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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (06/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2012 474053 Delegan facultades en la Superinten- dencia Adjunta de Supervisión Pruden- cial para que, mediante la Intendencia General de Supervisión de Entidades, evalúe solicitudes de autorización para efectuar la adquisición o transferencia de valores o instrumentos financieros RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 103-2012-SMV/02 Lima, 29 de agosto de 2012 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente N° 2012029564 y el Informe N° 643- 2012-SMV/06 del 23 de agosto de 2012 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 12° del TUO de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 093-2002-EF y modifi cado por Ley N° 29660, establece que los directores, funcionarios y trabajadores de las bolsas de valores y de las demás entidades responsables de la conducción de mecanismos centralizados, de las instituciones de compensación y liquidación de valores, incluyendo al director de rueda, se encuentran prohibidos de adquirir o transferir valores o instrumentos fi nancieros inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores, a menos que obtengan autorización previa de la Superintendencia del Mercado de Valores, disposición que rige para velar por la transparencia del mercado; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia del Mercado de Valores- SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, no establece expresamente el órgano encargado de atender y pronunciarse respecto a la solicitud de la autorización para efectuar la adquisición o transferencia de valores o instrumentos fi nancieros en mención, por lo que a tenor de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 12°, concordante con el artículo 3° del ROF, el pronunciamiento sobre tales solicitudes correspondería al Superintendente del Mercado de Valores, quien, además de las funciones señaladas en dicho artículo, ejerce todas las que no estuvieran reconocidas de manera explícita en dicho Reglamento u otra norma de carácter general, en su condición de más alta autoridad ejecutiva y Titular de la entidad; Que, por otro lado, en la medida que la autorización a la cual se hace mención precedentemente involucra a los directores, funcionarios y trabajadores de las instituciones de compensación y liquidación de valores y de las bolsas de valores, resulta conveniente delegar en la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial la evaluación de la solicitud respectiva; y, Estando a lo dispuesto por la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y por el numeral 35 del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 216-2011-EF, en concordancia con el artículo 61.2 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial, para que, mediante la Intendencia General de Supervisión de Entidades, evalúe las solicitudes a que se hace referencia en los considerandos de la presente resolución. El Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial elevará su opinión al Superintendente del Mercado de Valores para su respectivo pronunciamiento. Artículo 2°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 836479-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Supernumeraria del Décimo Segundo Juzgado de Familia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 658-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de setiembre del 2012 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, a través de la razón que se da cuenta, se informa a este Despacho que la doctora Milagros Álvarez Echarri, Juez Titular del Décimo Segundo Juzgado de Familia de Lima, se encuentra con descanso médico por los días 04, 05 y 06 de setiembre del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Décimo Segundo Juzgado de Familia de Lima, proceder a la designación del magistrado que reemplazará a la doctora Álvarez Echarri. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora MARÍA BETZABE SUÁREZ ARIAS como Juez Supernumeraria del Décimo Segundo Juzgado de Familia de Lima, a partir del 05 de setiembre del presente año y mientras dure la licencia por motivos de salud de la doctora Álvarez Echarri. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HÉCTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 837026-1 Disponen el traslado del 13º y 30º Juzgados Penales de Lima, de la sede de Palacio de Justicia hacia la sede del Edificio Anselmo Barreto CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 659-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 05 de setiembre del 2012 VISTO: El Ofi cio NS° 4862-2012-P-PJ, 1626-2012-L-CSJLI/PJ y 1666-2012-L-CSJLI/PJ; y,