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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2012 479569 Humano Indirecto, así como de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con las disposiciones citadas precedentemente, el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, así como la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suspensión de las actividades extractivas 1.1 Suspender las actividades extractivas artesanal, menor escala e industrial del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) por un periodo de veinte (20) días entre los paralelos 05°00´ y 05°59´ Latitud Sur dentro de las 20 millas. 1.2 Suspender las actividades extractivas artesanal, menor escala e industrial del Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus) por un periodo de diez (10) días entre los paralelos 14°00´ y 14°59´ Latitud Sur entre las 20 y 50 millas. 1.3 Las suspensiones decretadas en virtud de los numerales 1.1 y 1.2 precedentes, serán contadas a partir de las 00:00 horas del día 30 de noviembre de 2012. 1.4 Los Establecimientos de Procesamiento Pesquero para Consumo Humano Directo así como los Establecimientos Industriales de Consumo Humano Indirecto ubicados dentro del área que comprende la suspensión de las actividades extractivas, podrán recibir y procesar el Recurso Anchoveta proveniente de las fl otas de menor escala y/o de mayor escala hasta las 18:00 horas del 30 de noviembre de 2012. Artículo 2.- Medida de racionalización para reducir el esfuerzo pesquero A efectos de reducir el esfuerzo pesquero en la Región Norte – Centro, durante la Segunda Temporada de Pesca dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 457-2012- PRODUCE, dispóngase que todos los titulares de permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras artesanales, de menor escala y mayor escala sólo podrán realizar un (1) viaje por día. Artículo 3.- Seguimiento y evaluación a cargo del IMARPE El Instituto del Mar del Perú – IMARPE informará semanalmente a la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, los resultados del seguimiento de la actividad extractiva referida a las capturas diarias, capturas incidentales, esfuerzo de pesca desplegado, incidencia de ejemplares en tallas menores a las permitidas, entre otros indicadores; recomendando con la celeridad del caso, las medidas de conservación específi cas que se deben adoptar para preservar el Recurso Anchoveta (Engraulis ringens) y Anchoveta Blanca (Anchoa nasus). Artículo 4.- Infracciones y sanciones El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, será sancionado conforme al Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE. Artículo 5.- Difusión y seguimiento La Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, la Dirección General de Sanciones y la Dirección General de Sostenibilidad Pesquera del Ministerio de la Producción, así como las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán por el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial y realizarán las acciones de difusión que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 872483-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Nueva Zelanda y Qatar, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1230/RE-2012 Lima, 20 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, del 03 al 12 de diciembre de 2012 se llevará a cabo en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, la XV Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP por sus siglas en inglés), en la que participan Australia, Brunei, Canadá, Chile, Estados Unidos, Malasia, México, Nueva Zelanda, Singapur, Vietnam y el Perú; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 5460, del Despacho Viceministerial, de 05 de noviembre de 2012, y los Memoranda (DNE) Nº DNE0420/2012, de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de 31 de octubre de 2012; y (OPR) Nº OPR00748/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 09 de noviembre de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz, Subdirectora de Acuerdos Comerciales, de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos y del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Alberto Javier Hart Merino, funcionario de la Dirección de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, del 03 al 12 de diciembre de 2012, para que participen en la XV Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP). Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Ana Cecilia Gervasi Díaz 4,220.00 240.00 10 + 2 2,880.00 Alberto Javier Hart Merino 4,220.00 240.00 10 + 2 2,880.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 872230-1