Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2012 (06/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de setiembre de 2012

Que, mediante Oficio N° 4862-2012-P-PJ el Presidente del Poder Judicial, Doctor MORDAZA San MORDAZA MORDAZA, solicito al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, reubicar a los organos jurisdiccionales penales que se encuentran ubicados en el Palacio Nacional de Justicia, debido al hacinamiento que existe por falta de espacio y teniendo presente que la Corte de MORDAZA actualmente cuenta con espacio fisico producto del alquiler de ambientes en el edificio de la MORDAZA Ocona del Cercado de Lima. Que, por mandato de la Presidencia y habiendose realizado las coordinaciones con el Administrador de la Sede de Palacio de Justicia, se estudio la viabilidad de lo solicitado por la Oficina de Logistica, el cual resulto factible de proceder a la reubicacion del 13° y 30° Juzgados Penales de MORDAZA de su sede actual situado en Palacio de Justicia hacia el Edificio MORDAZA MORDAZA, para lo cual se ha dispuesto que se instalen todos los servicios pertinentes a fin de no perturbar el normal desempeno de dichos organos jurisdiccionales. Que, por lo expuesto, corresponde disponer realizar las acciones necesarias para el traslado de las judicaturas indicadas, a fin de no continuar con el hacinamiento de la sede de Palacio de Justicia. Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicacion del Articulo 90° incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER se proceda al traslado del 13° y 30° Juzgados Penales de MORDAZA, de la sede de Palacio de Justicia hacia la sede del Edificio MORDAZA MORDAZA, la misma que se ejecutara desde el dia 13 al 17 de setiembre del presente ano, fecha que resulta improrrogable. Articulo Segundo.- CUMPLA LA GERENCIA DE ADMINISTRACION DISTRITAL con ejecutar la presente Resolucion en la fecha programada, bajo responsabilidad funcional. Articulo Tercero.- DISPONER que los Magistrados y personal en general que labora en los Juzgados indicados, presten todas las facilidades y disposiciones pertinentes que contribuyan a la mudanza de sus judicaturas en el lugar de destino correspondientes. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, a fin que supervise su cumplimiento en del plazo concedido. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA LAMA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA

dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del 2°, 4° y 5° Juzgado Penal Transitorio ­ San MORDAZA de Lurigancho hasta el 31 de octubre del 2012. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 168-2012CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso prorrogar la fecha de funcionamiento del 3° Juzgado Penal Transitorio ­ San MORDAZA de Lurigancho hasta el 30 de noviembre del 2012. Que, efectivamente, las normas de vista son claras en sus articulos MORDAZA y MORDAZA respectivamente, al disponer que los organos a los cuales se les prorrogo la continuidad del plazo de funcionamiento, deberan de recibir de los organos permanentes, expedientes en cantidad proporcional al tiempo de plazo prorrogado de modo que se pueda liquidar en su totalidad; procurando que tales judicaturas por ninguna razon podran conocer procesos nuevos, debiendo de priorizar los mas antiguos y/o de menor complejidad a fin de conseguir el objetivo de maximizar la capacidad resolutiva en beneficio de los justiciables y acercarse a la meta de lograr la mayor cantidad de expedientes resueltos respecto a los ingresos. Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolucion Administrativa; motivo por el cual la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior ha emitido el informe N° 021-2012-LASA-APR-UPD-CSJLI/PJ, en el cual se recomienda que el Tercer Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho redistribuya la carga procesal en tramite de la especialidad Penal a los Juzgados Penales Transitorios de Descarga en la siguiente proporcion: 430 expedientes en tramite al MORDAZA Juzgado Penal Transitorios y 51 expedientes en tramite al Tercer, MORDAZA y MORDAZA Juzgados Penales Transitorios. Que, en consecuencia, el Presidente de la Corte, como MORDAZA autoridad administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, conforme a las facultades conferidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y en aplicacion del Articulo 90° incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que el 3° Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho redistribuya la carga procesal en tramite de la especialidad penal, a los organos transitorios penales de su jurisdiccion, conforme al siguiente detalle: a) La cantidad MORDAZA de 460 expedientes en MORDAZA Juzgado Penal Transitorio b) La cantidad MORDAZA de 51 expedientes en Tercer Juzgado Penal Transitorio c) La cantidad MORDAZA de 51 expedientes en MORDAZA Juzgado Penal Transitorio d) La cantidad MORDAZA de 51 expedientes en MORDAZA Juzgado Penal Transitorio giro al giro al giro al giro al

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Disponen que el 3° Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho redistribuya la carga procesal en tramite de la especialidad penal, a los organos transitorios penales de su jurisdiccion
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 660-2012-P-CSJLI/PJ
MORDAZA, 3 de setiembre del 2012 VISTO: Las Resoluciones Administrativas Nºs. 152-2012-CEPJ de fecha 30 de MORDAZA del 2012, 168-2012-CE-PJ de fecha 27 de agosto del 2012 e Informe N° 021-2012-LASA-APRUPD-CSJLI/PJ de fecha 22 de agosto del 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 152-2012CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial

Articulo Segundo: La redistribucion dispuesta en la presente resolucion se efectuara en el plazo establecido del 10 al 28 de setiembre del presente ano indefectiblemente; debiendo tener en consideracion lo siguiente: - No se considera en la redistribucion, los expedientes que se encuentren en etapa de ejecucion. - No se considera en la redistribucion a los expedientes en reserva, ni aquellos expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. - No se comprende en la redistribucion a los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior. Articulo Tercero.- DISPONER que todos los expedientes a ser redistribuidos cuenten con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no deberan de ser redistribuidos, bajo responsabilidad del Magistrado a cargo del Juzgado remitente. Articulo Cuarto.- CUMPLA el Magistrado del 3° Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional, dentro del plazo de cinco dias habiles contados a partir de la fecha de culminacion de la redistribucion ordenada.

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