NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 58
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 14 de setiembre de 2012 474464 Aprueban Plan Regional de Cooperación Internacional no Reembolsable 2012- 2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2012-GRA/CR Ayacucho, 31 de agosto de 2012 EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 08 de agosto de 2012, en el Distrito de Ocaña – Provincia de Lucanas, trató el tema relacionado al Plan Regional de Cooperación Internacional No Reembolsable 2012 – 2015; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 564-2012-GRA/PRES, de fecha del 21 de julio de 2012, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho, presenta ante el Consejo Regional la propuesta del “Plan Regional de Cooperación Internacional no Reembolsable 2012 – 2015”, a efectos de conocimiento, evaluación y aprobación mediante Ordenanza Regional, propuesta que fué elaborada con la participación de las diferentes instituciones públicas y privadas que vienen trabajando propuestas de Cooperación Técnica Internacional; documento que busca orientar las áreas prioritarias de intervención de la cooperación internacional no reembolsable articulándose con el Acuerdo Regional, Plan de Desarrollo Regional Concertado y la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, para que sea sometido a consideración del Consejo Regional para su respectiva aprobación. Propuesta que acompaña la Opinión Legal Nº 477-2012-GRA-ORAJ-A/LYTH y el Informe Nº 021- 2012-GRA/GG-GRPPAT-SGP de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y Sub Gerencia de Planeamiento del Gobierno Regional de Ayacucho respectivamente; con el Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional; Que, mediante Opinión Legal Nº 477-2012-GRA- ORAJ-A/LYTH de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ayacucho, emite opinión respecto al Texto del Plan Regional de Cooperación Internacional no reembolsable 2012 – 2015, señalando que los Gobiernos Regionales a través de sus unidades orgánicas y/o dependencias encargadas de la Cooperación Internacional No Reembolsable, integran el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional no Reembolsable, en ese sentido les corresponde organizar y conducir la Gestión Pública Regional para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico y el desarrollo social equitativo; concluyendo que se ha obtenido un plan integrante concordante con el Plan Regional de Desarrollo Concertado, recomendando al Consejo Regional su aprobación; Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el literal m) del inciso 1) del artículo 10º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902, establece que los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para “Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad”; y el artículo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Gobierno Regional Ayacucho conjuntamente con las instituciones políticas, económicas, sociales y del sector público del departamento de Ayacucho, suscribieron el “Acuerdo Regional Ayacucho 2024”, documento que defi ne visión, ejes estratégicos y lineamientos de desarrollo, y marca el rumbo a través de lineamientos, políticas o normas de acción a ser cumplidos por cada uno de los gobiernos regionales que se sucedan durante dicho período; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2007 - 2024, aprobado con Ordenanza Regional Nº 34-2007- GRA/CR del 30 de noviembre de 2007, defi ne los objetivos estratégicos, así como objetivos específi cos, políticas y metas a ser cumplidas en dicho período; con objetivos que nos conduzcan hacia una sociedad con paz y justicia social, donde la calidad de vida se muestre permanentemente mejorada, lograr avances claros en la lucha contra la pobreza y en la construcción de las capacidades humanas y de infraestructura, que se consideran necesarias para viabilizar el logro de la visión de largo plazo; Que, la Directiva Nº 001-2011-APCI/DPP, aprueba los Lineamientos de la metodología para la Formulación y Elaboración de un Plan Regional de Cooperación Internacional no Reembolsable, por ello la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y el Gobierno Regional de Ayacucho, a través de la Dirección de la Ofi cina de Cooperación Internacional (DOCI), han decidido fortalecer las capacidades de planifi cación y programación de la cooperación internacional no reembolsable y el manejo del ciclo de proyectos del Gobierno Regional de Ayacucho para la consolidación, formulación e implementación del Plan Regional de Cooperación Internacional no Reembolsable alineado al Plan de Desarrollo Regional Concertado; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros y la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, el Plan Regional de Cooperación Internacional no Reembolsable 2012 – 2015, documento elaborado en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado, “Acuerdo Regional Ayacucho 2024” y de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional, que defi ne los objetivos estratégicos y Lineamientos de política a ser cumplidas en dicho periodo por las entidades públicas y privadas que vienen desarrollando actividades de Cooperación Técnica Internacional en el ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional Ayacucho, cuyo texto en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Comunicar la presente Ordenanza Regional a la Presidencia del Gobierno Regional de Ayacucho y a la Ofi cina de Cooperación Internacional, para la implementación correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Cooperación Internacional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 31 días del mes de agosto del año dos mil doce. VICTOR DE LA CRUZ EYZAGUIRRE Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 31 días del mes de agosto del año dos mil doce. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente 840141-1