Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (06/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2012 474052 Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el literal d) del artículo 29º del Estatuto antes acotado; Que, se ha estimado conveniente aceptar la puesta a disposición del cargo confi anza de Gerente Zonal Ica, del ingeniero Zenón Juan Cajachagua Castillo, a partir del 29 de agosto de 2012; Que, a fi n de garantizar la continuidad del servicio, resulta pertinente encargar al Economista Juan Aureliano López Arias, Especialista Educativo, de la Gerencia Zonal Ica, categoría E2, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente Zonal Ica, Categoría D1, desde el 03 de setiembre de 2012 hasta que se designe el titular, sin perjuicio de continuar atendiendo su cargo de origen; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de Construcción – SENCICO y el literal c), y j) del artículo 33º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con la visación, del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Ofi cina de la Secretaría General (e), de la Gerente de Administración y Finanzas (e), de la Gerente de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal y del Gerente General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del ingeniero Zenón Juan Cajachagua Castillo, en el cargo de confi anza de Gerente Zonal Ica del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, categoría D1, efectuada mediante Resolución del Presidente del Consejo Directivo Nacional Nº 033- 2001-02.00 de fecha 20 de junio de 2001, a partir del 03 de setiembre de 2012, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar al economista Juan Aureliano López Arias, Especialista Educativo de la Gerencia Zonal Ica, categoría E2, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente Zonal Ica, categoría D1, desde el 03 de setiembre de 2012 hasta que se designe al titular, sin perjuicio de continuar atendiendo su cargo de origen. Artículo Tercero.- Otorgar la diferencia generada entre la Remuneración Básica del trabajador y la correspondiente al puesto materia del encargo, al concluir dicha encargatura quedará sin efecto el derecho a percibir aquel mayor ingreso. Artículo Cuarto.- Déjese, sin efecto, toda acción administrativa que se oponga a la presente resolución. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia General, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 836141-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen inscripción de acciones comunes con derecho a voto de INRETAIL PERU CORP. en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 077-2012-SMV/11.1 Lima, 28 de agosto de 2012 El Intendente General de Supervisión de Conductas VISTOS: El expediente N° 2012028470, así como el Informe Interno N° 661-2012-SMV/11.1, del 28 de agosto de 2012, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercado; CONSIDERANDO: Que, el 27 de julio de 2012, INRETAIL PERU CORP., al amparo de lo establecido en el artículo 17º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios de Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución CONASEV Nº 125- 1998-EF/94.10, solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el listado de la totalidad de sus acciones comunes con derecho a voto, en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; y por ende su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; Que, el 14 de agosto de 2012, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado de Valores su decisión de admitir el listado de las acciones comunes con derecho a voto de INRETAIL PERU CORP. y de elevar el expediente a la SMV para los fi nes correspondientes; Que, el 27 de agosto de 2012, INRETAIL PERU CORP. completó la documentación sustentatoria de su solicitud de listado de sus acciones comunes con derecho a voto, remitiendo a esta Superintendencia información adicional a la presentada originalmente; Que, de la revisión efectuada a la documentación presentada por INRETAIL PERU CORP. se ha concluido que esta cumple con lo dispuesto en el artículo 17º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa, el mismo que establece el supuesto de listado para valores mobiliarios objeto de colocación privada que no se encuentren registrados o listados en ninguna Comisión de Valores o Mercados Organizados, que se oferten mediante la Regla 144-A de la U.S. Securities and Exchange Commission; Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF-94.10, establecen que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la SMV (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16º del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores aprobado por Resolución CONASEV Nº 79-1997- EF/94.10 y el artículo 46º, numeral 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones comunes con derecho a voto de INRETAIL PERU CORP. en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir los valores señalados en el artículo anterior, en el Registro Público del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4°.- Transcribir la presente Resolución a INRETAIL PERU CORP., en su calidad de emisor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervisión de Conductas 835129-1