NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (11/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de setiembre de 2012 474244 que corresponden a las diferentes entidades que participan en el proceso de su aprobación; Que, en cumplimiento de las normas legales antes referidas el Comité de Operación Económica del Sistema (COES) publicó en su portal de Internet, a partir del 08 de abril de 2012, la versión preliminar de la Actualización del Plan de Transmisión 2013-2022 y realizó, de manera simultánea, una Audiencia Pública descentralizada en la ciudades de Arequipa, Lima y Trujillo, con el fi n de exponer su propuesta y dar respuesta a las observaciones recibidas de parte de los interesados; para, posteriormente, mediante las comunicaciones COES/D-295- 2012 y COES/D-296-2012, ambas del 01 de junio de 2012, presentar al Ministerio de Energía y Minas y a OSINERGMIN, respectivamente, la Propuesta de Actualización del Plan de Transmisión 2013-2022, el cual incluye como parte de los Proyectos Vinculantes la Línea de Transmisión 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - Montalvo y Subestaciones Asociadas; Que, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de Transmisión, el 16 de julio de 2012 OSINERGMIN, mediante Ofi cio Nº 0487-2012-GART hizo llegar al COES sus observaciones a la Propuesta de Actualización del Plan de Transmisión 2013-2022 y, respecto a la Línea de Transmisión 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - Montalvo, señaló que si bien se ha identifi cado la necesidad de contar con un segundo enlace entre la zona centro y la zona sur del país, consideraba recomendable que se evalúe la posibilidad de que esta línea llegue a la Nueva Subestación San Camilo 500/220kV, en lugar de llegar a la Nueva Subestación Socabaya 500/220 kV; pero no objetó la inclusión de esta línea como parte del Plan Vinculante; Que, mediante comunicación COES/D-124-2012 del 21 de junio de 2012, el COES presentó al Ministerio de Energía y Minas el Informe COES/DP-SPL-06-2012, con el “Análisis de la Necesidad de Ingreso al SEIN del Segundo Circuito Centro - Sur en 500 kV para el año 2016”, en cuyas principales conclusiones señala que si antes del año 2016 no se puede contar con un segundo circuito en 500 kV entre la zona centro y la zona sur del país, originará congestión en los enlaces entre dichas zonas, con los consiguientes mayores costos operativos del Sistema; por lo que recomendó priorizar la implementación de la Línea de Transmisión 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - Montalvo para que su ingreso al SEIN se dé en la fecha más cercana posible; Que, la Línea de Transmisión Mantaro - Marcona - Socabaya - Montalvo constituye el segundo enlace en el nivel de tensión de 500 kV entre las zonas centro y sur del país, y su puesta en operación comercial permitirá que la energía generada en el centro sea transferida hacia el sur para atender el crecimiento previsto de la demanda en esta zona, incrementando la confi abilidad del suministro y los benefi cios económicos en la operación del Sistema, por lo que resulta necesario priorizar su ejecución a fi n de lograr que su puesta en operación comercial se haga efectiva en el menor plazo posible; Que, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Decreto ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 2 de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica, el Servicio Público de Electricidad es de utilidad pública, por lo que es de interés público y responsabilidad del Estado asegurar el abastecimiento oportuno y efi ciente del suministro eléctrico para el Servicio Público de Electricidad; En ejercicio de las funciones contenidas en los incisos a), b) y c) del artículo 6 del Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y en el inciso h) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSION), la conducción del proceso de licitación necesario, hasta la adjudicación de la Buena Pro, del Proyecto “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro - Marcona - Socabaya - Montalvo y Subestaciones Asociadas”. Artículo 2.- La Dirección General de Electricidad proporcionará a PROINVERSIÓN la información que esta Entidad considere pertinente, a efectos de ejecutar el encargo contenido en el artículo anterior. PROINVERSIÓN efectuará las coordinaciones necesarias con la Dirección General de Electricidad, para el debido cumplimiento de los numerales 21.2 y 21.3 del artículo 21 del Reglamento de Transmisión. Artículo 3.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 838867-1 INTERIOR Designan Gobernador en el ámbito Regional de Huánuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0621-2012-IN/DGGI Lima, 10 de agosto de 2012 VISTO, el Informe Nº 846- 2012-IN-DGGI-DAP de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, sobre la conclusión y designación de Gobernador en el ámbito Regional de HUÁNUCO. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-IN de fecha 2 de abril de 2009, se establece que el gobernador es la autoridad política, defi nida como funcionario público que representa al Presidente de la República y al Poder Ejecutivo en el ámbito de su jurisdicción; Que, el artículo 3º del citado cuerpo normativo establece que los Gobernadores en el ámbito Regional son designados mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 112-2012- IN-1501 de fecha 22 de febrero de 2012, se designó a Gregoria Félix Huanca, como Gobernadora en el ámbito Regional de HUÁNUCO, siendo pertinente dar por concluida dicha designación y nombrar a la Autoridad Política que la reemplazará; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002- 2012-IN y el Decreto Supremo Nº 003-2009-IN, que precisa la naturaleza y denominación de las Autoridades Políticas del Ministerio del Interior. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, la designación de Gregoria Félix Huanca, como Gobernadora en el ámbito Regional de HUÁNUCO, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a Rusel Ventura Laurencio, en el cargo público de confi anza de Gobernador en el ámbito Regional de HUÁNUCO. Artículo 3º.- El Gobernador designado mediante la presente Resolución Ministerial ejercerá sus funciones en el marco de las disposiciones vigentes de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 826447-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican Resolución Ministerial Nº 121-2012-MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 249-2012-MIMP Lima, 7 de setiembre de 2012 Vistos el Ofi cio Nº 048-2012-MIMP-DGPD/DDCP y el Informe Técnico Nº 001-2012-MIMP-DGPD-DDCP/MRBB