Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (11/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de setiembre de 2012 474242 Artículo 2°.- La Directiva General aprobada en el artículo anterior, será de cumplimiento obligatorio para las Instituciones Armadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 838877-1 Varian la fecha de inicio y término del viaje autorizado con Resolución Suprema Nº 357-2012-DE/FAP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1012-2012-DE/FAP Lima, 7 de setiembre de 2012 Visto la Papeleta de Trámite NC-5-SGFA-N° 3904 de fecha 17 de agosto de 2012, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 357-2012-DE/FAP del 09 de agosto de 2012, se autorizó el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Personal Militar FAP que se indica a continuación, con la fi nalidad de participar en el Intercambio de Operadores de la Red del Sistema de Informática y Telecomunicaciones de las Fuerzas Aéreas Americanas (SITFAA), a realizarse en la ciudad de Quito - República del Ecuador, del 12 al 18 de agosto de 2012; - Técnico de 1ra. FAP JAIME PABLO ESPEJO ANGOMA - Técnico de 1ra. FAP CARLOS MANUEL LARICO MORENO - Técnico de 1ra. FAP JAVIER JESÚS IBARRA NIZAMA Que, con Sitfagrama 141900Z AGO-2012 OEN-12-- 227-035-TEMA: “VARIACION DE FECHA INTERCAMBIO OPERADORES SITFAA-2012”. Se solicitó al Director del Sistema de Informática y Comunicaciones del Ecuador, la variación de fecha deI 16 al 22 de setiembre de 2012, debido a la fecha de aprobación de la indicada Comisión del Servicio, no ha sido posible la realización de los trámites administrativos, autorizada según Resolución Suprema N°357-2012 DE/FAP de fecha 09 de agosto de 2012; Que, el Artículo 3° de la resolución precitada en el primer considerando, faculta al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes; y, Estando a lo recomendado por el Comandante de Personal, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a o acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Variar la fecha de inicio y término del viaje al exterior en Comisión del Servicio, autorizado con Resolución Suprema N° 357-2012-DE/FAP del 09 de agosto de 2012, debiendo considerarse deI 16 al 22 de setiembre de 2012; en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Suprema N° 357-2012-DE/ FAP deI 09 de agosto de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 838877-2 Designan representante alterno del Sector Defensa ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. Nº 074-2012-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1014-2012 DE/SG Lima, 7 de setiembre de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 832-2012-DGEPE/SEC del 27 de agosto de 2012, de la Dirección General de Política y Estrategia y el Informe Legal Nº 2532-2012-MINDEF-OGAJ del 28 de agosto de 2012, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2012-PCM del 10 de julio de 2012, se declaró de prioridad nacional el desarrollo económico social y la pacifi cación del Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM); asimismo, se creó la Comisión Multisectorial para la Pacifi cación y Desarrollo Económico Social en el VRAEM, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros con el objeto de proponer políticas, planes y estrategias de intervención integrales en el VRAEM, así como coordinar, articular, efectuar el seguimiento y monitoreo de la participación y actividades de los diversos actores involucrados a este proceso con la fi nalidad de lograr el desarrollo y la paz social en el VRAEM; Que, el artículo 3º del mencionado dispositivo señala que la Comisión Multisectorial estará integrada por los Ministros y Ministras que conforman el Consejo de Ministros así como por quien ejerce la Presidencia de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; además, establece que los Ministros de Estado designarán a un Viceministro del Sector a su cargo como representante alterno, mediante comunicación escrita; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa establece que el Viceministro de Políticas para la Defensa tiene como función formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política de seguridad y defensa nacional; Que, corresponde designar al representante alterno del Sector Defensa ante la Comisión Multisectorial creada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2012-PCM, siendo factible que ésta recaiga en el Viceministro de Políticas para la Defensa, en atención a las funciones que desempeña; De conformidad con lo dispuesto en el literal v) del artículo 9º de la Ley Nº 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el literal r) del artículo 8º de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Viceministro de Políticas para la Defensa, Contralmirante (R) Mario Sánchez Debernardi, como representante alterno del Sector Defensa ante la Comisión Multisectorial para la Pacifi cación y Desarrollo Económico Social en el VRAEM, creada mediante D.S. Nº 074-2012-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 839400-2 Delegan en Viceministro de Recursos para la Defensa la facultad de suscribir el Memorando de Entendimiento con la Administración del Programa de Adquisición de Defensa de la República de Corea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1016-2012 DE/SG Lima, 10 de setiembre de 2012 VISTO: El Informe Legal Nº 2636-2012-MINDEF-OGAJ del 10 de setiembre de 2012, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el literal v) del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-