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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (06/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de setiembre de 2012 474051 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a la República Popular China, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 099-2012 Lima, 04 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 328-2012-EF/10.03.1 del 14 de agosto de 2012, el Consejo Nacional de la Competitividad informó a PROINVERSIÓN que, con motivo de la nominación de Lima como sede del Foro Económico Mundial en Latinoamérica 2013, se ha diseñado una estrategia de posicionamiento para la atracción de inversionistas al Perú, determinándose la participación del Perú en dos eventos del Foro Económico Mundial como plataformas preparatorias; Que, entre los eventos del Foro Económico Mundial en los que participará el Perú se encuentra el Foro denominado “Annual meeting of the new champions 2012” a realizarse en la ciudad de Tianjin, República Popular China, entre los días 11 y 13 de septiembre de 2012; Que, el Foro “Annual meeting of the new champions 2012” se llevará a cabo entre los días 11 y 13 de septiembre de 2012 en la ciudad de Tianjin, República Popular China, constituyéndose en una de las más importantes reuniones de negocios global con sede en Asia, ofreciendo una plataforma para la nueva generación de líderes globales de las empresas multinacionales nuevas y de rápido crecimiento, además de brindar oportunidades para posicionar exitosamente al Perú, mostrando las diversas condiciones que presenta y las oportunidades para la inversión extranjera; Que, en el marco del citado evento, se realizarán coordinaciones con funcionarios de la Embajada del Perú en la República Popular China para sostener reuniones bilaterales con potenciales inversionistas interesados en las oportunidades para invertir en el Perú y, citas de inversión con empresarios que participarán en próximas reuniones; Que, la persona que representará a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en el evento a que se refi eren los considerandos precedentes será el señor Carlos Herrera Perret, Director de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, los gastos de pasajes desplazamiento, transporte local, alimentación y alojamiento que origine la participación del mencionado representante serán asumidos por PROINVERSIÓN; Que, la participación del mencionado representante se realizará de conformidad con el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el cual establece que las autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29812, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, y la Directiva N° 008-2011-PROINVERSIÓN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Herrera Perret, Director de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de Tianjin, República Popular China, del 08 al 15 de septiembre de 2012 para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación y transporte local que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 4063.77 Viáticos US$ 1350.00 Artículo 3º.- La persona antes mencionada, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ILLESCAS MUCHA Director Ejecutivo 836946-1 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Encargan funciones de Gerente Zonal Ica del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 135-2012-02.00 Lima, 27 de agosto de 2012 VISTA: La Carta S/N de fecha 24 de agosto de 2012, presentada a la Presidencia Ejecutiva del SENCICO, por parte del Ing. Zenón Juan Cajachagua Castillo, Gerente Zonal Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 147 – se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, califi cación y certifi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes; Que, mediante Resolución del Presidente del Consejo Directivo Nacional Nº 033-2001-02.00 de fecha 20 de junio de 2001, se designó al ingeniero Zenón Juan Cajachagua Castillo, en el cargo de confi anza de Gerente Zonal Ica; Que, mediante documento del visto, el citado funcionario ha puesto a disposición el cargo de confi anza de Gerente Zonal Ica del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29º del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2011-MTC, es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratifi car o remover al personal de confi anza que específi camente lo califi que en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fi jar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29º establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo Nº 1037-05 adoptado en la Sesión Nº 1037 de fecha 21 de setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delegó en el Presidente