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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2012 (20/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466545 considerando el tipo de demanda atendida de sus clientes. En el Anexo Nº 4 se presenta el proceso para calcular la energía interrumpida en función de diagramas típicos de días similares del Evento. 5.2.7. Remitir al COES la información para el cálculo de Resarcimientos en los plazos y forma señalados en el presente Procedimiento. 5.2.8. Remitir al COES la información de potencia y energía contratada con cada Cliente y por cada barra de suministro hasta el 15 de enero de cada año. Cuando ocurra una modifi cación de dicha información, será comunicada al COES en un plazo no mayor de 15 días calendario. 5.2.9. Remitir información adicional que el COES solicite, para la consecución del objetivo del presente procedimiento. Toda la información remitida por los Agentes en cumplimiento del presente procedimiento tiene la calidad de declaración jurada, la misma que podrá ser verifi cada por OSINERGMIN. 5.3. Del CT-AF 5.3.1. Analizar los Eventos imprevistos que ocasionaron transgresiones a los indicadores de calidad de la NTCSE. 5.3.2. Establecer y evaluar la secuencia de las maniobras previas y posteriores al Evento, así como la secuencia de las coordinaciones realizadas entre los Agentes del SEIN involucrados, incluyendo al COES. 5.3.3. Evaluar la actuación y comportamiento de los equipos de los Agentes del SEIN involucrados en el Evento. 5.3.4. Analizar la consistencia de la información y documentación presentada por los integrantes del CT-AF. 5.3.5. Investigar y analizar las causas de los Eventos, así como identifi car a los equipos involucrados y a los Agentes responsables de su operación. 5.3.6. Elaborar el Informe Técnico del CT-AF conteniendo el análisis del Evento y las opiniones y/o recomendaciones técnicas a los Agentes y al COES, sobre los Eventos analizados. 6. INFORMACIÓN REQUERIDA 6.1. Medios de envío de Información Los medios usados para el envío de la información referida a los Eventos son: mensajería, correo electrónico, facsímil u otros medios electrónicos siempre que se permita obtener una constancia de su recepción. Para este efecto, el COES informará las direcciones electrónicas respectivas, las cuales también serán publicadas en su Portal de Internet. La información que no haya sido remitida dentro de los plazos y con las formas establecidas no será considerada en el Informe del CT-AF, ni en el proceso de Análisis de Asignación de Responsabilidad. A excepción, de la información de los Distribuidores respecto a sus componentes afectados y los tiempos de reposición fi nal a los Usuarios. 6.2. Información a ser remitida por los Agentes Los Agentes deberán remitir al COES toda la información relacionada al Evento materia de análisis. Dicha información deberá ser enviada en archivos magnéticos (Word, Excel, formato “COMTRADE” u otros que autorice la Dirección Ejecutiva), independientemente de que sea presentada por escrito, ya sea en forma impresa o en archivos tipo PDF. La información de los Eventos, será publicada en el Portal de Internet del COES, así como todos los informes remitidos por los Agentes del SEIN, con la fi nalidad que todos los involucrados puedan tomar conocimiento de los mismos y analizarlos; toda información y documentación debe ser entregada al COES y publicada en su Portal de Internet preferentemente a colores para facilitar su evaluación y análisis. Los Agentes remitirán al COES el IFP/A en el plazo establecido en el presente procedimiento. Este informe deberá contener como mínimo la siguiente información: a) Análisis de la operación de sus equipos, de sus protecciones y explicación de sus actuaciones. b) Registro cronológico de Eventos, con estampado de tiempo en milisegundos y sincronizados con GPS. c) Cambios de estado de los interruptores de potencia. d) Señalizaciones de actuación de los relés de protección, tomados del propio relé. e) Registros oscilográfi cos de los equipos involucrados en el Evento, debidamente sincronizados con GPS, así como también los reportes de localizadores de fallas. En el Anexo Nº 1 se señalan los requisitos técnicos mínimos con que deberán contar los Registradores de Fallas a ser instalados por los Agentes. f) Estado de los contómetros de los interruptores de potencia y pararrayos. g) Reportes detallados de los suministros interrumpidos y/o disminuciones de cargas (potencia y duración). En el caso de suministros interrumpidos debe identifi carse claramente el dispositivo de protección que lo desconectó o por rechazo manual si corresponde. h) Registro cronológico de maniobras de recuperación. i) Descripción de las medidas correctivas y preventivas adoptadas con posterioridad al Evento. j) Para los casos de transgresión del producto por tensión, los Agentes entregarán el reporte con valores promedios por intervalo de quince (15) minutos de los medidores de las barras en que hubo transgresión. k) Otra información requerida por el CT-AF o el COES. En el caso de los Distribuidores, se debe informar la relación de todos sus componentes afectados (en caso de rechazo de carga la relación de todos los alimentadores MT) y los tiempos de reposición fi nal a los Usuarios. 6.3. Información a ser proporcionada por el COES El COES, basándose en la información de los Agentes y del SCADA del COES, deberá elaborar el IFP/C el cual contendrá la siguiente información: a) Descripción breve del Evento. b) Condiciones del sistema previo al Evento. c) Secuencia de Eventos, y secuencia de reposición. d) Acciones tomadas por el COES y motivos de dichas acciones. e) Detalle de cargas interrumpidas. 7. COMITÉ DE TÉCNICO DE ANÁLISIS DE FALLAS (CT-AF) 7.1 Participación Es obligatoria la participación en la reunión del CT- AF de los integrantes del CT-AF que representan a los Agentes que estuvieron involucrados en el Evento. 7.2 Asistentes al CT-AF a) Integrantes del CT-AF.- Cada Agente deberá designar un representante titular y un alterno al CT-AF, quien podrá asistir a las reuniones del CT-AF con un asesor técnico, acreditado previamente mediante comunicación escrita dirigida al COES, indicando su dirección de correo electrónico y número telefónico. b) Invitados del CT-AF.- Son los representantes de los Agentes que no forman parte del CT-AF y se encuentran involucrados en un Evento en particular, invitados por el Coordinador del CT-AF, para participar en una reunión del CT-AF. c) Observadores del CT-AF.- Son los representantes del OSINERGMIN que pueden participar como veedores en las reuniones del CT-AF. 7.3 Convocatoria al CT-AF a) El CT-AF enviará la citación hasta el cuarto día hábil de ocurrido el Evento, usando cualquiera de los medios señalados en el numeral 6.1; asimismo la publicará en el Portal de Internet del COES. b) Para los integrantes del CT-AF la citación a la reunión del comité será dirigida a los representantes