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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de noviembre de 2012 479510 estableciéndose en la Cláusula Sexta que el apoyo fi nanciero del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, asciende a la suma de S/. 49 602 317,68 (Cuarenta y Nueve Millones Seis Cientos Dos Mil Trescientos Diecisiete y 68/100 Nuevos Soles); Que, mediante Memorándum Nº 1157-2012/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicitó gestionar el dispositivo legal que autorice la transferencia fi nanciera en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por un monto de S/. 16 025 580,00 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. – EMPSSAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento para la ejecución del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani”; Que, mediante Informe Nº 002-2012-VIVIENDA/VMCS/ PNSU1.2 la Unidad de Infraestructura y Sostenibilidad del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, señala que tomando como referencia la propuesta económica del contratista, se ha efectuado la proyección de desembolsos para la ejecución de la obra del citado proyecto, correspondiendo al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento fi nanciar el importe de S/. 16 025 579,42 en el año 2012; y S/. 33 576 738,26 en el año 2013; Que, mediante el Memorándum Nº 2934-2012/ VIVIENDA-OGPP la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, informó sobre los recursos disponibles para efectuar la transferencia fi nanciera solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 16 025 580,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Meta 00025: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento – Cusco Canchis, Sicuani, Actividad 5.001777 Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana; Que, en ese sentido, el literal b), del numeral 12.1 de artículo 12 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza de manera excepcional durante el presente año se realicen transferencias fi nancieras para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 12.2 del mismo dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, y serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera hasta por el importe de S/. 16 025 580,00 (DIECISEIS MILLONES VENTICINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A., para la ejecución del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani”, en el marco de lo establecido en el Convenio de Cooperación Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A.; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 16 025 580,00 (DIECISEIS MILLONES VENTICINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A. para ser destinada a la ejecución del proyecto “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en la Ciudad de Sicuani”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realizará con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2012 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Meta 00025: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento – Cusco Canchis, Sicuani, Actividad 5.001777 Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Artículo 5.- Información La Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de las Provincias Alto Andinas S.A. - EMPSSAPAL S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio correspondiente, para efectos de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 871527-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Asignan montos recaudados por pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros, asi como por la formulación de petitorios correspondientes al mes de octubre de 2012 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 159-2012-INGEMMET/PCD Lima, 23 de noviembre de 2012