Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (16/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2012 478823 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que esta Superintendencia amplíe el plazo del cierre temporal de la agencia La Punta, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, por medio de Resolución SBS N° 7231-2012 de fecha 21 de setiembre de 2012 se autorizó al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal, entre el 22 de setiembre y el 16 de octubre de 2012, de la agencia La Punta, ubicada en Av. Bolognesi N° 612, distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante comunicación de fecha 17 de octubre de 2012, el Banco solicitó se amplíe el plazo del referido cierre temporal hasta el 30 de octubre de 2012, debido a que los trabajos de remodelación, que sustentaron la solicitud inicial de cierre temporal de la agencia, aún no han concluido; Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la ampliación del cierre temporal de la referida agencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, la Resolución SBS N° 281-2012 y el Memorándum N° 714-2012; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A., la ampliación del plazo del cierre temporal de la agencia La Punta, ubicada en Av. Bolognesi N°612, distrito de La Punta, Provincia Constitucional del Callao; hasta que culminen los trabajos de remodelación en dicha agencia; debiendo informar el Banco a esta Superintendencia la fecha de reapertura, por medio de una comunicación formal. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Banca (a.i.) 867211-1 Rectifican dirección de agencia de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. autorizada mediante la Res. N° 4709-2012 RESOLUCIÓN SBS Nº 8427-2012 Lima, 6 de noviembre de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. (CMAC Piura) para que se rectifi que la dirección de una agencia ubicada en el distrito de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 4709-2012 se autorizó la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta lo solicitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, la Resolución SBS N° 775-2008; y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Rectifi car la dirección de la agencia autorizada a operar mediante Resolución SBS N° 4709- 2012 del 16 de julio de 2012, en los términos siguientes: - Dice: Pueblo Tradicional de Soritor Mz. 14 Lote 10 (Jr. San Martín N° 1023) del distrito de Soritor, provincia de Moyobamba y departamento de San Martín. - Debe decir: Jr. Ramón Castilla N°1023 del distrito de Soritor, provincia de Moyobamba y departamento de San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 866233-1 Cancelan certificado de inscripción de la empresa Novaperú Sociedad Anónima Cerrada Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 8431-2012 Lima, 6 de noviembre de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Oscar Alejando De Los Santos Guzman, representante legal de la empresa NOVAPERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA CORREDORES DE SEGUROS, para que se cancele la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros; B: Personas Jurídicas; 3) Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha remitido el acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 28 de septiembre de 2012, mediante la cual se acuerda solicitar a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones la cancelación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; la modifi cación de la razón y objeto social de la empresa, entre otros; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Intermediarios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros mediante Informe Nº 073-2012- DESI; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012; RESUELVE: Artículo Primero.- Cancelar el certifi cado de inscripción N° J-0721 correspondiente a la empresa NOVAPERU SOCIEDAD ANONIMA CERRADA CORREDORES DE SEGUROS en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros; B: Personas Jurídicas; 3) Corredores de Seguros Generales y de Personas, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.