Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2012 (22/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2012

MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CIENTO SETENTA Y UN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 614 171,00), de los cuales TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 491 906,00) se destinaran a las solicitudes del MORDAZA periodo cuyos documentos de compromiso fueron suscritos en el MORDAZA periodo, con lo que los fondos disponibles para las solicitudes aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA asciende a DIEZ MILLONES CIENTO VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 122 265,00); Que, con los recursos a los que se refiere el parrafo precedente, se financiaran aquellas solicitudes que resultaron seleccionadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA y que pertenezcan a las entidades clasificadas en el Rubro 1: Menos Recursos y Mayor Pobreza y Rubro 2: Menos Recursos y Menor Pobreza, segun la clasificacion establecida en articulo 5° de las Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 790-2011-EF/15, dandosele prioridad a las entidades que presenten el mayor nivel de pobreza en su jurisdiccion; Que, considerando lo expuesto anteriormente, se autoriza el otorgamiento de DIEZ MILLONES CIENTO DIEZ MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 110 180,00) correspondiente a las solicitudes seleccionadas en el MORDAZA periodo, con lo cual, la suma total de los recursos del FONIPREL cuyo otorgamiento debe autorizarse con el presente Decreto Supremo asciende a TRECE MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 602 086,00); Que, los recursos senalados en los considerandos precedentes se registran en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados" del Presupuesto Institucional de los gobiernos locales, cuyas solicitudes de financiamiento resultaron seleccionadas correspondientes al MORDAZA y MORDAZA periodo de presentacion; y, se incorporan en el MORDAZA del articulo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y son otorgados mediante asignaciones financieras del Tesoro Publico, conforme lo establece el numeral 19.3 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011; Que, mediante el Decreto Supremo N° 135-2012-EF, que autoriza el otorgamiento de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 058-2011 para el financiamiento de las solicitudes seleccionadas y aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA, se autorizo el otorgamiento de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla por la solicitud de financiamiento del estudio de preinversion del Proyecto de Inversion Publica, presentada por la "Mancomunidad Municipal Los Wari ­ MANWARI", denominado "Mejoramiento del servicio de educacion inicial en nueve instituciones educativas, en los distritos de la Mancomunidad de Los Wari ­ MANWARI (Luricocha, Huamanguilla, Acosvinchos, Pacaycasa y Quinua) ­ Huanta y Huamanga, Ayacucho", por un monto ascendente a CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 169 925,00); Que, los recursos a los que se hacen mencion en el parrafo precedente deben otorgarse a favor de la Municipalidad Distrital de Iguain, por ser esta MORDAZA la que preside el Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal Los Wari ­ MANWARI", segun lo senalado en la Resolucion de la Secretaria de Descentralizacion N° 347-2011-PCM/SD, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 5-A y 5-B de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 058-2011; DECRETA: Articulo 1°.- Autorizacion del otorgamiento de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 058-2011 Autoricese el otorgamiento de los recursos del FONIPREL provenientes del financiamiento excepcional dispuesto por el numeral 19.1 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de TRECE

MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 602 086,00), a favor de los gobiernos locales cuyas solicitudes de financiamiento resultaron seleccionadas correspondientes al MORDAZA y MORDAZA periodo de MORDAZA, y que suscribieron el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones, los cuales se detallan en los Anexos Nos. 1 y 2 que forman parte integrante de la presente norma. Articulo 2°.- Incorporacion de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 058-2011 2.1 Los recursos a que se refiere el articulo 1º de la presente MORDAZA se registran en la fuente de financiamiento "Recursos Determinados"; se incorporan en el MORDAZA del articulo 42° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dentro de los cinco (05) dias de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA y son otorgados mediante asignaciones financieras del Tesoro Publico, conforme lo establece el numeral 19.3 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011. Para la incorporacion de los recursos, los gobiernos locales tendran en cuenta la informacion consignada en los Anexos Nos.1 y 2 de la presente norma. 2.2 Para la aplicacion de lo dispuesto en los articulos 5-A y 5-B de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, los recursos se asignan al gobierno local cuyo MORDAZA ejerce la Presidencia de la Mancomunidad Municipal, quien presento las solicitudes de financiamiento que resultaron seleccionadas y aprobadas en el MORDAZA y MORDAZA periodo. Dicho gobierno local transferira los citados recursos a la Mancomunidad Municipal para destinarlos a las solicitudes seleccionadas en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, siendo responsable de los mismos ante el FONIPREL. Articulo 3º.- Publicacion de los Anexos Nos. 1 y 2 del presente Decreto Supremo Los Anexos Nos. 1 y 2 a que se refieren los articulos 1º y 2º del presente Decreto Supremo, seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos senalados en el articulo 1º de la presente MORDAZA no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Articulo 5°.- Modificacion del Anexo N° 01 aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2012-EF. Modifiquese el Anexo N° 01 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-2012-EF, en el extremo correspondiente al otorgamiento de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Huamanguilla por la solicitud de financiamiento del estudio de preinversion del Proyecto de Inversion Publica denominado "Mejoramiento del servicio de educacion inicial en nueve instituciones educativas, en los distritos de la Mancomunidad de Los Wari ­ MANWARI (Luricocha, Huamanguilla, Acosvinchos, Pacaycasa y Quinua) ­ Huanta y Huamanga, Ayacucho", por un monto ascendente a CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 169 925,00), a favor de la Municipalidad Distrital de Iguain. Articulo 6°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 869696-6

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