Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2012 (22/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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ejecucion del proyecto a su cargo, de acuerdo al plazo establecido en sus respectivos Convenios y/o Adendas. Articulo 5.- Informacion Los Pliegos habilitados, informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verificacion y seguimiento. Articulo 6.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 869696-5

Autorizan el otorgamiento de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 para el financiamiento de las solicitudes seleccionadas y aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 230-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se autorizo de manera excepcional al Fondo de Promocion a la Inversion Publica Regional y Local ­ FONIPREL, para asignar directamente recursos a favor de las entidades prestadoras de servicios de saneamiento municipales, a favor de los gobiernos locales y a favor de los gobiernos regionales, para la elaboracion de estudios de preinversion y sus estudios tecnicos complementarios, correspondientes a los proyectos de inversion publica de dichas entidades, debiendo suscribir un documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, previo cumplimiento de los criterios y requisitos que establezca el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, para efecto del financiamiento de los estudios a que se refiere el considerando precedente, mediante el citado Decreto de Urgencia Nº 058-2011 se autorizo a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a abrir una cuenta de caracter intangible con cargo a los recursos del Tesoro Publico hasta por el monto de CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00); Que, el numeral 19.2 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, dispone que la Secretaria Tecnica del FONIPREL evalua y selecciona las solicitudes de financiamiento recibidas e informa mensualmente a la Presidencia del Consejo Directivo del FONIPREL, para su aprobacion; Que, asimismo, el numeral 19.3 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 dispone que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se autoriza el otorgamiento de los recursos del FONIPREL a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades prestadoras de servicios de saneamiento cuyas solicitudes MORDAZA seleccionadas y

que hayan suscrito el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones; Que, el numeral 21.1 del articulo 21º del citado Decreto de Urgencia dispone que las Mancomunidades Municipales y Juntas de Coordinacion Regional podran acceder al financiamiento excepcional del FONIPREL para estudios de preinversion, a traves de los gobiernos locales y de los gobiernos regionales, respectivamente; Que, el numeral 8.1 del articulo 8º de las Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 790-2011EF/15, establece que las entidades tendran un plazo de ocho (08) dias habiles para presentar sus solicitudes de financiamiento, conforme al cronograma senalado en el Anexo Nº 01; asimismo, dispone que el periodo de MORDAZA de solicitudes se repetira mensualmente hasta completar el numero de solicitudes asignado por entidad o agotar los recursos a que se refiere el numeral 19.1 del articulo 19º del Decreto de Urgencia Nº 0582011; Que, el MORDAZA periodo de MORDAZA de solicitudes de financiamiento para estudios de preinversion se llevo a cabo del 24 de MORDAZA al 04 de junio de 2012, realizandose la seleccion respectiva por parte de la Direccion General de Politica de Inversiones en su calidad de Secretaria Tecnica del FONIPREL; Que, con fecha 03 de MORDAZA de 2012, la Presidencia del Consejo Directivo del FONIPREL aprobo las solicitudes de financiamiento seleccionadas por la Direccion General de Politica de Inversiones, presentadas por 151 entidades, las cuales ascienden a la suma total de DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 243 034,00); Que, de las entidades cuyas solicitudes de financiamiento resultaron aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA, 148 entidades suscribieron el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, y presentaron la documentacion obligatoria establecida en el Anexo N° 06 de las Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 790-2011-EF/15, ascendiendo dichas solicitudes a la suma total de DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 17 994 968,00); Que, por otro lado, segun el numeral 9.6 del articulo 9° de las Disposiciones Complementarias para la Implementacion y Operatividad del Capitulo II del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 790-2011-EF/15, las entidades cuyas solicitudes resultaron seleccionadas en un periodo determinado y que no suscriban el documento de compromiso ante la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, en el plazo establecido en la citada disposicion, podran hacerlo en el siguiente periodo establecido para el mismo fin; Que, mediante Decreto Supremo Nº 135-2012-EF, se autorizo el otorgamiento de los recursos del FONIPREL en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 para el financiamiento de las solicitudes seleccionadas y aprobadas en el MORDAZA periodo de MORDAZA correspondiente a 206 entidades de las 235 cuyas solicitudes resultaron seleccionadas, debido a que 31 entidades no cumplieron con suscribir el documento de compromiso en el plazo previsto, habiendolo realizado 29 de ellas en el plazo establecido para el MORDAZA periodo, ascendiendo dichas solicitudes a la suma total de TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 491 906,00); Que, segun lo dispuesto en los Decretos Supremos Nos. 040, 068, 115 y 135-2012-EF, correspondientes a los cuatro primeros periodos de MORDAZA, se realizo la asignacion financiera de recursos que ascendieron a OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 86 385 829,00); Que, los recursos disponibles del monto asignado en el MORDAZA del Decreto de Urgencia N° 058-2011 son TRECE

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