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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de octubre de 2012 476260 Directamente Recaudados del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (incluido TUUA c/u $ 3,439.20 : $ 6,878.40 para 2 personas) - Viáticos x 07 días (c/u $ 1820.00 para 2 personas) : $ 3,640.00 -------------------- - Total : $ 10,518.40 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posterior a su retorno las profesionales citadas en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema deberán presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a las que acudirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 853276-7 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.D. Nº 186-2012-MTC/12 que otorgó a Delta Airlines, Inc, permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 312-2012-MTC/12 Lima, 27 de setiembre del 2012 Vista la solicitud de DELTA AIRLINES, INC., sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 186-2012- MTC/12 del 13 de Junio del 2012, se otorgó a DELTA AIRLINES, INC. Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 30 de junio del 2016; Que, con Solicitud de Registro Nº 2012-047707 del 30 de julio del 2012, DELTA AIRLINES, INC., solicita la modifi cación de Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo a fi n de incrementar material aeronáutico AIRBUS A-330, al ya autorizado; Que, según los términos del Memorando Nº 1069- 2012-MTC/12.LEG, Memorando Nº 314-2012-MTC/12.07. CER, e Informe Nº 261-2012-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, el Departamento de Transporte Aéreo de los Estados Unidos de América, ha designado a DELTA AIRLINES, INC., para realizar Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car - en el extremo pertinente - el Artículo 1º de Resolución Directoral Nº 186-2012-MTC/12 del 13 de Junio del 2012, que otorgó a DELTA AIRLINES, INC, Permiso de Operación de Servicio Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, quedando redactado de la siguiente forma: MATERIAL AERONÁUTICO: - Boeing B-757. - Boeing B-767. - Boeing B-777. - Airbus A-330. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 186-2012-MTC/12 del 13 de Junio del 2012, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 851990-1 Autorizan a Importaciones SG S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en el distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3388-2012-MTC/15 Lima, 5 de setiembre de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 084716 y 107895 presentados por la empresa IMPORTACIONES STAR GAS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – IMPORTACIONES SG S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local ubicado en la Av. México Nº 1484, Distrito de la Victoria, Provincia y Departamento de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas