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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (16/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2012 478830 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RIMAC Visto en Sesión Extraordinaria de fecha 20 de octubre de 2012; Dictamen Nº 12-2012-CPPRyCI/MDR de la Comisión de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica; Memorándum Nº 1236-2012-GM/MDR de fecha 12 de octubre de 2012 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 724-2012-GAJ-MDR de fecha 10 de octubre de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 94-2012- GPP/MDR de fecha 17 de agosto de 2012 de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y el artículo 60º de la Ley Tributación Municipal, Decreto Legislativo Nº 776; el Concejo Municipal tiene competencia para crear, modifi car, suprimir o exonerar de las contribuciones, arbitrios, derechos y licencias conforme a la ley; Que, la Ley Nº 25307, declaró de prioritario interés nacional la labor que realizan las Organizaciones Sociales de Base en lo referido al servicio de apoyo alimentario que brindan a las familias de menores recursos; Que, la propuesta presentada por la Organización Distrital de los Comités del Vaso de Leche del Rímac, tiene por fi nalidad que las Organizaciones Sociales de Bases del distrito participen democráticamente en todas las instancias de los procesos de planifi cación y gestión moderna de su gobierno local, por tanto es necesario dar las facilidades a estas organizaciones con la fi nalidad que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio benefi cio y el de la comuna rímense; Que, es política de la actual gestión municipal promover la participación activa de los ciudadanos organizados en la gestión del desarrollo local y la mejora de la calidad de vida, así como el dar las facilidades a las Organizaciones Sociales de Base a fi n de que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio benefi cio y el de la población rímense de menores recursos; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación y de lectura del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA A DIVERSAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE DEL PAGO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE ORGANIZACIONES SOCIALES DE BASE (RUOS) Artículo Primero.- EXONÉRESE del pago de inscripción en el RUOS de la Municipalidad Distrital del Rímac a las siguientes Organizaciones Sociales de Base: * Comedores Populares Autogestionarios * Clubes de Madres * Comité del Vaso de Leche * Todas aquellas organizaciones cuya fi nalidad consista en el desarrollo de actividades de apoyo alimentario a la población de menores recursos al momento de registrarse en el RUOS de la Municipalidad. Artículo Segundo.- Ámbito de aplicación Se acogerán a la presente ordenanza las Organizaciones Sociales de Base del Distrito mencionado en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de dos (2) años contados a partir del día siguiente de su publicación el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General y Comunicaciones y Gerencia de Participación Vecinal su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinte días del mes de octubre del dos mil doce. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 866296-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 776-2012-MDR Rímac, 9 de noviembre de 2012 VISTO; El Informe Nº 002-2012-MDR-CECPM-MDR de fecha 08 de noviembre de 2012, la Presidenta de la Comisión Especial encargada del Concurso Público para elegir al Ejecutor Coactivo por suplencia del Titular para la Municipalidad Distrital del Rímac; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 002-2012-MDR-CECPM- MDR de fecha 08 de noviembre de 2012, la Presidenta de la Comisión Especial del Concurso Público para la selección del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac, designada mediante Resolución de Alcaldía Nº 0752-2012-MDR de fecha 26 de octubre de 2012, informa que con fecha 01 de noviembre de 2012, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la convocatoria a Concurso Público para elegir al Ejecutor Coactivo de la Entidad y que como producto del citado proceso, luego de la evaluación curricular, de conocimientos y entrevista personal, se obtuvo como ganador al Abog. Gustavo Fernando Valle Heredia, por haber obtenido la califi cación favorable; Que, con fecha 09 de noviembre de 2012, se suscribe el Contrato Administrativo de Servicios por suplencia con el Abog. Gustavo Fernando Valle Heredia, para que ejerza la funciones de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, en ese sentido para los efectos de brindarle al citado funcionario las facilidades del caso para el mejor desempeño de sus funciones, es necesaria su correspondiente designación; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto en el Art. 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; y en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR, por suplencia de su Titular al Abog. GUSTAVO FERNANDO VALLE HEREDIA, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac, quien asumirá sus funciones a partir del 09 de noviembre de 2012. Articulo Segundo: Precisar que las funciones del Ejecutor Coactivo se encuentran establecidas en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 –Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Resolución. Articulo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 866338-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM-SJM) en el distrito de San Juan de Miraflores DECRETO DE ALCALDIA Nº 29-2012/MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 18 de octubre del 2012