley N° 29785 - Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC respecto al Proceso de Consulta Previa; así como, los gastos de operación y mantenimiento del Proyecto de Inversión Pública SNIP 150803 “Construcción de Infraestructura Nueva e Implementación del Gran Teatro Nacional como Eje de la Cultura Nacional – Lima – Lima – San Borja”; Que, con los OF. “RE” (OPP) N° 2-5/16 y OF. “RE” (GAB) N° 2-5/27, el Ministro de Relaciones Exteriores ha solicitado recursos adicionales hasta por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 241 710,00), para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública SNIP 167690 “Construcción e Implementación del Lugar de la Memoria para la Consolidación de una Cultura de Paz y Reconciliación en el Perú”, a fi n de cumplir con el objetivo del Proyecto en mención; asimismo a través del Ofi cio N° 194-2012- DP/SGPR, el Secretario General de la Presidencia de la República, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ha solicitado recursos adicionales hasta por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 990 000,00); Que, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012, dispone que las obligaciones a cargo del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque en el marco del Contrato de Concesión para la construcción, operación y mantenimiento de las obras de trasvase del Proyecto Olmos, suscrito el 22 de julio de 2004, se atienden con cargo al presupuesto del citado Gobierno Regional, y de ser necesario con cargo a los mayores ingresos del presupuesto del Sector Público y/o con cargo a lo regulado en el artículo 44º de la Ley Nº 28411, previendo asimismo que la incorporación de mayores ingresos antes señalados se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Agricultura, a propuesta de este último, que contenga el requerimiento del Titular del referido Gobierno Regional y el informe del Jefe del Presupuesto o el que haga sus veces del Gobierno Regional que demuestre que no se cuenta con la capacidad de fi nanciamiento; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente, el Presidente Regional del Departamento de Lambayeque, mediante Ofi cio Nº 207-2012-GR.LAMB/ PR-ORPP sustentado en el Informe Nº 050-2012- GR.LAMB/ORPP del Jefe Regional de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, manifi esta que el Pliego no cuenta con recursos en su Presupuesto Institucional, para fi nanciar el pago del perjuicio económico y fi nanciero de la Concesionaria Trasvase Olmos, por los retrasos en la ejecución del proyecto Trasvase Olmos relacionados con el primer y segundo grupo de eventos, por lo que ha solicitado recursos adicionales hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 000 000,00); Que, los recursos para atender los requerimientos señalados en los considerandos precedentes no han sido previstos en los presupuestos institucionales de dichos Pliegos, por lo que resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38 231 710,00), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de los Pliegos 003 Ministerio de Cultura, 008 Ministerio de Relaciones Exteriores, 011 Despacho Presidencial y 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque; De conformidad con lo establecido en el artículo 45° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38 231 710,00), para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 38 231 710,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 38 231 710,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 003 : Ministerio de Cultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.002004 : Fomento de las Industrias Culturales y Artes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 2 000 000,00 ------------------- Sub total 2 000 000,00 ACTIVIDAD 5.001905 : Construcción de una Ciudadanía Intercultural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 4 962 164,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 37 836,00 ------------------- Sub total 5 000 000,00