Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2012 (29/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479579

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Ejecutor Coactivo Intendencia Regional MORDAZA en la

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 281-2012/SUNAT
MORDAZA, 28 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia N.° 056-2010/SUNAT, se designo como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de la Intendencia Regional MORDAZA, al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Samame; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto dicha designacion y efectuar una nueva designacion de Ejecutor Coactivo, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en dicho Organo Desconcentrado; Que el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan cumplir los abogados para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que la senora abogada MORDAZA MORDAZA Arrascue MORDAZA ha presentado declaracion jurada manifestando cumplir con los requisitos MORDAZA indicados; Que la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° del Texto Unico Ordenado de la Ley N.° 26979, aprobado por Decreto Supremo N.° 018-2008JUS, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso publico; En uso de la facultad conferida por el inciso u) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002PCM, modificado por Decreto Supremo N.° 029-2012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dejar sin efecto la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Samame, como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lima. Articulo 2°.- Designar como Ejecutor Coactivo encargado de la gestion de cobranza coactiva de la Intendencia Regional MORDAZA, a la senora abogada MORDAZA MORDAZA Arrascue Olivares. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional

Que por su parte, la Ley N° 28969, Ley que autoriza a la SUNAT la aplicacion de normas que faciliten la administracion de la regalia minera, preve en su articulo 3° que para la realizacion por parte de la SUNAT de las funciones asociadas al pago de la regalia minera son de aplicacion, entre otros, el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modificatorias; Que el articulo 88° del referido TUO, indica que la Administracion Tributaria, a solicitud del deudor tributario, podra autorizar la MORDAZA de la declaracion tributaria por medios magneticos, fax, transferencia electronica, o por cualquier otro medio que senale, previo cumplimiento de las condiciones que se establezca mediante Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar. Adicionalmente, dispone que se podra establecer para determinados deudores la obligacion de presentar la declaracion en las formas MORDAZA mencionadas y en las condiciones que se senalen para ello; Que asimismo el articulo 1° de la Ley N° 28969 senala que el objeto de dicha ley es lograr una administracion eficiente de la regalia minera y que para tal efecto, se establece complementariamente la forma en que la SUNAT ejercera las funciones asociadas con el pago de dicha regalia, tales como, la administracion de infracciones y sanciones, las cuales estan reguladas en los articulos 10° y 11° de dicha ley. Asimismo, la primera disposicion complementaria final de la Ley N° 28969, faculta a la SUNAT a emitir las normas que resulten necesarias para la mejor aplicacion de lo dispuesto en dicha ley; Que, a fin de optimizar la declaracion y pago de la regalia minera determinada mensualmente, asi como el pago de las multas asociadas a aquella, es necesario aprobar una nueva version del PDT Regalia Minera, que permita registrar los pagos previos que se hubieren efectuado por concepto de dicha regalia minera, presentar las declaraciones juradas rectificatorias y pagar las multas vinculadas a tales regalias mineras; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello no resulta necesario, en la medida que su finalidad es aprobar una nueva version del PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 que optimice la MORDAZA de la declaracion y pago de la regalia minera determinada mensualmente, asi como el pago de las multas vinculadas a aquella; En uso de las facultades conferidas en el articulo 88° del TUO del Codigo Tributario, el articulo 7° de la Ley N° 28258, Ley de Regalia Minera, la primera disposicion complementaria final de la Ley N° 28969, Ley que autoriza a la SUNAT la aplicacion de normas que faciliten la administracion de la regalia minera, y en el inciso u) del articulo 19° de Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- APROBACION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT REGALIA MINERA, FORMULARIO VIRTUAL N° 698 Apruebase el PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 - version 1.2, a ser utilizado para la declaracion y pago de la regalia minera determinada mensualmente. Articulo 2°.- OBTENCION DE LA NUEVA VERSION DEL PDT REGALIA MINERA, FORMULARIO VIRTUAL N° 698 - VERSION 1.2 La nueva version del PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 - version 1.2, aprobada por la presente resolucion, estara a disposicion de los interesados a partir del 1 de diciembre de 2012, en SUNAT Virtual. La SUNAT, a traves de sus dependencias, facilitara la obtencion del citado PDT. Articulo 3°.- USO DE LA NUEVA VERSION DEL PDT REGALIA MINERA, FORMULARIO VIRTUAL N° 698 VERSION 1.2 El PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 version 1.2 debera ser utilizado a partir del 1 de diciembre de 2012, independientemente del periodo al que correspondan las declaraciones de regalias mineras determinadas mensualmente, incluso si se trata de declaraciones rectificatorias.

872480-1

Aprueban nueva version del PDT Regalia Minera, Formulario Virtual Nº 698
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 285-2012/SUNAT
MORDAZA, 28 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que la Resolucion de Superintendencia N° 035-2005/ SUNAT, aprobo el PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698 - version 1.0 por el cual los sujetos obligados cumplirian con la obligacion de declarar y pagar la regalia minera establecida por la Ley Nº 28258, Ley de Regalia Minera; Que posteriormente mediante la Resolucion de Superintendencia N° 176-2005/SUNAT se aprobo el PDT Regalia Minera, Formulario Virtual N° 698-version 1.1;

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