Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2012 (30/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2012

articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central de ESSALUD, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "2. ESTABLECER que los funcionarios responsables de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, en el ambito de la Sede Central son: · El Secretario General, respecto a la informacion que posea o produzca la Alta Direccion (Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva y Gerencia General), la Oficina Central de Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones, Oficina Central de Planificacion y Desarrollo, Oficina Central de Asesoria Juridica, Oficina de Coordinacion Tecnica, Oficina de Relaciones Institucionales, Oficina de Defensa Nacional. · El Jefe de la Oficina General de Administracion, respecto de la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Prestaciones de Salud, respecto de la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Prestaciones Economicas y Sociales, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Aseguramiento, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Gerente Central de Infraestructura, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Jefe de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion en los Organos de Linea a su cargo. · El Defensor de Asegurado, respecto a la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion de los organos de Linea a su cargo. · El Jefe del Organo de Control Institucional, respecto de la informacion que posea o produzca, pudiendo delegar dicha funcion de los organos de Linea a su cargo. 2. NOTIFICAR la presente Resolucion a los funcionarios mencionados en el numeral 1 de la presente Resolucion. 3. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y adicionalmente, colocar una MORDAZA en las marquesinas de todos los organos que conforman ESSALUD. 4. PUBLICAR la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional de la Entidad para conocimiento y fines. 5. DEJAR SIN EFECTO todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Presidente Ejecutivo ESSALUD

la realizacion de obras de gran envergadura, por lo que deberian aplicarse las disposiciones del articulo 7 de la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones; Que, con Resolucion Suprema Nº 316-2002-PCM se autorizo al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la ejecucion de la expropiacion de diversos terrenos adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, incluyendo los predios de propiedad de las empresas Compania Quimica S.A. y Panam Peru S.A., identificados en el anexo de la citada norma; Que, al MORDAZA de la citada Resolucion Suprema Nº 316-2002-PCM, se iniciaron los procesos de expropiacion de los bienes inmuebles de propiedad de las empresas Compania Quimica S.A. y Panam Peru S.A., los mismos que fueron declarados caducos por el Poder Judicial, al haber transcurrido mas de cinco (05) anos sin que hayan concluido los procesos judiciales, de conformidad a lo senalado en el articulo 531 del Codigo Procesal Civil; Que, mediante Ley Nº 29836 se declaro nuevamente de necesidad publica la expropiacion de los bienes inmuebles de propiedad de las empresas Compania Quimica S.A. y Panam Peru S.A., disponiendose que la ejecucion de la expropiacion autorizada se regiria por lo senalado en el articulo 7 de la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones y por la Ley Nº 29171 - Ley que establece medidas para agilizar el procedimiento de expropiacion de los inmuebles afectados por la ejecucion de obras publicas de infraestructura de gran envergadura; Que, en observancia de la Ley Nº 27117, la Comision de Alto Nivel encargada de la Expropiacion de los Inmuebles Adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", ha realizado la identificacion precisa de los bienes objeto de expropiacion, senalando las coordenadas UTM de validez universal, la identificacion del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiacion, las cargas y gravamenes de los bienes materia de la expropiacion y el valor de los mismos de acuerdo a las valuaciones comerciales realizadas por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en consecuencia, teniendo en cuenta lo senalado en el articulo 7 de la Ley Nº 27117 ­ Ley General de Expropiaciones, resulta necesario expedir la Resolucion Suprema que autorice la ejecucion de la expropiacion de los bienes inmuebles de propiedad de las empresas Compania Quimica S.A. y Panam Peru S.A.; De conformidad con lo establecido en el articulo 70 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27117, la Ley Nº 29171, la Ley Nº 29836, la Ley Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizacion de la ejecucion de la expropiacion. Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en su calidad de sujeto activo, proceda con la ejecucion de la expropiacion de los bienes inmuebles a que se refiere el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27117 ­ Ley General de Expropiaciones. Articulo 2.- Indemnizacion Justipreciada El calculo de la indemnizacion justipreciada y el pago correspondiente sera efectuado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a los recursos considerados en su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

794229-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a proceder con la expropiacion de determinados bienes inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2012-MTC
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27329 se declaro de necesidad publica la expropiacion de los bienes inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", senalando que la citada expropiacion era para

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