Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2012 (22/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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b) De la informacion complementaria de la DS y los documentos digitalizados que sustentan la exportacion a satisfaccion de la autoridad aduanera, para las DS no incluidas en el literal a) precedente. 42. Para que proceda la regularizacion de la DS se debe cumplir con los siguientes requisitos: a) La DS cuente con MORDAZA de control. b) La DS con MORDAZA de control MORDAZA, cuente con diligencia de reconocimiento fisico registrada en el SIGAD. c) Las guias registradas en la DS, correspondan a las transmitidas en el manifiesto definitivo. d) Los pesos y bultos transmitidos en cada documento de transporte, MORDAZA los mismos que figuran en el manifiesto de carga. B.3 PROCESOS ESPECIFICOS 1. La empresa que transmite el manifiesto EER es el unico operador facultado para solicitar su rectificacion o incorporacion de guias al manifiesto EER provisional, mediante transmision electronica, siendo de aceptacion automatica, luego de validada la informacion o a traves de la MORDAZA de un expediente. 2. No procede la rectificacion o incorporacion de guias al manifiesto EER mientras MORDAZA una accion de control extraordinario sobre la mercancia, en alguna de las guias asociadas a la declaracion. 3. La rectificacion, incorporacion y anulacion de guias en el manifiesto EER provisional, pueden ser visualizados en el MORDAZA web de la SUNAT. Rectificacion del manifiesto EER provisional 4. La empresa solicita mediante transmision electronica la rectificacion del manifiesto EER provisional hasta la transmision del manifiesto EER definitivo, excepto en el caso de incorporacion y anulacion de guias. 5. Cuando el envio cuenta con destinacion aduanera, la empresa debe solicitar la rectificacion de la DS, la misma que de ser aceptada por la Administracion Aduanera actualiza automaticamente el manifiesto EER provisional, respecto de los datos senalados en el anexo 7. 6. Cuando el envio no cuenta con destinacion aduanera, la empresa debe solicitar la rectificacion del manifiesto EER provisional de los datos que se encuentran senalados en el Anexo 8. 7. Cuando el envio cuenta con destinacion aduanera, la empresa debe solicitar la rectificacion del manifiesto EER provisional de los datos que se encuentran senalados en el Anexo 9. 8. La empresa puede rectificar electronicamente un mismo MORDAZA del manifiesto EER provisional mas de una vez, luego de culminada la transmision de rectificacion con aceptacion automatica. Incorporacion provisional de guias al manifiesto EER

11. La solicitud de incorporacion debe estar asociada a un solo manifiesto EER provisional y a un solo documento de transporte. 12. Luego de incorporada la guia en el manifiesto EER provisional, se debe realizar la transmision de la rectificacion de la DS a fin de incorporar dicha guia a la declaracion. Anulacion de guias y documentos de transporte 13. Procede la anulacion de guias siempre que estas no cuenten con destinacion aduanera, caso contrario debe solicitar la rectificacion electronica de la DS. 14. Para anular guias, la empresa transmite la solicitud de rectificacion del manifiesto EER provisional dejando de transmitir las guias que se pretende anular. 15. Para anular un documento de transporte, la empresa transmite la solicitud de rectificacion del manifiesto EER provisional dejando de transmitir el documento de transporte y sus guias asociadas. Rectificacion del manifiesto EER definitivo 16. La empresa solicita mediante transmision electronica la rectificacion del manifiesto EER definitivo hasta el momento de la regularizacion de la DS, siempre que el manifiesto EER definitivo no tenga la condicion de cancelado. 17. La empresa solo puede rectificar electronicamente los datos de las guias del manifiesto EER definitivo, asociados a la DS numerada por la empresa, senalados en el Anexo 10. 18. La empresa no puede rectificar electronicamente un mismo MORDAZA del manifiesto EER definitivo mas de una vez. Rectificacion de la DS 19. La empresa o el despachador de aduana puede solicitar la rectificacion de la DS mediante transmision electronica, siendo de aceptacion automatica, luego de validada la informacion. La rectificacion de la DS tambien puede solicitarse a traves de la MORDAZA de un expediente. 20. La empresa es la unica autorizada para solicitar la rectificacion de la DS numerada a traves del manifiesto EER provisional. 21. Los datos de la DS que pueden ser rectificados se encuentran senalados en el anexo 11. 22. No procede la rectificacion electronica de la DS cuando: a) Cuenta con MORDAZA de control rojo. b) Se encuentra legajada. c) Se encuentra regularizada. d) Cuenta con accion de control extraordinaria. e) Aquellos datos que previamente hayan sido rectificados por el funcionario aduanero. 23. La DS numerada por el despachador de aduana, solo puede ser rectificada en los siguientes datos: a) Peso neto total. b) Codigo de nacionalidad del exportador c) Peso neto de la serie. d) Clase de bultos de la serie. e) Partida arancelaria, solo para la categoria 4d1 y 4d2. 24. La informacion referente a los regimenes precedentes o de aplicacion solo podra ser rectificada electronicamente hasta MORDAZA de la transmision de la recepcion de la carga por parte del deposito temporal. No se permite declarar en las series de la DS los regimenes de aplicacion 12 y 13 si en la numeracion no fueron declarados. La inclusion o modificacion del codigo del procedimiento simplificado de Restitucion de Derechos Arancelarios, procede siempre que a nivel de serie de la DS conste alguna expresion que manifieste la voluntad de acogerse a dicho procedimiento. 25. Se permite la inclusion de guias a la DS siempre que estas hayan sido previamente incorporadas al manifiesto EER provisional y hasta MORDAZA de la transmision

9. La empresa a traves de medios electronicos, puede incorporar guias en el manifiesto EER provisional hasta el momento en que el deposito temporal efectue la transmision a la Administracion Aduanera de la confirmacion de la recepcion de los envios para su exportacion. 10. Para que proceda la incorporacion de la guia al manifiesto EER provisional por transmision electronica, debe cumplir las siguientes condiciones: a) La guia no debe existir en otro manifiesto EER para la misma empresa. De ser el caso, debe corresponder a otra compania transportista y deposito temporal. b) La guia se incorpore a un documento de transporte que cuente con destinacion. c) La guia debe estar asociada a un solo manifiesto EER provisional y a un solo documento de transporte. d) La DS no debe contar con MORDAZA de control asignado. e) Si la DS es individual, esta debe haber sido numerada a traves del manifiesto. La empresa puede incorporar al manifiesto EER provisional mas de una guia en una o mas transmisiones electronicas.

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