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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de octubre de 2012 475911 Metropolitana de Lima (MML) con los diversos Gobiernos Locales e Instituciones Públicas y/o Privadas, ante la ocurrencia de un desastre sísmico y/o tsunami. II. FINALIDAD Contar con un instrumento guía de acción que se implemente durante las primeras 72 horas de producido una emergencia de sismo y/o tsunami, a efectos de asegurar una pronta y efi ciente respuesta por parte de las autoridades involucradas en el momento de la atención de la emergencia de un desastre y con ello optimizar el uso de los recursos existentes, así como la disminución de los tiempos de respuesta, la reducción de las perdidas; y el restablecimiento de la normalidad en el menor tiempo posible. III. ALCANCE El presente Protocolo se aplica a nivel de la jurisdicción de Lima Metropolitana. IV. BASE LEGAL Y TÉCNICA • Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. • Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. • Decreto Supremo Nº 098-2007-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Operaciones Emergencia. • Decreto Supremo Nº 037-2010-PCM, que aprueba el “Plan de Prevención por Sismos 2010”. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ordenanza Nº 812, y modifi catorias. Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. • Manual de Organización y Funciones de la Gerencia de Seguridad Ciudadana aprobado mediante Resolución de Gerencia Nº 01-2010-MML/GSGC. • Plan de Operaciones de Emergencia ante Desastre Sísmico y/o Tsunami de Lima Metropolitana y Región Callao, elaborado por PNUD, 2011. • “Recursos de Respuesta inmediata y de Recuperación Temprana ante la ocurrencia de un sismo y/o tsunami en Lima Metropolitana y Callao”, elaborado por PNUD, 2011. • Estrategia Metropolitana de Gestión de Riesgos de Desastres para Lima Metropolitana, mayo 2011. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 Para efectos del cumplimiento del presente Protocolo se tomarán en cuenta las siguientes defi niciones: a) CONAGERD.- Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. b) COEN.- Centro de Operaciones de Emergencia Nacional. c) COE Metropolitano.- Centro de Operaciones de Emergencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. d) COE Distrital.- Centro de Operaciones de Emergencia de la Municipalidad Distrital. e) POE.- Plan de Operaciones de Emergencia. 5.2 Las acciones de coordinación entre la Municipalidad Metropolitana de Lima con los diversos Gobiernos Locales e Instituciones Públicas y/o Privadas, se encuentran divididas en cuatro (4) fases temporales, a partir de la ocurrencia de un sismo y/o tsunami, las cuales son las siguientes: Primera fase: “De cero (0) a tres (03) Horas”. Segunda fase: “De tres (03) a doce (12) Horas”. Tercera fase: “De doce (12) a veinticuatro (24) Horas”. Cuarta fase: “De veinticuatro (24) a setenta y dos (72) Horas”. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 Las acciones a realizar durante la primera fase temporal de “cero a tres horas”, tendrán la siguiente estructura: PRIMERA FASE: DE CERO (0) A TRES (03) HORAS OBJETIVO ACCIONES RESPONSABLE EN COORDINACIÓN CON: Poner en funcionamiento los Centros de Operaciones de Emergencia Activación del COE metropolitano y distritales (asegurando el traslado de funcionarios al COE, y complementando el equipamiento del COE). Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Subgerencia de Defensa Civil de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima Autoridades distritales instalan su COE y coordinan con el COE Metropolitano. Gobiernos Distritales. Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano. Activar POE Metropolitano. Gerencia de Seguridad Ciudadana de Municipalidad Metropolitana de Lima. Gobierno Regional del Callao e INDECI. Vehículos de la Municipalidad Metropolitana de Lima se abastece de combustible en grifos, refi nerías y estaciones de servicios disponibles y geo referenciadas según SIRAD. Gerencia de Servicios a la Ciudad. FFAA (CCFFAA). Evaluar el impacto del desastre Sobrevolar y obtener imágenes satelitales para evaluación rápida de las zonas afectadas. Gerencia de Seguridad Ciudadana de Municipalidad Metropolitana de Lima. PNP (Aviación Policial), Gob. Reg. Callao, FAP (SAN), CONIDA, INDECI, Presidencia del Consejo de Ministros. COEs distritales recopilan y remiten información al COE Metropolitano (usando los procedimientos de comunicación establecidos para situaciones de emergencia). Centro de Operaciones de Emergencia Distritales – COEDs. Gerencia de Seguridad Ciudadana (Sub gerencia de DC), Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano – COEM. El Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano procesa la información y la remite al Centro de Operaciones de Emergencia Nacional. Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano – COEM. Centro de Operaciones de Emergencia Nacional - COEN y Dirección Nacional de Operaciones – INDECI. Confi rmar la magnitud, profundidad y localización del epicentro, y posibilidad de tsunami (alerta de tsunami). Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano, Subgerencia de Defensa Civil. Centro de Operaciones de Emergencia Nacional COEN - INDECI, Instituto Geofísico del Perú-IGP, Dirección de Hidrografía y Navegación. Determinar el nivel de la emergencia y mecanismos de intervención y coordinación. Subgerencia de Defensa Civil, Alcaldía de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Presidencia del Consejo de Ministros e INDECI. REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL