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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2012 479095 Artículo 2º.- Todas las naves, embarcaciones y artefactos navales marítimos, que ya cuenten con un equipo de seguimiento satelital o dispositivo de posicionamiento automático, deberán coordinar con su proveedor para que dicha señal de posicionamiento sea retransmitida al SIMTRAC de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 008-2011-DE de fecha 8 de julio del 2011; asimismo, dichos datos deberán ser provistos directamente del satélite al Administrador. Artículo 3º.- La instalación de los equipos a bordo por parte de los propietarios y/o armadores, se llevarán a cabo a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral, debiendo cumplir con los plazos establecidos en el acotado Anexo; asimismo, las empresas proveedoras de las balizas deberán de solicitar una prueba del citado equipo, el mismo que responderá a las características establecidas en las Resoluciones Directorales emitidas respecto a este punto por la Administración. Artículo 4º.- Los Armadores que incumplan con la instalación de los equipos AIS y/o GPS Beacon a bordo de sus naves, embarcaciones y/o artefactos navales Fluvial y Lacustre al término del período establecido en el artículo anterior, quedarán impedidos de realizar actividades acuáticas, por lo cual la Autoridad Marítima no les otorgará el zarpe correspondiente, hasta que cumplan con lo dispuesto. Artículo 5º.- Publicar el Anexo referido en el artículo 1º, en el portal electrónico de la Marina de Guerra del Perú (www.marina.mil.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha en que se publique la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano.” Artículo 6º.- El Director de Intereses Marítimos e Información, queda facultado para publicar el Anexo de la presente Resolución, en el Portal Institucional, así como gestionar su publicación en el Portal del Estado Peruano, antes citados. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación ofi cial en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese y comuníquese como Documento Ofi cial Público (D.O.P). EDMUNDO DEVILLE DEL CAMPO Director General de Capitanía y Guardacostas 869099-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y dictan otra medida DECRETO SUPREMO Nº 227-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 11° de la Ley N° 29914, Ley que establece medidas en materia de gasto público, autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros a culminar y atender las obligaciones y acciones administrativas pendientes de ejecutar en el proceso de cierre de los proyectos ejecutados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, en el marco de Convenios de Administración de Recursos, vinculados a los programas y/o dependencias adscritas al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, asimismo, el referido artículo establece que a efectos de cumplir con lo señalado en el considerando precedente, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social transferirá recursos a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, por un monto de S/. 940 000,00 (NOVECIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, la misma que se realiza mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último; Que, mediante los Ofi cios N°s. 1562-2012-MIDIS/SG y 458-2012-MIDIS/SG-OGPP el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 11° de la Ley N° 29914, solicita la autorización de la transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 por S/. 940 000,00 (NOVECIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) del citado Pliego a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, para culminar y atender las obligaciones y acciones administrativas pendientes de ejecutar en el proceso de cierre de los proyectos ejecutados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, en el marco de los Convenios de Administración de Recursos, vinculados a los programas y/o dependencias adscritas al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que se fi nanciará con cargo al presupuesto institucional de dicho Ministerio; Que, adicionalmente, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mediante el Ofi cio N° 445-2012- MIDIS/SG/OGPP, comunica que se incurrió en un error material al consignar el Código de Pliego (Ubigeo) de las Municipalidades Provinciales de Huarochirí del Departamento de Lima, de San Román del Departamento de Puno y de Utcubamba del Departamento de Amazonas, en el Anexo “Transferencia de Partidas – Pliegos Habilitados” del Decreto Supremo N° 026-2012-EF, por lo que resulta necesario modifi carlos; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29914, Ley que establece medidas en materia de gasto público; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, por la suma de S/. 940 000,00 (NOVECIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para culminar y atender las obligaciones y acciones administrativas pendientes de ejecutar en el proceso de cierre de los proyectos ejecutados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, en el marco de los Convenios de Administración de Recursos, vinculados a los programas y/o dependencias adscritas al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo al siguiente detalle: (En Nuevos Soles) DE LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - JUNTOS ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5002349 : Transferencia de Partidas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 940 000,00 --------------- TOTAL EGRESO 940 000,00 ========= (En Nuevos Soles) A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaria General - PCM ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios