Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2012 (28/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
ANTECEDENTES

479521

El articulo 84 de la Constitucion Politica del Estado le atribuye al Banco Central de Reserva del Peru el mandato de preservar la estabilidad monetaria, confiriendole autonomia dentro del MORDAZA de su Ley Organica. Conforme al articulo 86 de la Constitucion Politica y 9 de su Ley Organica, el Banco Central es gobernado por un Directorio de 7 miembros. En concordancia con lo anterior, el articulo 8 de dicha Ley dispone que el Directorio es la mas alta autoridad institucional y le corresponde determinar las politicas a seguir para la consecucion de la finalidad del Banco, siendo responsable de la direccion general de las actividades de este. El literal n) del articulo 24 de la Ley Organica del Banco Central establece que es atribucion de su Directorio la aprobacion y modificacion de los reglamentos necesarios para su funcionamiento y el literal a) del articulo 20.2 del Estatuto dispone que es atribucion de su Directorio definir, a propuesta del Gerente General, la organizacion del Banco y aprobar la normativa que corresponda. El Directorio del Banco Central, con arreglo a lo previsto en la Constitucion y su Ley Organica, considera necesario establecer una nueva estructura organizacional que permita facilitar el cumplimiento de su finalidad y funciones, que sera implementada a traves de su Reglamento de Organizacion y Funciones. Conforme a la Ley Nº 29091 y a su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM las entidades del Estado deben publicar el respectivo dispositivo legal que apruebe documentos de gestion e informacion institucional en el diario oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano y en su MORDAZA institucional. SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Banco Central de Reserva del Peru. Articulo 2.- Disponer que la Administracion publique el Reglamento de Organizacion y Funciones en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA del Banco Central de Reserva del Peru (www. bcrp.gob.pe). MORDAZA, 23 de noviembre de 2012 MORDAZA MORDAZA Presidente 871378-1

Referencia sumaria de la resolucion de MORDAZA instancia Mediante la Resolucion Nº 718-2012-JNE, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones suspendio a MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre del cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Maynas por encontrarse incurso en la causal prevista en el articulo 25, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). La referida resolucion se sustento en lo siguiente: 1. La suspension de autoridades municipales constituye un apartamiento temporal y no definitivo del cargo, tal como ocurriria si se tratara de la vacancia. Se trata por ello de una incidencia negativa de menor grado en el ejercicio del derecho a la participacion politica de los alcaldes o regidores. 2. El certificado medico sera necesario unicamente en aquellos supuestos en los que la solicitud de suspension o el acuerdo de concejo que decide suspender a una autoridad municipal no tienen sustento documental alguno, y solo se MORDAZA en meras especulaciones o apreciaciones particulares. 3. Lo que se pretende salvaguardar con la interpretacion MORDAZA senalada es la regularidad y continuidad de la gestion municipal, asi como la propia integridad personal y salud de los alcaldes y regidores. 4. En el expediente obran documentos por los que se concluye que MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre no se encuentra en la capacidad idonea para ejercer el cargo de MORDAZA, tales como: a. Certificado Medico, del 18 de MORDAZA de 2012, emitido por MORDAZA Taico MORDAZA del Hospital Nivel I MORDAZA MORDAZA Butterfield de Essalud, en el que se indica que padece de "Secuela de traumatismo encefalo craneano, trombosis venosa profunda de miembro inferior derecho e infeccion de tracto urinario. A la fecha, no existe trastorno cognitivo y ha iniciado terapia fisica y rehabilitacion. Los otros problemas senalados estan bajo control". b. Diagnostico elaborado por el medico MORDAZA Lock MORDAZA, del area de Neurocirugia de la Clinica MORDAZA MORDAZA, el 30 de marzo de 2012, en el que se indica que MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre padece de: traumatismo encefalo craneano grave, hemorragia subaracnoidea postraumatica, contusion hemorragica temporal izquierda, oftalmoplejia en el ojo derecho, fractura de clavicula derecha, tenosinovitis y tendinitis calcica de hombro derecho, lesion del plexo braquial derecho, neumonia intrahospitalaria resuelta, trombosis venosa profunda, infeccion urinaria en tratamiento y diabetes mellitus MORDAZA II (fojas 35 al 37). c. La solicitud de otorgamiento de licencia por enfermedad, presentada el 26 de MORDAZA de 2012 por el propio MORDAZA MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre, da cuenta de que la autoridad municipal estimaba que no se encontraba en condiciones suficientes y necesarias para continuar ejerciendo el cargo de alcalde. 5. El ejercicio del cargo de MORDAZA comporta un mayor grado de exigencia en torno a la capacidad fisica y mental de los alcaldes para el desempeno de sus funciones, la que debe desarrollarse a tiempo completo, pues la alcaldia es el organo ejecutivo del gobierno local, y el MORDAZA es el representante legal de la municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa, conforme lo senalan los articulo 6 y 21 de la LOM. 6. Posteriormente, teniendo en cuenta que la suspension de MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre, declarada mediante Resolucion Nº 718-2012-JNE (Expediente Nº J-2012-0613), asi como la vacancia de los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Chong MORDAZA, Rober MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ontere Barba del MORDAZA, Igoraldo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cortes MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Penaloza MORDAZA y Greicy MORDAZA MORDAZA Catalao de MORDAZA, dispuesta por la Resolucion Nº 780-2012-JNE, y la vacancia de MORDAZA MORDAZA Guimas Gadea en el cargo de regidor por Resolucion Nº 781-2012-JNE (Expediente

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundado recurso extraordinario interpuesto contra la Res. Nº 718-2012-JNE e improcedente recurso extraordinario interpuesto contra la Res. Nº 793-A-2012-JNE
RESOLUCION Nº 962-2012-JNE Expediente Nº J-2012-0613 MORDAZA, veintiseis de octubre de dos mil doce VISTOS en audiencia publica, de fecha 26 de octubre de 2012, los recursos extraordinarios interpuestos por MORDAZA Mayer MORDAZA Eyzaguirre contra la Resolucion Nº 718-2012-JNE, que lo suspendio en el ejercicio de su cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Maynas, y por MORDAZA MORDAZA Guimas Gadea, contra la Resolucion Nº 793-A-2012-JNE, que dejo sin efecto la credencial otorgada a este para que asuma temporalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Maynas, departamento de MORDAZA, y oidos los informes orales.

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