TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2012 478837 j) A cumplir las demás obligaciones y términos que se establezca en el contrato. Artículo Vigésimo Primer.- Los inmuebles arrendados serán registrados en el margesí de bienes cuya anotación deberá ser responsabilidad del jefe de la Ofi cina de Control Patrimonial de la Municipalidad. Artículo Vigésimo Segundo.- El contrato de arrendamiento puede resolverse: a) Si el arrendatario no ha pagado la renta del mes anterior y se vence otro mes y además quince días. b) Si el arrendatario da al bien, destino diferente de aquel para el que se le concedió de manera expresa o tácitamente o permite algún acto contrario al orden público o a las buenas costumbres. c) Por subarrendar o ceder el arrendamiento contra pacto expreso. Artículo Vigésimo Tercer.- El Gerente de Administración General y Economía a través de la Ofi cina de Control Patrimonial, es el encargado de supervisar el cumplimiento de las obligaciones del arrendatario informando de ello a la Gerencia Municipal. Artículo Vigésimo Cuarto.- El presente procedimiento será también aplicado al arrendamiento de bienes muebles de la Municipalidad en el que fuere aplicable. Artículo Vigésimo Quinto.- Deróguense todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. Artículo Vigésimo Sexto.- Encargar a la Sub Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente ordenanza, de acuerdo a los lineamientos legales vigentes. Asimismo disponer a la Ofi cina de Informática, la difusión de la misma, en el portal institucional de la entidad edil www.munihuacho.gob.pe POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 866228-1 Incorporan al TUPA de la Municipalidad el procedimiento de autorización de tendido de redes áreas eléctricas y/o de comunicaciones en el distrito de Huacho ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 026-2012 Huacho, 9 de octubre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Por cuanto; el Concejo Provincial de Huaura, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 19 y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía tienen política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, expresándose dicha autonomía en la facultad de ejercer acatos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que el Art. 195º de la norma constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el Art. 79º numeral 3.6 inciso 3.6.5 de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972 establece que son funciones específi cas de las municipalidades distritales-las municipalidades provinciales en el distrito del cercado debido a que en dicha circunscripción actúan como municipalidades distritales, Art. 3º inciso 1 de la norma en mención- normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización, entre otros, de construcción de estaciones radioeléctricas y tendidos de cables de cualquier naturaleza; Que, esta gestión edil con el fi n de optimizar los servicios que se brindan dentro de la jurisdicción, realizó los procedimientos administrativos respectivos para verifi car la viabilidad de incorporar dentro del TUPA vigente aprobado con Ordenanza Municipal Provincial Nº 022-2012; el procedimiento de autorización de tendidos de redes aéreas eléctricas y/o de comunicaciones; En mérito a lo expuesto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 255-2012-GPP/ MPH anexa a los actuados la nueva estructura de costos correspondientes al mencionado procedimiento; Por su parte, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 0680-2012-OAJ/MPH, en atención al análisis del procedimiento administrativo, opina que encontrándose conforme a los dispositivos legales antes citados y de conformidad con el numeral 38.5 del Art. 38º de la Ley Nº 27444 y el Art. 40º de la Ley Nº 27972, concluye que lo peticionado se encuentra legalmente viable, motivo por el cual opina en forma favorable para su aprobación; En tal sentido, estando al Dictamen Nº 010-2012-CEF, Informe Nº 193-2012-GPP/MPH; el Pleno del Concejo luego de la deliberación y debate constructivo, por mayoría simple, con dispensa del dictamen del trámite y lectura del acta, en uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 9 del Art. 9º aprueba; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA INCORPORACION EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA - DISTRITO CAPITAL HUACHO Artículo Primero.- APROBAR la incorporación del procedimiento “AUTORIZACIÓN DE TENDIDO DE REDES ÁREAS ELECTRICAS Y/O DE COMUNICACIONES EN EL DISTRITO DE HUACHO” en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaura, aprobando en consecuencia los requisitos y derechos administrativos que se incorporarán en el TUPA, los cuales en anexo forman parte de la presente norma municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural disponer a quien corresponda la emisión de un informe pormenorizado referente a la consistencia de los postes de energía instalados en la jurisdicción de Huacho y otros datos que coadyuven a complementar información al momento de brindar la autorización del procedimiento citado en el artículo precedente. Dicho informe deberá ser emitido dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la emisión de la presente norma municipal, debiendo ponerse de conocimiento oportunamente a las áreas competentes para la adopción de las medidas necesarias en la aplicación y cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR al Señor Alcalde, a fi n que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda ordenanza o disposición municipal que se oponga a la presente norma municipal. Artículo Quinto.- DISPONER a la Ofi cina de Logística la publicación de la presente norma municipal de acuerdo, el cual entrará en vigencia a partir del décimo primer día hábil siguiente a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Informática la publicación de la presente norma municipal y del anexo que forma parte integrante del presente en el portal del estado peruano www.peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 866223-1