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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de octubre de 2012 475885 Reparaciones remitió una relación de ciento cincuenta y tres (153) personas que tienen vínculo familiar con algunas de las sesenta y seis (66) personas suspendidas por el Consejo de Reparaciones, por lo que ha quedado suspendida la inscripción de éstas ciento cincuenta y tres (153) personas en el RUV; Que, de otro lado la Secretaría Ejecutiva de la CMAN en atención a la información remitida por la Secretaría Técnica del Consejo de Reparaciones, realizó una revisión de los benefi ciarios contenidos en las Listas Nº 6 y Nº 7, emitiendo el Informe Nº 018-2012-LEPA/SE-CMAN, complementado por el Informe Nº 020-2012-LEPA/SE- CMAN, en los cuales se señala que del total de las personas suspendidas por el Consejo de Reparaciones, setenta y cuatro (74) se encuentran registradas en las Listas Nº 6 y Nº 7, aprobadas por las Resoluciones Ministeriales N° 149-2012-JUS y N° 157-2012-JUS, respectivamente; Que, según dispone el artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, las víctimas y benefi ciarios del programa de reparación económica deben estar inscritos en el Registro Único de Víctimas, a cargo del Consejo de Reparaciones; Que, el artículo 41º del Reglamento de Inscripción en el Registro Único de Víctimas de la Violencia a cargo del Consejo de Reparaciones, aprobado mediante Acuerdo de Consejo Nº 09-08-04, de fecha 27 de febrero de 2008, dispone que las impugnaciones que se presenten contra los acuerdos de aprobación de la inscripción de cada caso en el RUV, se procesarán de acuerdo al procedimiento que fi gura como Apéndice I del citado Reglamento, siendo procedente que el propio Consejo de Reparaciones pueda formular impugnaciones contra los actos de registro efectuados, en el marco del ordenamiento jurídico nacional y del interés público; Que, asimismo el artículo 192º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece como atribución de la Administración Pública no ejecutar sus propias decisiones, cuando las mismas están sujetas al cumplimiento de las condiciones que establece la norma legal habilitante, por lo que en el contexto de los antecedentes que sustentan la presente Resolución, para tener la condición de benefi ciarios del Programa de Reparaciones Económicas, corresponde a la autoridad administrativa verifi car el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la normativa de la materia, en concordancia con el ordenamiento jurídico nacional; Que, como consecuencia de la exclusión de setenta y cuatro (74) benefi ciarios de las Listas Nº 6 y Nº 7 antes referidas, resulta necesario modifi car el importe total del desembolso presupuestal autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 0221-2012-JUS, a favor de 10 319 benefi ciarios de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Económicas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR; el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2006-JUS y sus modifi catorias y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Exclusión de 74 benefi ciarios de los Anexos de las Resoluciones Ministeriales Nº 149- 2012-JUS y Nº 157-2012-JUS Excluir a 46 (cuarenta y seis) benefi ciarios comprendidos en los numerales 6, 295, 362, 448, 552, 606, 694, 940, 950, 969, 1505, 1585, 1621, 1769, 1786, 1855, 1973, 2195, 2202, 2211, 2257, 2385, 2485, 2623, 2648, 2676, 2798, 2801, 2953, 3000, 3190, 3276, 3383, 3470, 3498, 3521, 3808, 4268, 4329, 4490, 4609, 4693, 4824, 4851, 4927 y 5196 de la Lista Nº 6 de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Económicas, que constituye el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 149-2012-JUS. Asimismo, excluir a 28 (veintiocho) benefi ciarios señalados en los numerales 73, 290, 715, 1057, 1106, 1174, 1210, 1497, 1530, 1630, 1788, 1793, 1938, 2032, 2555, 2798, 3285, 3302, 3313, 3499, 3676, 3687, 4164, 4342, 4357, 4523, 4837 y 4901 de la Lista Nº 7 de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Económicas, que constituye el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 157-2012-JUS. Los benefi ciarios comprendidos en las Listas Nº 6 y Nº 7 de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Económicas, son un total de 10 245 personas. Artículo 2º.- Modifi cación del artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0221-2012-JUS Modifíquese el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0221-2012-JUS, en los términos siguientes: “Artículo 1º.- Autorización de Abono de la Reparación Económica Autorizar el desembolso presupuestal para atender el abono único de las Reparaciones Económicas a favor de los 10 245 benefi ciarios comprendidos en las Listas Nº 6 y Nº 7 de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Económicas, elaboradas por la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, en cada una de las cuentas de ahorro del Banco de la Nación, hasta por un monto total de S/. 56 858 474,73 (Cincuenta y Seis Millones Ochocientos Cincuenta y Ocho Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro y 73/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial”. Artículo 3°.- Ejecución, seguimiento y monitoreo a cargo de la Secretaría Ejecutiva de la CMAN La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel queda encargada de la ejecución, seguimiento y monitoreo de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Publicación en el Portal Institucional del MINJUS Los Anexos a los que se refi ere la presente Resolución Ministerial se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 850782-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a los EE.UU. para participar en actividades de la XVII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo de la OEA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2012-TR Lima, 6 de octubre de 2012 VISTOS: Los Ofi cios N°s. 720 y 752-2012-MTPE/4/10 del Jefe de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Documento SEDI/DDSE/249/12 de la Directora del Departamento de Desarrollo Social y Empleo de la Organización de Estados Americanos - OEA y las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Notas N°s. 227 y 1595 emitidas por el Jefe de la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento SEDI/DDSE/249/12 la Directora del Departamento de Desarrollo Social y Empleo de la Organización de Estados Americanos - OEA, invita al señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en las actividades de la XVII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT) de la Organización de Estados Americanos - OEA, a realizarse los días 9 al 11 de octubre de 2012, en la sede de la