Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2012 (05/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social; ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y los conocimientos tradicionales, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como pais; Que, los articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senalan que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura) la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 14º de la Ley Nº 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura, senala que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones, la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC, modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Ministerial Nº 302-2012-MC, establece el procedimiento para la declaracion de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo a esta autoridad, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Estando a lo visado por la Directora General de la Direccion General de Patrimonio Cultural, la Directora de la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565 - Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006ED; la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y modificada por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolucion Nº 302-2012-MC; el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la Festividad de la Santisima Virgen de la MORDAZA de Chapi, MORDAZA, cuyo dia central es el 01 de MORDAZA, por cuanto constituye una valiosa y significativa expresion de patrimonio cultural inmaterial del Peru, ya que mediante su gran culto religioso, transmite un conjunto de tradiciones populares que expresan la historia local y consolidan la identidad colectiva regional, transmitida de manera oral de generacion en generacion. Ademas, su dia central moviliza todos los anos a MORDAZA de ciudadanos de MORDAZA y de todo el MORDAZA, incluso del extranjero, quienes se congregan en el distrito de Polobaya, lugar donde se ubica el santuario, lo que evidencia su gran vigencia popular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARON GABAI Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social
DECRETO SUPREMO Nº 011-2012-MIDIS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, contemplando asimismo los criterios que deben tenerse en cuenta para el diseno y estructura de las entidades y dependencias de la Administracion Publica; Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica, definiendolo como un organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y que constituye pliego presupuestal; asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusion Social (SINADIS) como sistema funcional; Que, de acuerdo con la MORDAZA senalada en el considerando precedente, el sector desarrollo e inclusion social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las politicas nacionales en materia de promocion del desarrollo social, la inclusion y la equidad; Que, asimismo, conforme a la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29792, se dispuso la adscripcion al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social de diversos programas sociales, la cual se formalizo a partir del 1 de enero de 2012, segun lo senalado en el Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 2 del Decreto Supremo N° 102-2011-PCM, se adscribio a partir del 1 de enero de 2012, la Mesa de Concertacion para la Lucha contra la Pobreza y el Fondo para la Igualdad, al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, estableciendose en la Unica Disposicion Complementaria Final de dicha MORDAZA que este adecuaria su respectivo Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-MIDIS, se declaro en MORDAZA de reorganizacion los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a fin de lograr que su conformacion, organizacion y estructura organica MORDAZA las idoneas para ejecutar las prestaciones y actividades de caracter temporal a su cargo; Que, a traves del Decreto Supremo N° 003-2012MIDIS, se creo el Programa Nacional Cuna Mas, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, con el proposito de brindar atencion integral a ninas y ninos menores de 36 meses de edad en zonas en situacion de pobreza y pobreza extrema, estableciendose en su Primera Disposicion Complementaria Final que a partir de la vigencia de dicha MORDAZA, se extinguiria el Programa Nacional Wawa Wasi; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, se dispuso la extincion del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA y del Programa Integral de Nutricion, en un plazo que no excedera el 31 de diciembre de 2012 respecto a la ejecucion de sus prestaciones, y el 31 de marzo de 2013 para el cierre contable, financiero y presupuestal, senalandose en su Unica Disposicion Complementaria Final que dicho ministerio propondra la modificacion de su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, a traves del Decreto Supremo N° 008-2012MIDIS, se creo el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, como programa social del Ministerio

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