Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2012 (05/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de setiembre de 2012

Que, mediante Resolucion Directoral N° 128-2004PRODUCE/DNEPP, de fecha 06 de MORDAZA del 2004, se efectuo la correccion de la Resolucion Directoral N° 038-98-PE/DNE, de fecha 19 de febrero del 1998, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la

embarcacion pesquera Uruguay I, incluyendo 108.11 m3 en lugar de 102.14 m3. Asimismo se aprobo la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca y nombre de la embarcacion URUGUAY I en los terminos y condiciones siguientes:

Permiso de pesca R.D N° 038-98-PE/DNE

Fecha de expedicion 19.02.1998

MORDAZA titular Pesquera Salve S.R.L

Nombre de la embarcacion YAYO

Numero de matricula CO-4187-CM

Capacidad de bodega( m3 ) 108.11

Que, a traves del escrito del visto la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "YAYO" con matricula CO-4187-CM segun el Procedimiento N° 07 del Texto Unico de Procedimiento Administrativo-TUPA del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias; Que, mediante Oficio N° 1763-2012-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, de fecha 18 de MORDAZA del 2012, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, solicito a la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., que presente lo siguiente : i) La carta de autorizacion para el presente procedimiento con firma legalizada emitida por los titulares de gravamenes inscritos en el Titulo N° 2010-77078780 y Titulo N° 2010, conforme lo dispuesto en el tercer parrafo del articulo 19° del Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE. ii) Acreditar que tiene vigente un contrato de arrendamiento de la embarcacion pesquera YAYO de matricula CO-4187-CM, con COPERSA S.A., el cual debera estar inscrito en la Partida Registral N° 00710503 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Oficina Registral se MORDAZA, donde se encuentra inscrita la embarcacion pesquera YAYO, o en su defecto debe presentar Escritura Publica de Contrato de Arrendamiento debidamente legalizada o autenticada e ingresada a los Registros Publicos (conforme lo establece el MORDAZA parrafo del articulo 19° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084, de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion). iii) En el Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera YAYO con matricula CO-4187-CM, se debera consignar la capacidad de bodega en metros cubicos, y el actual propietario. iv) Cumpla con regularizar la deuda derivada de las Resoluciones Directorales de Sancion N° 3013, 4381,2681, 3226, 3324 y 3589-2010-PRODUCE/DIGSECOVI y N° 1502-2011PRODUCE/DIGSECOVI. Ademas, la Oficina de Ejecucion Coactiva, ha informado mediante Memorando N° 04642012-PRODUCE/OEC, que existen dos procedimientos de ejecucion coactiva que se encuentran suspendidos temporalmente, por haber interpuesto el obligado una demanda de revision judicial contra los mismos. Asimismo, de acuerdo a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica-OGAJ, mediante Resolucion Viceministerial N° 043-2011-PRODUCE/DVP, con relacion al tercer parrafo del articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, en el extremo del condicionamiento en caso de deuda, senala que solo procedera dicho supuesto siempre que el acto impugnado administrativamente o judicialmente sea el acto administrativo sancionador, es decir, que en opinion de la OGAJ no procede otorgar cambio de titular del permiso de pesca, cuando se inicie un MORDAZA de revision judicial. Por lo que, debera subsanar las observaciones efectuadas y regularizar el pago de dichas deudas en la Oficina de Ejecucion Coactiva, otorgandoles un plazo de diez (10) dias habiles contados a partir de la notificacion del presente documento; Que, de la revision y analisis efectuado al expediente, se advierte que el Oficio Nº 1763-2012-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, de fecha 18 de MORDAZA del 2012,fue notificado en fecha 25 de MORDAZA de 2012, al representante de la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., conforme se desprende del cargo de recepcion que obra a folios 59, habiendo transcurrido mas de treinta (30) dias sin que la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., se MORDAZA pronunciado respecto a las observaciones efectuadas a su solicitud; por lo que deviene en abandono su procedimiento de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "YAYO" con matricula CO-4187-CM, en aplicacion del articulo 191º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion

y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nºs. 389 y 603-2012-PRODUCE/DGEPP-Dchi y, con la opinion legal pertinente mediante los Informes Nºs. 598 y 9462012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificatorias, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y sus modificatorias y la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, y, el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "YAYO" con matricula CO-4187-CM, presentada por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero ( e )

835390-4

Declaran en abandono la solicitud presentada por personas naturales, referida a cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL N° 312-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 07 de Agosto de 2012 VISTO: Los escritos de Registro Nº 00109607-2011 y adjunto 1, de fecha 29 de diciembre de 2011 y 02 de enero del 2012, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA YOVANY MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARRIOS; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas requeriran permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que, el articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE,

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