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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de mayo de 2012 466551 Figura Nº 1 3. Se sabe que un día tiene 96 intervalos de 15 minutos, el primer intervalo está comprendido entre las 0.00 y las 00:15 horas y el intervalo Nº 96 está comprendido entre las 23:45 y 24:00 horas. Si la depresión duró más de 15 minutos, el Agente completará el diagrama de carga usando valores típicos para cada intervalo de 15 minutos comprendido en la depresión, usando para ello los correspondientes valores promedio que le corresponda a cada intervalo de 15 minutos. Para el cálculo del valor promedio de cada intervalo, el Agente considerará los correspondientes intervalos de días similares del mes en que se produjo el Evento, y que en dichos intervalos a considerar no se hayan producido otro Evento, tal como se muestra en el siguiente ejemplo: Se trata de un Evento de interrupción que ocurrió el día martes 2010-04-06 y la depresión de energía ocurrió entre el intervalo 20 al 35, en el mes de abril 2010. El distribuidor procederá a calcular los siguientes valores: Valor promedio del intervalo 20: 3 20 3 1¦ i i ntervalo Potencia I En el mes de abril, hay 4 martes, excluyendo el martes del Evento quedan 3 martes válidos. Hay para ese intervalo tres intervalos a considerar con valores de demanda de potencia (asumiendo que en estos intervalos no se produjo un Evento). Si hubo un martes festivo, ignorarlo; se trata de buscar intervalos de actividades similares. Si por el contrario, el Evento ocurrió un día festivo, se tomarán los correspondientes intervalos de los 3 domingos del mismo mes. Similarmente para el valor promedio del intervalo 21: 3 21 3 1¦ i i ntervalo Potencia I … Similarmente para el valor promedio del intervalo 35: 3 35 3 1¦ i i ntervalo Potencia I 790623-1 INTERIOR Designan Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0413-2012-IN Lima, 18 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 0197-2009-IN, de fecha 02 de marzo de 2009, se designó al Teniente General PNP (r) Eduardo Jaime Pérez Rocha como Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; Que el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo cual resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte Ia misma y se designe a Ia persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en Ia Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ia Ley Nº 27594, Ley que regula Ia participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar Ia renuncia formulada por el Teniente General PNP (r) Eduardo Jaime Pérez Rocha en el cargo de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, dándosele las gracias por los servicios prestados a Ia Nación. Artículo 2º.- Designar al General PNP (r) Roberto Orlando Villar Amiel en el cargo de Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILVER CALLE GIRON Ministro del Interior 790622-1 Designan Director de Control de Armas, Municiones y Explosivos de la DICSCAMEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0414-2012-IN Lima, 18 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0264-2012- IN del 01 de abril de 2012 se designó al Teniente Coronel