Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2012 (29/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2012

Articulo 4°.- VIGENCIA DEL FORMULARIO VIRTUAL N° 698 - VERSION 1.1 A partir del 1 de diciembre de 2012 el PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 - version 1.1 ya no podra ser utilizado.

de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la SUNARP ­ Sede Central. Registrese y publiquese, MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- UTILIZACION DEL PDT REGALIA MINERA, FORMULARIO VIRTUAL Nº 698 - VERSION 1.2 COMO BOLETA DE PAGO El pago de la regalia minera determinada mensualmente y de las multas asociadas a esta debera ser realizado unicamente a traves del PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 - version 1.2, para lo cual los sujetos obligados deberan indicar, en dicho formulario, su uso como boleta de pago. Los sujetos obligados deberan usar una boleta de pago por cada periodo y concepto a pagar. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

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Modifican la Directiva Nº 009-2009SUNARP/SN
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 332-2012-SUNARP/SN
MORDAZA, 28 de noviembre de 2012 VISTOS, el Informe Tecnico N° 042-2012-SUNARP-GR y el Memorandum N° 536-2012-SUNARP/GL, emitidos por la Gerencia Registral y Gerencia Legal de la Sede Central respectivamente; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos es un Organismo Publico Tecnico Especializado creado por la Ley Nº 26366, encargado de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, desde su creacion, los Registros Publicos cumplen un rol importante en la organizacion y desarrollo economico de nuestra sociedad. Su importancia, se evidencia en la seguridad juridica que otorga a las operaciones comerciales, intercambio de bienes y otras actividades susceptibles de registro; Que, a su vez, los Registros Publicos favorecen el desarrollo del MORDAZA, debido a que reduce los costos de transaccion, dando confianza al MORDAZA y a la seguridad y al disfrute de los derechos patrimoniales de los ciudadanos; Que, la primera parte del primer parrafo del articulo 11 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 248-2008-SUNARP/SN, se establece como regla general que los titulos en virtud de los cuales se solicita la inscripcion de un acto o derecho que importe la incorporacion de un predio al registro o su modificacion fisica, se inscribiran previo informe tecnico del area de Catastro; Que, ello es importante, debido a que la emision de los informes emitidos por las Areas de Catastro a nivel nacional, otorgan mayor seguridad en los procedimientos registrales, evitando la generacion de superposiciones y duplicidades a nivel nacional; Que, asimismo, es necesario indicar que en el ranking Doing Business 2013 elaborado por el Banco Mundial, ha situado al Peru en el primer lugar en lo que respecta al indicador Registro de Propiedades, lo cual significa un importante reconocimiento internacional al trabajo tecnico que desarrolla la SUNARP; Que, no obstante el reconocimiento otorgado a la institucion, es necesario que la SUNARP establezca procedimientos que resulten predictibles en todos los servicios que se brinda a la ciudadania; Que, se advierte actualmente la inexistencia de la regulacion uniforme a nivel nacional para la emision de los informes de las Oficinas de Catastro de todos los organos desconcentrados, por lo que es necesario establecer un plazo razonable, aplicable inclusive a la MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA, evitando asi la incertidumbre de los servicios que se brinda a la ciudadania; Que, es necesario senalar que el MORDAZA de Predictibilidad previsto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la obligacion a cargo de las entidades del Estado de brindar a los administrados informacion veraz, completa y confiable sobre los procedimientos, de modo tal que a su inicio, estos puedan tener una conciencia certera de cual sera el resultado final que obtendra con su solicitud; Que en tal contexto, es necesario modificar la Directiva N° 009-2009-SUNARP/SN, a fin de establecer plazos uniformes a nivel nacional; Que, el Directorio de la SUNARP, en su sesion Nº 289 de fecha 22 de noviembre del presente ano, en ejercicio de la atribucion conferida por la Ley Nº 26366 y Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-

872476-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Jefe de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la SUNARP - Sede Central
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 329-2012-SUNARP/SN
MORDAZA, 28 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Cuadro de Asignacion de Personal de la SUNARP ­ Sede Central, modificado por Resolucion N° 288-2012-SUNARP/SN, el cargo de Jefe de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas se encuentra vacante y presupuestado; determinandose, ademas, que dicho cargo dentro del Clasificador de Cargos de la SUNARP, sea considerado como Empleado de Confianza ­ EC; Que, de conformidad al literal n) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS, el Superintendente Nacional designa a los cargos de confianza y nombra, contrata, suspende, remueve o cesa al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Que, es necesario se designe al titular que asuma las funciones de Jefe de Logistica, debiendo para tal efecto cumplir con los requisitos del Manual de Organizacion y Funciones de la SUNARP ­ Sede Central, aprobado por Resolucion N°299-2010-SUNARP/SN; Que, de acuerdo a la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, Ley N° 27594, todas las Resoluciones de designacion o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia; De conformidad al literal v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS, a la Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos, Ley N°27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de Logistica

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