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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (07/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de octubre de 2012 475910 1.- A) JORGE II 2011 B) 700005111 C) SANSOUR GHARIB GEORGE ANTONY D) 092-2012-GRP-420030- DR 17/09/2012 E) 17 F) V1: N9491 E570 V2: N9489 E570 V3: N9489 E568 V4: N9490 E568 V5: N9490 E569 V6: N9491 E569 2.- A) SAMI II 2011 B) 700005211 C) SANSOUR GHARIB SAMI D) 096-2012-GRP-420030-DR 17/09/2012 E) 17 F) V1: N9493 E571 V2: N9491 E571 V3: N9491 E569 V4: N9493 E569 3.- A) JARWATUNA III 20II B) 700005311 C) SANSOUR GHARIB MARTIN JUDEH D) 097-2012-GRP-420030-DR 17/09/2012 E) 17 F) V1: N9491 E571 V2: N9490 E571 V3: N9490 E572 V4: N9489 E572 V5: N9489 E570 V6: N9491 E570 4.- A) ADRIANA NICOLL IV B) 700005411 C) GARCIA PEDRERA SANDRA MERCEDES D) 095-2012-GRP-420030-DR 17/09/2012 E) 17 F) V1: N9499 E471 V2: N9497 E471 V3: N9497 E469 V4: N9499 E469 5.- A) RUMICHE MINERA 1 B) 700007711 C) RUMICHE CHUNGA ALEJANDRO D) 094-2012-GRP-420030-DR 17/09/2012 E) 17 F) V1: N9533 E480 V2: N9532 E480 V3: N9532 E479 V4: N9530 E479 V5: N9530 E476 V6: N9533 E476 6.- A) GENESIS 1 B) 700007911 C) COTRINA QUEVEDO GLADYS VERONICA D) 093-2012-GRP-420030-DR 17/09/2012 E) 17 F) V1: N9364 E673 V2: N9364 E668 V3: N9366 E668 V4: N9366 E673 7.- A) GENESIS 2 B) 700008011 C) GONZALES SERRATO MARIBEL D) 0105-2012- GRP-420030-DR 18/09/2012 E) 17 F) V1: N9362 E673 V2: N9362 E668 V3: N9364 E668 V4: N9364 E673 8.- A) GENESIS 3 B) 700008111 C) CORNEJO PACHERRES DANTE ALFREDO D) 0103-2012-GRP-420030-DR 18/09/2012 E) 17 F) V1: N9361 E673 V2: N9361 E671 V3: N9360 E671 V4: N9360 E670 V5: N9359 E670 V6: N9359 E668 V7: N9362 E668 V8: N9362 E673 9.- A) GENESIS 4 B) 700008211 C) HUAMAN SANTAMARIA HAYDEE D) 0102-2012-GRP-420030-DR 18/09/2012 E) 17 F) V1: N9358 E675 V2: N9358 E670 V3: N9360 E670 V4: N9360 E675 10.- A) GENESIS 5 B) 700008311 C) LEYVA CASTAÑEDA WILFREDO EXEQUIEL D) 0104- 2012-GRP-420030-DR 18/09/2012 E) 17 F) V1: N9363 E675 V2: N9363 E673 V3: N9368 E673 V4: N9368 E675 11.- A) EL NORTEÑITO I B) 700008411 C) FIESTAS RIMACHI JOSE OSWALDO D) 0100-2012-GRP-420030- DR 18/09/2012 E) 17 F) V1: N9500 E481 V2: N9498 E481 V3: N9498 E478 V4: N9500 E478 12.- A) EL POTRERO DE ANGELA TRES B) 700008511 C) ZUÑIGA SAÑUDO VDA DE CANEPA MARIA ANGELA LEONOR D) 0101- 2012-GRP-420030-DR 18/09/2012 E) 17 F) V1: N9496 E513 V2: N9494 E513 V3: N9494 E510 V4: N9495 E510 V5: N9495 E511 V6: N9496 E511. Regístrese y publíquese. ALFREDO GUZMAN ZEGARRA Director Regional de Energía y Minas 850480-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Protocolo de Coordinación Interinstitucional ante Desastre Sísmico y/o Tsunami DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011 Lima, 5 de octubre de 2012 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 30 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución de la Alcaldesa presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone que dicha ley es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno; Que, el artículo 3º de la mencionada Ley Nº 29664, señala que la Gestión de Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fi n último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, a su vez, el inciso 14.1 del artículo 14º de la citada Ley Nº 29664, establece que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los Lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en dicha ley y su reglamento; Que, asimismo, el inciso 14.2 del referido artículo 14º, señala que los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia; de modo que sus gobiernos son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres; Que, en ese sentido, de acuerdo al artículo 31º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el proceso de respuesta, como parte integrante de la Gestión del Riesgo de Desastres, está constituido por el conjunto de acciones y actividades, que se ejecutan ante una emergencia o desastre inmediatamente ocurrido éste, así como ante la inminencia del mismo; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Protocolo que regule las acciones de coordinación entre la Municipalidad Metropolitana de Lima con los diversos Gobiernos Locales e Instituciones Públicas y/o Privadas, ante la ocurrencia de un desastre sísmico y/o tsunami, con la fi nalidad de contar con un instrumento guía de acción que se implemente durante las primeras 72 horas de producido una emergencia de sismo y/o tsunami, a efectos de asegurar una pronta y efi ciente respuesta por parte de las autoridades involucradas en el momento de la atención de la emergencia de un desastre y con ello optimizar el uso de los recursos existentes, así como la disminución de los tiempos de respuesta, la reducción de las perdidas; y el restablecimiento de la normalidad en el menor tiempo posible; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el «Protocolo de Coordinación Interinstitucional ante Desastre Sísmico y/o Tsunami», el cual forma parte del presente Decreto de Alcaldía, como Anexo. Artículo Segundo.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía con su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano; así como su publicación en el mismo día, en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa PROTOCOLO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ANTE DESASTRE SISMICO Y/O TSUNAMI I. OBJETIVO El objetivo del presente Protocolo es regular las acciones de coordinación entre la Municipalidad