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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de octubre de 2012 477645 Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Puente Durand, Distrito de Chinchao, Provincia y Departamento de Huánuco, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularización de delegación de funciones registrales, habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 257-2012/JNAC/RENIEC (19OCT2012), se encarga a la señora Ana Magdelyn Castillo Aransáenz, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 23 al 26 de octubre de 2012; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015- 98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 245-2012-JNAC/RENIEC (03OCT2012) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Puente Durand, Distrito de Chinchao, Provincia y Departamento de Huánuco. Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Puente Durand, Distrito de Chinchao, Provincia y Departamento de Huánuco; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 859886-1 MINISTERIO PUBLICO Modifican Tercera Disposición Complementaria del Reglamento del Registro de Peritos Fiscales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2881-2012-MP-FN Lima, 29 de octubre del 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 1123-2012-MP-FN-GG de la Gerencia General y el Ofi cio N° 1015-MP-FN-GG-OCPLAP/03 de la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto relacionados con la implementación del “Reglamento del Registro de Peritos Fiscales”, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1197-2012-MP-FN de fecha 17 de mayo de 2012, se aprobó el “Reglamento del Registro de Peritos Fiscales”, señalando en su Tercera Disposición Complementaria, que los gastos por traslado, viáticos y otros conceptos deberán ser incluidos en los honorarios que correspondan otorgar al Perito, lo cual no es aplicable a los Peritos que provienen de otros Organismos Públicos cuyos honorarios son asumidos por el Organismo de procedencia, no así los gastos correspondientes a traslados y viáticos, por lo que resulta necesario modifi car la mencionada disposición; Que, mediante Resolución de la Gerencia General N° 555-2012-MP-FN-GG de fecha 21 de junio de 2012, se designó al Coordinador Nacional para la implementación del Registro de Peritos Fiscales quien, con el Ofi cio N° 001-2012-MP-FN-GG-CP, indica que para iniciar la implementación del proceso de evaluación, selección e inscripción de profesionales y especialistas en las diferentes áreas del conocimiento humano como Peritos Fiscales, es necesario modifi car los plazos señalados en las Disposiciones Transitorias a fi n de que el auxilio y apoyo a la función fi scal en el Ministerio Público, se realice en forma oportuna a nivel nacional en concordancia con lo dispuesto en el literal c) del artículo 11 del “Reglamento del Registro de Peritos Fiscales”; Estando a lo propuesto por la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto y contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público aprobada por el Decreto Legislativo N° 052; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR la Tercera Disposición Complementaria del “Reglamento del Registro de Peritos Fiscales”, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Tercera.- El monto de los gastos por traslado, viáticos y demás gastos que correspondan otorgar al Perito deberá estar incluido en sus honorarios y se sujetarán a la escala institucional establecida en la normativa interna vigente, para lo cual se considerará al Perito en el rango de Funcionario. La Gerencia General podrá autorizar el pago de pasajes, viáticos y movilidad local al personal proveniente de Organismos e Instituciones Públicas, cuando exista la necesidad de traslado como consecuencia de la realización de pericias, siempre que estén debidamente acreditados, cuenten con la autorización correspondiente de su Organización o Institución Pública de origen y que ésta no haya dispuesto pagos a dicho personal, para cuyo efecto dicho personal suscribirá una Declaración Jurada”. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia General a MODIFICAR el cronograma y plazos establecidos en el “Reglamento del Registro de Peritos Fiscales” aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1197-2012-MP-FN para su implementación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina Central de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en la página web de la Institución. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento la presente Resolución a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales a nivel nacional, Gerencia General, Ofi cina de Racionalización y Estadística de la Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina Central de Tecnologías de la Información, Gerencias Administrativas de las Unidades Ejecutoras así como a