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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2012 479134 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueba modificación del Anexo de la Resolución de Superintendencia N° 173-2012/SUNAT que aprueba disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 277-2012/SUNAT Lima, 21 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que el artículo 12° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, autoriza a la SUNAT a otorgar una bonifi cación adicional por función crítica, la misma que se otorga sólo en función del trabajo crítico o riesgoso efectivamente realizado; asimismo, precisa que dicha bonifi cación se aprueba mediante Resolución de Superintendencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 173-2012/SUNAT se aprobó las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonifi cación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT, defi niendo a la primera como aquella que es estratégica para el logro de los objetivos y metas de la Institución y por su incidencia en los productos o servicios que ésta debe proporcionar, debidamente califi cada mediante Resolución de Superintendencia; y a la segunda, como aquella cuyo ejercicio implica riesgo a la seguridad personal, debidamente califi cada mediante Resolución de Superintendencia; Que conforme se indica en el Informe N.° 54-2012- 4F0000, emitido por la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se ha considerado conveniente incluir en el componente de función crítica a los Proyectos de Mejora que integran los Planes Estratégico y Operativo Institucional de la SUNAT, por ser de vital importancia en el logro de las metas institucionales establecidas; Que a su vez, conforme señala el citado Informe, para efectos de la presente Resolución, los Programas de Cambio y Proyectos de Mejora son aquellos que están defi nidos en el Plan Estratégico Institucional o en el Plan Operativo Institucional de la SUNAT, que se encuentren en ejecución de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios y que adicionalmente sean autorizados por la Superintendencia Nacional y los Superintendentes Nacionales Adjuntos; Que adicionalmente, con base en lo indicado en el referido Informe N.° 54-2012-4F0000, se considera necesario incluir en el componente de función riesgosa, atendiendo a que en el ejercicio de sus funciones están expuestos al riesgo constante de su seguridad personal, a los grupos operativos de las Intendencias de Aduana de Puno, Tumbes, Tacna, Cuzco, Puerto Maldonado, Paita (Grupo Operativo Piura) y Arequipa (Grupo Operativo Yura); así como al personal de las Agencias Aduaneras de Desaguadero y La Tina, y de los Complejos Aduaneros Quebrada Carpitas (Tumbes) y Tomasiri (Tacna); Que en tal sentido, teniendo en consideración lo precedentemente expuesto, resulta necesario modifi car los numerales 3.2, 4.2 y 5.1 del Anexo de la citada Resolución de Superintendencia N.° 173-2012/SUNAT; De conformidad con lo señalado en el Informe N.° 54-2012-4F0000 de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos y en uso de las facultades conferidas en el artículo 12° de la Ley N.° 29816 y en los incisos g) y u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N.° 029-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación de los numerales 3.2, 4.2 y 5.1 del Anexo de la Resolución de Superintendencia N.° 173-2012/SUNAT, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 277-2012/SUNAT “3.- Formulación de la BFCR (…) 3.2. Los niveles de criticidad o riesgo se detallan en el siguiente cuadro: Compo- nente Nivel Nivel 0 Nivel I Nivel II Función Crítica Trabajadores designados en los roles de: • Coordinador de Programa de Cambio. • Coordinador de Proyecto de Mejora. Trabajadores designados en los roles de: • Líder Técnico o Líder Usuario de Programa de Cambio • Líder Técnico o Líder Usuario de Proyecto de Mejora. Trabajadores designados en el rol de Miembro del Equipo de Trabajo de Programa de Cambio o de Proyecto de Mejora. Función Riesgosa Trabajadores que cumplen funciones en: • Ofi cina Remota Pichari. • Puestos de Control: Cabanillas, Desaguadero, Kasani, Ojherari y Tilali. • Puesto de Control Obligatorio Palmeras. • Agencia Aduanera Desaguadero. • Grupos Operativos de Puno, Tacna, Cuzco, Tumbes, Puerto Maldonado, Paita (que realiza funciones en Piura) y Arequipa (que realiza funciones en Yura). Trabajadores que cumplen funciones en: • Puestos de Control: Alamor, Guineo, La Tina, La Balsa, Zarumilla, Sicuani, Vila Vila, Chimbote, Santa Rosa (Iquitos) e Iñapari. • Complejo Aduanero Tomasiri y Complejo Aduanero Quebrada Carpitas. • Agencia Aduanera La Tina”. “4.- Otorgamiento de la BFCR (…) 4.2. “Los Programas de Cambio y Proyectos de Mejora mencionados en el cuadro del punto 3.2 son aquellos que han sido defi nidos en el Plan Estratégico Institucional o en el Plan Operativo Institucional de la SUNAT, que se encuentren en ejecución de acuerdo a